Resolución número 0000-001 de 2014, por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación y de Supervisión de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores - 20 de Mayo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 511989954

Resolución número 0000-001 de 2014, por medio de la cual se adopta el Manual de Contratación y de Supervisión de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Junta Central de Contadores
Número de Boletín49157

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, en uso de sus facultades legales y, en especial las que le confiere la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, la Ley 1151 de 2007, la Ley 80 de 1993 y las demás normas concordantes y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política establecen que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de Igualdad, Moralidad, Eficacia, Economía, Celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la Descentralización, Delegación y Desconcentración de funciones;

Que de conformidad con el artículo 2º de la Ley 80 de 1993, la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, está sometida al régimen del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública;

Que el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública está integrado por la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1450 de 2011, Ley 1474 de 2011, Decreto número 1510 de 2013 y demás normatividad que adicione o modifique las normas citadas;

Que el artículo 160 del Decreto número 1510 de 2013 dispone que las Entidades Estatales deben elaborar y contar con un manual de contratación que cumpla con los lineamientos que para el efecto señale la Agencia Nacional de Contratación Colombia Compra Eficiente;

Que el Manual de Contratación y de Supervisión de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores adoptado en la presente resolución establece los procedimientos generales aplicables a la actividad contractual de la entidad, con el fin de unificar los criterios y procedimientos contractuales garantizando la preservación del interés general y el cumplimiento de los fines estatales de orden Constitucional y Legal;

Que los procedimientos y actuaciones administrativas aplicables a cada modalidad de selección de contratistas con los que se contraten bienes, servicios u obras para la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, se encuentra detallados en la Ley 80 de 1993, en la Ley 1150 de 2007, en la Ley 1474 de 2011, en el Decreto número 1510 de 2013 y demás normatividad que adicione o modifique las normas citadas;

Que el literal a) del artículo número 2 de la Ley 87 de 1993, establece que dentro de los objetivos del Sistema de Control Interno, se deben proteger los recursos de la entidad, buscando la adecuada administración ante posibles riesgos que los afecten;

Que el artículo 23 de la Ley 80 de 1993 dispone que "Las actuaciones de quienes intervengan en la Contratación Estatal se desarrollen con arreglo a los principios de Transparencia, Economía y Responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la Función Administrativa";

Que el parágrafo único del artículo de la Ley 87 de 1993, señala que el Control Interno se expresa a través de las políticas aprobadas por los niveles de Dirección y Administración;

Que la Ley 80 de 1993, dispone en su artículo 4º que para el cumplimiento de los fines de la contratación estatal, las entidades estatales adelantarán las gestiones necesarias para salvaguardar la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado;

Que la Ley 1474 de 2011, "por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública", en su Capítulo VII, establece las facultades y deberes de los supervisores y los interventores, como también las obligaciones y facultades que les atañe, delimitando la responsabilidad en la función de supervisión e interventoría;

Que para asegurar la eficiente gestión contractual de la entidad y dada la naturaleza de sus funciones, se hace necesario desarrollar las actividades a su cargo, con el acompaña- miento y coordinación de todas las dependencias que componen la UAE Junta Central de Contadores y que son responsables de los proyectos derivados del presupuesto asignado;

Que teniendo en cuenta las anteriores consideraciones, y en cumplimiento de los principios que rigen la actuación Administrativa y de contratación, se hace necesario establecer las obligaciones y funciones de los supervisores de los contratos de la UAE - Junta Central de Contadores, con el fin de garantizar la eficiente ejecución y supervisión de los contratos suscritos, resguardando la objetividad en la ejecución del presupuesto;

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE: TÍTULO I GENERALIDADES MARCO REFERENCIAL

La Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, es una entidad pública, de interés social, consagrada legislativamente y definida su naturaleza y estructura administrativa con la expedición de la Ley 43 de 1990, que se regirá por esta norma legal y las demás disposiciones aplicables al derecho público colombiano y al ejercicio de la profesión contable, en particular. La Junta Central de Contadores, es una Unidad Administrativa Especial con personería jurídica, creada por el Decreto Legislativo número 2373 de 1956, actualmente adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en desarrollo de las facultades asignadas en el artículo 20 de la Ley 43 de 1990.

MISIÓN

La Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores es el organismo rector de la profesión de la Contaduría Pública responsable del Registro, inspección y vigilancia de los Contadores Públicos y de las personas jurídicas Prestadoras de servicios contables, actuando como Tribunal Disciplinario para garantizar el Correcto ejercicio de la profesión contable y la ética profesional.

VISIÓN

Establecer como visión de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, la siguiente: Para el año 2015 la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores será reconocida como una Entidad eficaz y eficiente que cuenta con Recurso humano idóneo y la infraestructura tecnológica adecuada para la prestación de sus servicios con óptimos estándares de calidad y con cobertura nacional.

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

La Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, tiene como Objetivos Estratégicos, los siguientes:

· Verificar la veracidad de la documentación presentada por el usuario.

· Efectuar el registro de las personas naturales y personas jurídicas prestadoras de servicios contables y otorgar la respectiva tarjeta profesional o de registro.

· Garantizar que la contaduría pública solo sea ejercida por Contadores Públicos debidamente registrados, de conformidad con las normas legales, sancionando en los términos de ley a quien viole tales disposiciones.

Para el efectivo cumplimiento de sus objetivos y el de su propio funcionamiento, se adopta el presente Manual de Contratación y de Supervisión.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 7

Disposiciones generales

Artículo 1º Ámbito de aplicación.

El presente Manual de Contratación y de Supervisión se aplicará a todos los procesos de selección de contratistas, y celebración de convenios en sus etapas precontractuales contractuales y pos contractual que se adelanten en la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores.

Artículo 2º Objeto y fines de la contratación.

Las disposiciones aquí contenidas regulan los principios, competencias, procedimientos para la selección de contratistas, celebración de los convenios y contratos, y en general, establecen las reglas que aseguran la selección objetiva de contratistas para obtener la eficiente prestación del servicio público de la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores.

Establecer el enfoque que debe observarse en los procesos y procedimientos contractuales de la entidad, dotando a los servidores públicos comprometidos con la actividad contractual de un instrumento que propenda por el cumplimiento de los postulados constitucionales y de la normatividad del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, que busca servir a los fines estatales y garantía de los derechos de los administrados.

Objetivo general:

Asignar responsabilidades a los funcionarios que intervienen en las actividades de la gestión contractual, y aquellas que deben ser ejecutadas por los encargados de la supervisión en la ejecución de los contratos que suscriba la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores, así como los funcionarios que en representación de la Entidad adelantarán las gestiones relacionadas con el debido proceso.

Objetivos específicos:

Fijar pautas orientadoras de la gestión del riesgo generado con el manejo del proceso contractual, estableciendo algunos parámetros que deben ser considerados en la estructuración para la debida identificación de los "riesgos previsibles" respecto de cada tipo de contrato a celebrar con el fin de tipificar, estimar y asignar apropiadamente las diferentes contingencias derivadas de dichos riesgos inherentes a los contratos de obra, adquisiciones de bienes o servicios.

Fortalecer y orientar la eficacia de la gestión administrativa que conlleve a la satisfacción de las necesidades propias de la entidad mediante gestión integrada y armónica de las dependencias que participan en el desarrollo de la actividad contractual.

Desarrollar la actividad contractual en cumplimiento de los intereses generales y los fines esenciales del Estado, con apego a los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Garantizar el cumplimiento de los objetivos del sistema de compras y contratación pública, incluyendo eficacia, eficiencia, economía, promoción de la competencia, rendición de cuentas, manejo del riesgo y publicidad y transparencia.

Artículo 3º Fundamentos legales.
Artículo 355

Constitución Política de...

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