Resolución número 2540 de 2014, por medio de la cual se declara la urgencia manifiesta para celebrar la contratación de los bienes y servicios necesarios para la realización de la consulta popular del Partido Alianza Verde, a realizarse el próximo 9 de marzo de 2014 (Elementos para el kit electoral y otros servicios) - 28 de Febrero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 495536974

Resolución número 2540 de 2014, por medio de la cual se declara la urgencia manifiesta para celebrar la contratación de los bienes y servicios necesarios para la realización de la consulta popular del Partido Alianza Verde, a realizarse el próximo 9 de marzo de 2014 (Elementos para el kit electoral y otros servicios)

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49078

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el Decreto número 1010 de 2000, las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios, y

CONSIDERANDO QUE:

La Organización Electoral dentro del ámbito de su competencia otorgada por la Constitución Política, artículo 120, tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia.

El artículo 266 de la Constitución Política de Colombia establece como función del Registrador Nacional del Estado Civil la dirección y organización de las elecciones.

El artículo 2º de la Constitución Política de Colombia establece como fin esencial del Estado, "(...) facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación (...)".

Igualmente el Decreto-ley 1010 de 2000, consagra como misión y función principal de la Registraduría Nacional del Estado Civil, la de garantizar la organización y transparencia del proceso electoral, la oportunidad y confiabilidad de los escrutinios y resultados electorales, contribuir al fortalecimiento de la democracia mediante su neutralidad y objetividad.

De conformidad con el mismo decreto la Registraduría Nacional del Estado Civil, ejerce entre otras funciones la de fijar las políticas, planes, programas y estrategias para el desarrollo de la organización y vigilancia electoral, así mismo dispone que el objeto de la Registraduría Nacional del Estado Civil entre otros, es el de organizar los procesos electorales y los mecanismos de participación ciudadana, debiendo proteger el ejercicio del derecho al sufragio y otorgar plenas garantías a los ciudadanos.

Por lo anterior y en cumplimiento de su misión constitucional y legal, la Registraduría Nacional del Estado Civil, debe contribuir con el fortalecimiento de la democracia mediante la organización de los procesos electorales y para el caso concreto, realizar las gestiones tendientes a facilitar en los términos contemplados por el ordenamiento jurídico la realización de la Consulta Popular del Partido Alianza Verde, a celebrarse el 9 de marzo de 2014.

Lo anterior teniendo como antecedente que mediante Oficio CNE-P-NTM-469-2013 del 16 de diciembre de 2013, la Presidenta del Consejo Nacional Electoral, doctora Nora Tapia Montoya, informa al Registrador Delegado en lo Electoral que "el Partido Alianza Verde, por conducto de sus Copresidentes Voceros, doctores Antonio Sanguino Páez y Luis Carlos Avellaneda, manifestaron oficialmente a esta Corporación su intención de realizar consulta interna (sic) para selección del candidato para la Presidencia de la República, el próximo 9 de marzo de 2014. En igual sentido se informó a esta Corporación, el doctor Omer Calderón en su condición de representante legal del Partido Unión Patriótica, que esa colectividad realizará consulta interna el 9 de marzo de 2014, para escoger el candidato presidencial".

Por lo expuesto, la Registraduría Nacional del Estado Civil, en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, debe contratar la adquisición de los bienes y servicios que componen el Kit Electoral y demás servicios complementarios, necesarios para llevar a cabo la Consulta del Partido Alianza Verde, a realizarse el día 9 de marzo de 2014.

De otro lado, se requiere reforzar y garantizar el ejercicio del sufragio a la ciudadanía inscrita en el censo nacional electoral, frente al proceso electoral que se avecina y asegurar la promoción de la participación social con la expresión de la...

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