Acuerdo número 011 de 2013, por el cual se dictan disposiciones para la línea de crédito educativo de pregrado en la modalidad de licenciaturas condonable - 20 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 437489850

Acuerdo número 011 de 2013, por el cual se dictan disposiciones para la línea de crédito educativo de pregrado en la modalidad de licenciaturas condonable

EmisorEntidades Financieras de Naturaleza Especial - Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios en el Exterior
Número de Boletín48796

La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (Icetex), en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias en especial de las que le confiere la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, el numeral 1 del artículo del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006, el Acuerdo número 013 del 24 de febrero de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia, en los artículos 67 y 69 contempla la educación como un derecho de la persona y un servicio público, estipula que el Estado facilitará los mecanismos financieros para propiciar el acceso a las personas a la educación superior.

Que el numeral 1 y 4 del artículo 09 del Decreto número 1050 del 6 de abril de 2006 establece que es función de la Junta Directiva formular la política general y los planes, programas y proyectos para el cumplimiento del objeto legal del Icetex, de sus funciones y operaciones autorizadas y todas aquellas inherentes a su naturaleza jurídica, acorde con lo dispuesto por la Ley 1002 de diciembre 30 de 2005, y expedir conforme a la ley y a los estatutos del Icetex, los actos administrativos que se requieran para el cumplimiento de las funciones y de las operaciones autorizadas al Icetex como entidad financiera de naturaleza especial.

Que la Ley 1547 del 5 de julio de 2012 en el artículo 1º, señala "A todos los estudiantes beneficiarios de créditos para educación superior de pregrado, otorgados por el Icetex, pertenecientes a estratos 1, 2, o 3, se les concederá un subsidio equivalente al ciento por ciento (100%) de los intereses generados por dicho crédito durante la vigencia del mismo. Por tanto el beneficiario deberá asumir el pago solo del capital actualizado en el IPC anual".

Que el Decreto 2636 del 17 de diciembre de 2012, reglamenta el artículo 150 de la Ley 1450 de junio de 2011 y el artículo 2º de la Ley 1547 de 2012, en relación con el incentivo a la permanencia y calidad de la Educación Superior por medio de la...

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