Ley 1473 de 2011, por medio de la cual se establece una regla iscal y se dictan otras disposiciones.
Emisor | Rama Legislativa |
Número de Boletín | 48121 |
2
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.121
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Objeto
y contribuyan a la estabilidad macroeconómica del país.
Artículo 3°.
total y el gasto total del Gobierno Nacional Central, de acuerdo con la
contracíclico;
-
y gasto estructural del Gobierno Nacional Central;
estructural, en las condiciones establecidas en la presente ley;
-
en el artículo 6° de la presente ley.
Artículo 4°. Coherencia
El Plan Financiero, el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Proyecto
de Ley de Presupuesto General de la Nación, deben ser consistentes con
Artículo 5°. Regla Fiscal. El gasto estructural no podrá superar al
estructural establecido.
-
del PIB o menos en 2018 y de 1.0% del PIB o menos en 2022.
Artículo 6°. Gasto Contracíclico. El Gobierno Nacional podrá lle-
var a cabo programas de gasto, como política contracíclica, cuando se
Este gasto será transitorio y se desmontará completamente en un pe-
la economía debe registrar una tasa de crecimiento económico real igual
-
ducto, el monto del gasto contracíclico y la trayectoria de su desmonte,
económica en general.
el crecimiento del gasto debe ser acorde con la evolución de los ingresos
Artículo 8°. Marco de Gasto de Mediano Plazo. El Marco de Gasto de
componentes de gasto del Presupuesto General de la Nación para un
anualmente.
El Gobierno Nacional reglamentará el Marco de Gasto de Mediano
Presupuesto General de la Nación. Cada propuesta de presupuesto de
programas allí incluidos.
así:
-
1994, así:
Artículo 11. Excepciones -
prometan la estabilidad macroeconómica del país y previo concepto del
Artículo 12. Informes
D I AR I O OFICIAL
Fundado el 30 de abril de 1864
Por el Presidente Manuel Murillo Toro
Tarifa postal reducida No. 56
DIRECTORA: MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA
MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA
MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA
Gerente General
Carrera 66 No 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia
Conmutador: PBX 4578000.
e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co
LEY 1473 DE 2011
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba