Resolución número 165-005011 de 2013, por medio de la cual se modifica la Resolución número 511-004064 de 2012 - 12 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 460768266

Resolución número 165-005011 de 2013, por medio de la cual se modifica la Resolución número 511-004064 de 2012

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín48911

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, reglamentarias, y en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 15 y 20 del artículo 8º del Decreto número 1023 del 18 de mayo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el consultor Price Water House Coopers en la vigencia 2012 reformuló y revisó la planeación del programa de proyectos para actualizar el Plan Estratégico de Tecnologías de la Información (PETI) y su contribución a los procesos misionales, alineando el programa de proyectos para que estos cumplan con el estándar XBRL y con la recomendación de iniciar un programa de Arquitectura Empresarial en la Superintendencia.

Que consecuente con lo anterior, la Superintendencia de Sociedades en su compromiso de ser una de las entidades con mayores índices de gestión, trasparencia y servicios tecnológicos, ha estudiado diferentes alternativas que le permitan sacar el máximo provecho a plataforma Tecnológica.

Que en atención al compromiso señalado en precedencia, la Superintendencia de Sociedades implementó el programa de Arquitectura Empresarial, el cual inició el 27 de diciembre de 2012, lo cual fue comunicado y socializado a la Entidad mediante Circular Interna número 165-00004 con radicación 2013-01-056702 de marzo 1º de 2013.

Que en el desarrollo del proyecto aludido, la Superintendencia de Sociedades ha adoptado TOGAF (The Open Group Architecture Framework) como un marco estándar de trabajo de Arquitectura Empresarial. Bajo este estándar se aplicará el ciclo ADM (Architecture Development Method) como la metodología definida por

TOGAF para el desarrollo de una arquitectura empresarial que cumpla con las necesidades estratégicas y de operación de la Entidad, y su alineación con las iniciativas y soluciones de Negocio (procesos), datos, aplicaciones y tecnología.

· La arquitectura de Negocio es la identificación, priorización y planteamientos de oportunidades de mejora alineados con la planeación estratégica institucional y sincronizado con los datos, aplicaciones y tecnología. Además de establecer una valoración de capacidad de implementación a corto, mediano y largo plazo, junto con su correspondiente modelo de gobernabilidad, es decir, como se planean, ejecutan y se da seguimiento a las oportunidades seleccionadas y aprobadas por la Dirección.

· La arquitectura de Datos corresponde al diseño de procesos y procedimientos que permiten gestionar apropiadamente las necesidades del ciclo de vida completo de los datos de la entidad para cumplir con su función misional y articular los modelos de datos con las aplicaciones o sistemas de información existentes.

· La arquitectura de Aplicaciones establece una descripción de los sistemas de información o aplicaciones (servicios) que se requieran implantar, así como en la relación e interacción de los mismos, para atender las necesidades de los procesos de Entidad que permiten la entrega de servicios internos y externos.

· La arquitectura de Tecnología describe y atiende los requerimientos de hardware, software y redes para las demás arquitecturas, contemplando las tendencias tecnológicas y garantizando que se cuente con la capacidad técnica de operación.

· El arquitecto en jefe es el responsable de coordinar y delegar las actividades a desarrollarse en el dominio de las demás arquitecturas (Negocio, Datos, Aplicaciones y Tecnología), establecer el contacto directivo con los demás jefes, directores o delegados para presentar las definiciones de Arquitectura Empresarial y validarlas contra prioridades y capacidades de cada área, participar en los comités en que los que los conceptos del equipo de Arquitectura Empresarial impacten en toma de decisiones, y socializar en la entidad todo resultado de Arquitectura Empresarial que requiera de divulgación.

Que en consecuencia, la Superintendencia debe contar con un equipo de trabajo para ejecutar y gobernar la práctica de Arquitectura Empresarial, el cual es un ciclo constante y permanente, requerido para reaccionar a los cambios del entorno institucional, sectorial y Nacional; de una manera estratégica, organizada, real y adecuada desde las condiciones actuales hacia futuras.

Que para el efecto, atendiendo las características propias de las entidades públicas, la Entidad debe ajustar su capacidad instalada para la creación de un grupo de trabajo, así como la inclusión de funciones a grupos ya existentes que lideren las diferentes arquitecturas que se requieren en la Entidad, asignando competencias y organizando grupos internos de trabajo.

Que conforme lo dispuesto en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o Entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter...

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