MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Resolución número 00002749 de 2010, por la cual se definen los criterios de distribución y se efectúa asignación de los recursos provenientes del impuesto social a municiones y explosivos del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, Subcuenta de Promoción de la Salud, Proyecto Prevención y Promoción de la Salud-Subproyecto Prevención de la Violencia y Promoción de la Convivencia Pacífica, de la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones. - 27 de Julio de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 214706639

MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL Resolución número 00002749 de 2010, por la cual se definen los criterios de distribución y se efectúa asignación de los recursos provenientes del impuesto social a municiones y explosivos del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, Subcuenta de Promoción de la Salud, Proyecto Prevención y Promoción de la Salud-Subproyecto Prevención de la Violencia y Promoción de la Convivencia Pacífica, de la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47783

NUMERO 2101 DE 2010 El Ministro de Hacienda y Credito Publico, en ejercicio de la facultad que le confiere el articulo 29 del Decreto 4730 de 2005, CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en el articulo 29 del Decreto 4730 de 2005, las modificaciones al anexo del decreto de liquidacion que no modifiquen en cada seccion presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los subprogramas de inversion aprobados por el Congreso, se realizaran mediante resolucion expedida por el jefe del organo respectivo. En el caso de los establecimientos publicos del orden nacional, estas modificaciones se haran por resolucion o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolucion del representante legal en caso de no existir aquellas. El Ministerio de Hacienda y Credito Publico-Direccion General del Presupuesto Publico Nacional, aprobara las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones;

Que mediante Memorando 13914 el 23 de junio de 2010, el Subdirector Financiero del Ministerio de Hacienda y Credito Publico solicito a la Direccion General del Presupuesto Publico Nacional asignacion de recursos adicionales en el presupuesto de gastos de personal para cubrir el faltante generado por el incremento salarial decretado por el Gobierno Nacional;

Que en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento 1301-01 del Ministerio de Hacienda y Credito Publico para la vigencia fiscal 2010, existen recursos en la Unidad 1301-01, Cuenta 1 Gastos de Personal, Subcuenta 0, Objeto del Gasto 1 Servicios Personales Asociados a Nomina, Ordinal 8 Otros Gastos Personales- (Distribucion Previo Concepto D.G.PP.N.), y en la cuenta 3 Transferencias Corrientes, Subcuenta 6 Otras Transferencias, Objeto del Gasto 3 Destinatarios de las Otras Transferencias Corrientes, Ordinal 19 "Otras Transferencias. Distribucion previo concepto DGPPN", disponibles y de los cuales se requiere efectuar traslado a los rubros de gastos de personal que presentan faltante de apropiacion;

Que el funcionario responsable de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, certifico en oficio del 7 de julio de 2010, la existencia de apropiaciones disponibles;

RESUELVE:

Articulo 1° Declarar disponible para ser contracreditada y trasladada la suma de $1.897.000.000 en el presupuesto de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, asi: CONTRACREDITOS:
SECCION 130 1 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CUENTA 1 GASTOS DE PERSONAL OBJETO DEL GASTO 1 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A NOMINA ORDINAL 8 OTROS GASTOS PERSONALES - (DISTRIBUCION PREVIO CONCEPTO DG.P.P.N) RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $897.000.000 CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES SUBCUENTA 6 OTRAS TRANSFERENCIAS OBJETO DE GASTO 3 DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES ORDINAL 19 OTRAS TRANSFERENCIAS DISTRIBUCION PREVIO CONCEPTO DGPPNR RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO $1.000.000.000 TOTAL CONTRACREDITO $1.897.000.000 Articulo 2°. Con base en el contracredito del articulo anterior, abrir el siguiente credito en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Credito Publico: CREDITOS:
SECCION 130 1 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 1301-01 GESTION GENERAL PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO CUENTA 1 GASTOS DE PERSONAL OBJETO DEL GASTO 1 SERVICIOS PERSONALES ASOCIADOS A NOMINA ORDINAL 1 SUELDOS DE PERSONAL DE NOMINA RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $75.000.000 ORDINAL 4 PRIMA TECNICA RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $130.000.000 ORDINAL 5 OTROS RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $408.000.000 ORDINAL 9 HORAS EXTRAS Y DIAS FESTIVOS E INDEMNIZACION POR VACACIONES RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $253.000.000 OBJETO DEL GASTO 5 CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NOMINA SECTOR PRIVADO Y PUBLICO RECURSO 10 RECURSOS CORRIENTES $31.000.000 RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO $1.000.000.000 TOTAL CREDITOS $1.897.000.000 Articulo 3°. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion, requiere para su validez la aprobacion de la Direccion General del Presupuesto Nacional del Minis terio de Hacienda y Credito Publico. Artículos 1 a 5

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota D. C., a 22 de julio de 2010.

El Ministro de Hacienda y Credito Publico, Oscar Ivan Zuluaga Escobar.

Aprobado: El Director General del Presupuesto Publico Nacional, Fernando Jimenez Rodriguez.

(C.F.) Martes, 27 de julio de 2010 5 Ministerio de la Proteccion social RESOLUCION NUMERO 00002749 DE 2010 (julio 22) por la cual se definen los criterios de distribucion y se efectua asignacion de los recursos provenientes del impuesto social a municiones y explosivos del Fondo de Solidaridad y Garantia, Fosyga, Subcuenta de Promocion de la Salud, Proyecto Prevencion y Promocion de la Salud-Subproyecto Prevencion de la Violencia y Promocion de la Convivencia Pacifica, de la vigencia 2010 y se dictan otras disposiciones.

El Ministro de la Proteccion Social, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el articulo 27 del Decreto 1283 de 1996 y el paragrafo 4º del articulo 13 de la Ley 1122 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 224 de la Ley 100 de 1993 creo el impuesto social a las municiones y explosivos y establecio que el Gobierno reglamentara los mecanismos de pago y el uso de estos recursos, el plan de beneficios, los beneficiarios y los procedimientos necesarios para su operacion. Que el articulo 27 del Decreto 1283 de 1996 determina que los recursos provenientes del impuesto social a las municiones y explosivos ingresaran a la Subcuenta de Promocion de la Salud y se destinaran a la financiacion de campañas de prevencion de la violencia y promocion de la convivencia pacifica a nivel nacional y territorial, para lo cual el Ministerio de Salud hoy de la Proteccion Social efectuara la distribucion de los recursos de conformidad con los criterios que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud. Que el mencionado Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud de conformidad con el articulo 3° de la Ley 1122 de 2007 adquiere un caracter de asesor del Ministerio de la Proteccion Social y de la Comision Reguladora de Salud, correspondiendole al Ministerio por expresa disposicion de la misma ley ejercer las funciones propias del Consejo de Administracion del Fosyga.

Que segun Resolucion 5435 del 30 de diciembre de 2009 por la cual se aprueba el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantia, Fosyga, para la vigencia fiscal de 2010, existen recursos provenientes del impuesto social a municiones y explosivos de la vigencia 2010, en la Subcuenta de Promocion de la Salud del Fondo de Solidaridad y Garantia, por valor de mil trescientos millones de pesos ($1.300.000.000). Que segun los reportes del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el año 2009 se han incrementado los casos de violencia intrafamiliar incluidas las personas mayores de 60 años;

en esta poblacion, en el 2009 se registraron 1.481 casos cifra que aumento frente a las presentadas en el 2008 con 306 casos. Adicionalmente, en el Registro Unico de Poblacion Desplazada (RUPD) de Accion Social, con corte a diciembre de 2009 hay 750.881 hogares de personas en situacion de desplazamiento, equivalente a 3.303.979 personas y de ellas, 167.327 tienen 60 años o mas. De otro lado, en el censo del DANE de 2005 Colombia tenia el 6.3% de la poblacion con algun tipo de limitacion y en el Registro de Localizacion y Caracterizacion de la Poblacion con...

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