El Juzgado Cuarto de Familia de Manizales, Caldas, avisa que se decretó la interdicción provisoria por causa de demencia de Evelio Cardona Gallego. - 2 de Diciembre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51667599

El Juzgado Cuarto de Familia de Manizales, Caldas, avisa que se decretó la interdicción provisoria por causa de demencia de Evelio Cardona Gallego.

EmisorVarios
Número de Boletín46830

la ciudad de Medellin, PUBLICA Y EMPLAZA:

El señor Jairo Ruiz Pino y la señora Maria Helena Montes contrajeron matrimonio el dia 28 de diciembre de 1958.

El dia 16 de mayo del presente año el señor Jairo Ruiz Pino salio de su casa para solicitar una cita medica mas nunca regreso. La familia Ruiz Montes, hijos y amigos acudieron a los organismos de seguridad del Estado, hospitales, clinicas morgues, medios de comunicacion, con el fin de dar con su paradero resultando infructuosa su busqueda.

Igualmente se previene a quienes tengan noticias de su paradero y todos aquellos que tengan relacion con el para que las comuniquen al Juzgado.

Se emplaza a todas aquellas personas que tengan derecho la guarda del desaparecido Jairo Ruiz Pino y se presenten al despacho para hacerlos valer.

Publiquese el presente edicto en el Diario Oficial, diarios El Tiempo, El Mundo y una radiodifusora local.

Medellin, 9 de noviembre de 2007.

El Secretario, Uriel Dario Hernandez Rave.

Fijado hoy 9 de noviembre de 2007 a las 8:00 a.m.

La Secretaria del Juzgado Primero de Familia de Medellin, EMPLAZA:

el Que en este despacho judicial, se adelanta demanda iniciada por la señora Gilma Flor Deossa, tendiente a obtener la declaracion de muerte presunta por desaparecimiento de la señora Gilma Sonia Deossa cuyo ultimo domicilio fue la ciudad de Medellin.

La señora Gilma Sonia Deossa cuya cedula de ciudadania es 21791255 de Heliconia, Antioquia, desaparecio desde el dia 30 de agosto de 2000, sin que a la fecha se tenga noticia alguna de su paradero.

Se previene a quienes tengan noticias de la señora Gilma Sonia Deossa para que las comuniquen a este despacho, ubicado en el Edificio Jose Felix de Restrepo, sector de la Alpujarra, oficina 212, piso 2° de Medellin.

El presente edicto sera publicado en el Diario Oficial, en los terminos señalados en el numeral 2, articulo 97 del Codigo Civil, y en el periodico El Tiempo de Bogota, D. C., en el diario El Mundo de esta ciudad y en una radiodifusora local.

Para efectos del articulo 656, concordante con el articulo 318 del Codigo de Procedimiento Civil, reformado por el articulo 30, Ley 794 de 2003, el edicto se entendera de surtido quince (15) dias despues de la publicacion del listado.

de Medellin, dieciocho (18) de mayo de dos mil siete (2007).

El Secretario, Luis Fernando Restrepo Tamayo.

El Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Envigado, Antioquia, EMPLAZA A:

Juan Camilo Valencia Villa cuyo ultimo domicilio fue el municipio de Envigado, Antioquia, con el fin de que se presente en el proceso de declaracion de muerte presunta, promovido en este Juzgado por el señor Pablo Valencia Villa, identificado con cedula de ciudadania numero 98663873, en calidad de hermano. Lo anterior de acuerdo con la demanda cuyos elementos facticos se contraen asi: El señor Juan Camilo Valencia Villa, era de estado civil soltero, no tenia hijos, vivia con sus padres, Abel de Jesus Valencia y Cruz Elena Villa y sus dos hermanos Pablo y Santiago Valencia Villa.

El dia 11 de agosto de 2004, el señor Juan Camilo Valencia Villa, salio de su casa como normalmente lo hacia para dirigirse a su trabajo como fisioterapeuta y desde esta fecha hasta el dia de presentacion de esa demanda ninguna noticia se ha tenido del señor Valencia Villa.

El dia 20 de agosto de 2004, los familiares del señor Juan Camilo Valencia Villa se dirigieron a la Fiscalia para reportar la desaparicion y hasta la fecha no se ha tenido ningun dato nuevo sobre el señor Valencia Villa.

Se previene a quienes tengan noticias sobre el paradero del desaparecido, que deben informarlo en este despacho judicial.

Se fija el presente edicto en la Secretaria del despacho y del mismo se expedira copia para que se publique en el Diario Oficial, conforme al articulo 97 del C. Civil. Igualmente sera publicado en los diarios El Espectador o El Tiempo de circulacion nacional y en los de circulacion local El Mundo o El Colombiano.

Envigado, Antioquia, 11 de julio de 2007.

El Secretario ad hoc, Omar Dario Arbelaez Gomez.

Radicado: 00304-2007.

El Juzgado Cuarto de Familia de Medellin, AVISA:

Que mediante sentencia proferida por este despacho judicial el dia 24 de julio de 2007 y legalmente confirmada por el honorable Tribunal Superior de Medellin, Sala de Familia, en providencia del 3 de octubre de 2007, se decreto la interdiccion definitiva por causa de demencia de la señora Ana Maria Gomez Villegas y se le designo como curadora general legitima a la señora Luz Miryam Gomez Villegas, mayor de edad y vecina de esta ciudad.

Copia del presente aviso se entrega para su publicacion en el Diario Oficial y en periodico El Mundo.

Medellin, 14 de noviembre de 2007.

El Secretario, Uriel Dario Hernandez Rave.

Radicado N° 0371-07.

La Secretaria del...

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