Resolución número 1115 de 2013, por la cual se declara el Campus Universitario de la Universidad de Antioquía, ubicado en la Calle 67 Nº 53-108 de la ciudad de Medellín, Antioquia, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional y se delimita su zona de influencia - 18 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 437151910

Resolución número 1115 de 2013, por la cual se declara el Campus Universitario de la Universidad de Antioquía, ubicado en la Calle 67 Nº 53-108 de la ciudad de Medellín, Antioquia, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional y se delimita su zona de influencia

EmisorMinisterio de Cultura
Número de Boletín48794

La Ministra de Cultura, en ejercicio de las facultades legales que le confiere el artículo 8º de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5º de la Ley 1185 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el señor Alberto Uribe Correa, Rector de la Universidad de Antioquía, en marzo de 2011, solicitó al Ministerio de Cultura la declaratoria del Campus universitario de la Universidad de Antioquia, ubicado en la Calle 67 Nº 53-108 de la ciudad de Medellín, Antioquía, como Bien de Interés Cultural del ámbito Nacional;

Que el artículo 8º de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5º de la Ley 1185 de 2008, establece que el Gobierno Nacional, por intermedio del Ministerio de Cultura, y previo concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, es el responsable de la declaratoria y el manejo de los bienes de interés cultural del ámbito nacional (BIC Nal.);

Que el numeral 9 del artículo 12 del Decreto 1746 de 2003 establece que corresponde a la Dirección de Patrimonio orientar el diseño y la puesta en marcha de instrumentos para la protección del patrimonio cultural mueble e inmueble;

Que entre las funciones de la Dirección de Patrimonio, según el Decreto 1746 de 2003, está la de asesorar al Ministro de Cultura en el diseño de políticas y propuestas para la preservación, conservación, protección y estudio del patrimonio mueble e inmueble, y que dicha Dirección es la encargada de diseñar, coordinar, elaborar, dirigir y ejecutar los proyectos y programas relacionados con la valoración, protección, conservación, restauración y atención de emergencias de los bienes de interés cultural de carácter nacional, conforme a las políticas del Ministerio;

Que el artículo 8º de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5º de la Ley 1185 de 2008, reglamentado por el artículo 7º del Decreto 763 de 2009, determina el siguiente procedimiento para la declaratoria de los bienes de interés cultural:

  1. El bien de que se trate se incluirá en una Lista indicativa de candidatos a bienes de interés cultural por la autoridad competente de efectuar la declaratoria.

  2. Con base en la lista mencionada en el numeral anterior, la autoridad competente para realizar la declaratoria definirá si el bien requiere un plan especial de manejo y protección.

  3. Una vez cumplido el procedimiento descrito en los numerales anteriores, el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, respecto de los bienes del ámbito nacional, o el respectivo Consejo Departamental o Distrital de Patrimonio Cultural, según el caso, emitirá su concepto sobre la declaratoria y el plan especial de manejo y protección, si el bien lo requiere.

  4. Si el concepto del respectivo Consejo de Patrimonio Cultural fuere favorable, la autoridad efectuará la declaratoria y en el mismo acto aprobará el plan especial de manejo y protección, si este se requiere.

Que para dar cumplimiento al numeral tercero del artículo de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 5º de la Ley 1185 de 2008, reglamentado por el artículo 7º del Decreto 763 de 2009, se presentó ante la Dirección de Patrimonio la solicitud de inclusión en la Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural (LICBIC) del ámbito nacional y definición de requerimiento del correspondiente Plan Especial de Manejo y Protección (PEMP) del Campus universitario de la Universidad de Antioquia, ubicado en la Calle 67 Nº 53-108 de la ciudad de Medellín, Antioquia;

Que la Dirección de Patrimonio, según consta en el Acta 1 del 14 de marzo de 2012, conceptuó favorablemente acerca de la inclusión del Campus universitario de la...

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