Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Resolución número 000514 de 2012, por la cual se reforma la Composición del Comité de Gobierno en Línea del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se establecen sus funciones, se derogan unas resoluciones y se dictan otras disposiciones. - 7 de Septiembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 397208526

Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Resolución número 000514 de 2012, por la cual se reforma la Composición del Comité de Gobierno en Línea del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se establecen sus funciones, se derogan unas resoluciones y se dictan otras disposiciones.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
Número de Boletín48546
53
Edición 48.546
Viernes, 7 de septiembre de 2012 D I A R I O O F I C I A L
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 000514 DE 2012
(julio 31)
por la cual se reforma la Composición del Comité de Gobierno en Línea del Instituto
Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se establecen sus funciones, se derogan
unas resoluciones y se dictan otras disposiciones.
El Director General, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por
CONSIDERANDO:
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mero 001386 del 16 de noviembre de 2010, se creó el Comité de Gobierno en Línea del
Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, con el objeto de garantizar la
implementación de la Estrategia del Gobierno en Línea y de esta forma contribuir en la
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servicios a las personas mediante el aprovechamiento de las Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones “TIC’s”.
Que los precitados actos administrativos fueron expedidos en virtud de lo establecido
en el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia, según el cual, la función admi-
nistrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los
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mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Además
establece que las autoridades administrativas coordinan sus actuaciones para el adecuado
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Que la Estrategia de Gobierno en Línea concentra sus esfuerzos en tres (3) ejes fun-
damentales:
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dera el establecimiento de nuevas formas de relación gobierno-ciudadano que permitan al
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las variables de tiempo y espacio.
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Este eje se concentra en el fomento y la creación de
mecanismos que permitan al ciudadano jugar un rol activo en el quehacer del país, abrien-
do nuevos espacios y formas de participación ciudadana sustentado en gran parte por la
publicidad de información.
Este eje busca la concepción y el establecimiento de
procesos al interior de las entidades del Estado que permitan la integración de los sistemas de
los diferentes servicios, compartir recursos y mejorar la gestión interna en las instituciones

(El presente considerando fue tomado del marco conceptual del documento titulado
“Diagnóstico de Gobierno en Línea del Sector de la Rama Judicial, realizado por el Mi-
nisterio de Tecnologías de !a Información y las Comunicaciones, el 10 de julio de 2010).
Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, como resultado
de la evolución de la Estrategia de Gobierno en Línea establecida mediante el Decreto 1151
del 14 de abril de 2008, expidió con fecha 30 de junio de 2011, la versión 3.0 del Manual
para la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia,
determinó los lineamientos que deben seguir las entidades públicas y los particulares que
desempeñan funciones públicas para el cabal cumplimiento de la misma.
Que según el precitado documento: “La Estrategia, tiene a su vez, el propósito de -

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la sociedad en su conjunto.
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de la calidad de vida”.
Que con fundamento en lo anterior se hace necesario reformar el Comité de Gobierno
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lineamientos para la implementación efectiva de políticas y estándares asociados con la
Estrategia de Gobierno en Línea, donde se involucren las diferentes Unidades Organiza-
cionales del Instituto, propendiendo por la participación de todos los servidores públicos
de la Entidad en procesos de generación de capacidades, sensibilización, capacitación y
formación relacionados con la misma.
Que son normas aplicables y documentos referencias de consultas los siguientes: Portal del
Estado colombiano, www.gobiernoenlinea.gov.co, Portal Único de Contratación, Sistema
Electrónico para la Contratación Pública. www.contratos.gov.co, Ley 527 de 1994,
implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea en la Rama Judicial, Manual para
la Implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Conformación del Comité de Gobierno en Línea. El Comité de Gobierno en
Línea del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses estará conformado por:
El Director General, quien lo Presidirá
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El Secretario General o su delegado, quien presidirá en ausencia del Director General
Subdirector de Servicios Forenses o su delegado
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Subdirector Administrativo y Financiero o su delegado
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Coordinador del Grupo de Servicios Informáticos
Funcionario del Grupo de Comunicaciones, con funciones de administrar la información
en el Sistema Único de Información de Trámites “SUIT”, quien tendrá además, las funciones
de la Secretaría Técnica del Comité.
Parágrafo. -
soras de Jurídica, Control Interno, Personal y demás servidores públicos del Instituto que a
juicio de sus Miembros consideren pertinentes para el normal desarrollo de la Estrategia.
Artículo 2°. Objeto del Comité. El Comité de Gobierno en Línea del Instituto tiene como
objeto garantizar la adecuada implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea, de
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más participativo y que preste mejores servicios a la comunidad, mediante el aprovecha-
miento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación “TIC”.
Artículo 3°. Funciones del Comité. Serán funciones del Comité de Gobierno en Línea
del Instituto las siguientes:
1. Liderar, planear e impulsar la estrategia de Gobierno en Línea del Instituto.
2. Ser el canal de comunicación con la Institución responsable de coordinar la Estra-
tegia de Gobierno en Línea, con la Comisión Interinstitucional de Políticas de Gestión
de la Información para la Administración Pública (Coinfo) y los demás grupos de trabajo
relacionados con la transformación y modernización de la administración pública, apoyados
en el aprovechamiento de la tecnología.
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la estrategia de Gobierno en Línea.
4. Liderar bajo los lineamientos de la estrategia de Gobierno en línea, la elaboración
del diagnóstico y el seguimiento al plan de acción que en tal sentido establezca la Entidad.
5. Acompañar a los diversos grupos conformados al interior de la Entidad relacionados
con el servicio al usuario, racionalización y agilización de servicios, calidad y control
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las Comunicaciones “TIC”, en las acciones que estos grupos adelanten.
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por levantar dichos obstáculos de manera que puedan ser prestados por medios electrónicos.
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ciados que garanticen la seguridad de la información de las TIC.
-
mental y cada uno de sus componentes.

línea por parte de los usuarios.
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tución responsable de coordinar la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea.
11. Garantizar que los archivos, documentos o registros cumplan con las políticas de
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tal efecto expidan las entidades competentes.
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calidad e impacto de los servicios de Gobierno en Línea de la Entidad.
13. Garantizar la participación de los funcionarios de la Entidad, en procesos de gene-
ración de competencias que se desarrollen bajo el liderazgo de la Institución responsable
de coordinar la Estrategia.
Artículo 4°. Reuniones. El Comité de Gobierno en Línea se reunirá cada dos (2) meses,
para hacer seguimiento a la implementación de la estrategia cuya convocatoria se realizará por
lo menos cinco (5) días hábiles antes de la reunión. Las reuniones de carácter extraordinario
serán convocadas cuando las circunstancias así lo ameriten a través de la Secretaría Técnica.
Las convocatorias a las reuniones irán acompañadas de la documentación pertinente
de acuerdo con la agenda propuesta y, mediante actas, se dejará constancia de lo tratado
en las respectivas sesiones.
Artículo 5°. Responsabilidades de los Miembros del Comité. Los miembros del Comité
deberán:
1. Asistir de manera regular a las reuniones tanto ordinarias como extraordinarias.
2. Trabajar en equipo para llevar adelante el plan de acción de Gobierno en Línea.
           
competencia, relacionados con la implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea.
4. Las demás que se consideren pertinentes para cumplir la estrategia de Gobierno en
Línea.

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