Resolución número 718 de 2012, por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública - 28 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414513058

Resolución número 718 de 2012, por la cual se modifica el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín48657

El Contador General de la Nación, en ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por el literal a) del artículo 4° de la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el Decreto número 143 de 2004,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 354 de 2007 se adoptó el Régimen de Contabilidad Pública, conformado por el Plan General de Contabilidad Pública, el Manual de Procedimientos y la Doctrina Contable Pública.

Que mediante la Resolución número 356 de 2007 se adoptó el Manual de Procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, integrado por el Catálogo General de Cuentas, los Procedimientos Contables y los Instructivos Contables.

Que el artículo 18 de la Ley 1444 de 2011 otorgó facultades extraordinarias al Presidente de la República para crear, escindir, fusionar y suprimir, así como para determinar la denominación, número, estructura orgánica y orden de precedencia de los departamentos administrativos.

Que el Gobierno Nacional en cumplimiento de facultades extraordinarias otorgadas por el Congreso de la República decretó la supresión de organismos del Estado para trasladar sus funciones, activos y pasivos a otras entidades públicas, y estableció que algunas de las entidades suprimidas continuarán prestando algunos servicios por un tiempo determinado durante el proceso de supresión.

Que la información contable pública busca satisfacer el conjunto de necesidades específicas y demandas de los distintos usuarios, para facilitar la toma de decisiones tendientes a optimizar la gestión eficiente de los recursos y el mantenimiento del patrimonio público.

Que se requiere modificar el Catálogo General de Cuentas y el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de las operaciones que surgen como consecuencia de los procesos de liquidación, fusión y escisión para incorporar las operaciones de los procesos de supresión.

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1° Crear la siguiente subcuenta en la estructura del Catálogo General de Cuentas.

Código Denominación
326004 Supresión
Artículo 2° Modificar la denominación de las siguientes cuentas en la estructura del Catálogo General de Cuentas.

Código Denominación actual Nueva denominación
3111 Resultado del ejercicio de entidades en proceso de liquidación. Resultado del ejercicio de entidades en procesos especiales.
3233 Resultado del ejercicio de entidades en proceso de liquidación. Resultado del ejercicio de entidades en procesos especiales.
Artículo 3° Modificar la descripción y dinámica de las siguientes cuentas del Catálogo General de Cuentas.

Clase Grupo Cuenta
3 31 3111
Patrimonio Hacienda Pública Resultado del ejercicio de entidades en procesos especiales.

Descripción

Representa el excedente o déficit obtenido por la entidad contable pública, como resultado de las operaciones efectuadas durante el periodo contable, en desarrollo del proceso de supresión y/o liquidación.

La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.

Dinámica

Se debita con:

  1. El déficit del ejercicio.

  2. La reclasificación del excedente del ejercicio a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.

    Se acredita con:

  3. El excedente del ejercicio.

  4. La reclasificación del déficit del ejercicio a la cuenta 3140-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.

    Clase Grupo Cuenta
    3 32 3233
    Patrimonio Patrimonio Institucional Resultado del ejercicio de entidades en procesos especiales.

    Descripción

    Representa el excedente o déficit obtenido por la entidad contable pública, como resultado de las operaciones efectuadas durante el periodo contable, en desarrollo del proceso de supresión y/o liquidación.

    La contrapartida corresponde a la cuenta 5905-Cierre de Ingresos, Gastos y Costos.

    Dinámica Se debita con:

  5. El déficit del ejercicio.

  6. La reclasificación del excedente del ejercicio a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.

    Se acredita con:

  7. El excedente del ejercicio.

  8. La reclasificación del déficit del ejercicio a la cuenta 3260-Patrimonio de Entidades en Procesos Especiales, al inicio del período contable.

    Clase Grupo Cuenta
    3 32 3260
    Patrimonio Patrimonio Institucional Patrimonio de entidades en procesos especiales

    Descripción

    Representa los valores reclasificados del capital fiscal, los resultados de ejercicios anteriores, los superávit por valorización de activos y donación, y la incorporación de bienes, derechos y obligaciones de las entidades contables públicas que entran en procesos de liquidación, supresión, fusión o escisión. En las empresas societarias no incluye los saldos de las cuentas 3203-Aportes Sociales, 3204-Capital Suscrito y Pagado y 3210-Prima en Colocación de Acciones, Cuotas o Partes de Interés Social.

    La contrapartida corresponde a las cuentas de patrimonio reclasificadas y a los pasivos trasladados.

    Dinámica

    Se debita con:

  9. El valor de la reclasificación del déficit del ejercicio anterior al inicio del período contable.

  10. El valor del traslado de los activos.

  11. El valor de los pasivos incorporados.

    Se acredita con:

  12. La reclasificación de los saldos de las cuentas del patrimonio al iniciarse los procesos de liquidación, supresión, fusión o escisión.

  13. El valor del traslado de los pasivos.

  14. El valor de la reclasificación del excedente del ejercicio anterior al inicio del período contable.

  15. El valor de los activos incorporados.

Artículo 4° Modificar el nombre del Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de las operaciones que surgen como consecuencia de los procesos de liquidación, fusión y escisión, el cual se denominará Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de las operaciones que surgen como consecuencia de los procesos de supresión, liquidación, fusión y escisión.
Artículo 5° Modificar los numerales 1 al 24 del Procedimiento contable para el reconocimiento y revelación de las operaciones que surgen como consecuencia de los procesos de supresión, liquidación,...

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