Resolución número 0947 de 2013, por medio de la cual se niega una solicitud de sustracción temporal de la reserva forestal del Río Magdalena, para desarrollar un proyecto minero de exploración de carbón en jurisdicción del municipio de Sucre-Santander, dentro del Contrato de Concesión Minera Ingeominas, GD1-091B de mayo de 2007, y se toman otras determinaciones - 20 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 456012094

Resolución número 0947 de 2013, por medio de la cual se niega una solicitud de sustracción temporal de la reserva forestal del Río Magdalena, para desarrollar un proyecto minero de exploración de carbón en jurisdicción del municipio de Sucre-Santander, dentro del Contrato de Concesión Minera Ingeominas, GD1-091B de mayo de 2007, y se toman otras determinaciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín48888

La Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el radicado número 159495 del 26 de diciembre de 2011, el señor Holman Alí Caranton identificado con cédula de ciudadanía número 79450963 de Bogotá en su calidad de titular del contrato único de concesión de Ingeominas número GD1-091B del 17 de enero de 2007, confiere poder especial y suficiente a la doctora Jineth Maryury Muñoz Robles identificada con cédula de ciudadanía número 52224729 de Bogotá, y como abogada sustituta la doctora Marcela Eliana Bayona identificada con cédula de ciudadanía número 52421486 de Bogotá, para actuar de manera conjunta o separada, representando los intereses del señor Holman Alí Caranton en los trámites y demás procedimientos relacionados con la solicitud de sustracción de un área de la reserva forestal del Río Magdalena en jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander.

Que dentro de los documentos adjuntos al radicado número 159495 del 26 de diciembre de 2011, se encuentra la solicitud de sustracción temporal de un área de la reserva forestal del Río Magdalena en jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander, para explotación minera del contrato de concesión número GD1-091B, presentada por el señor Jaime Castañeda en su calidad de Representante Legal de Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., y la doctora Jineth Maryury Muñoz, en su calidad de apoderada del señor Holman Alí Caranton.

Que mediante el oficio radicado número 8210-E2-24921 del 7 de marzo de 2012 la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), solicita a la doctora Jineth Maryury Muñoz en su calidad de apoderada de la Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., remitir copia del Título Minero debidamente inscrito en el Registro Minero Nacional, por cuanto en el documento de solicitud de sustracción temporal de un área de la reserva forestal del Río Magdalena en jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander, señala que se han dado una serie de cesiones del contrato de concesión número GD1-091B, la última mediante Resolución GTRB-039 del 1º de marzo de 2010 a la Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., quedando esta con el 100%, sin embargo se encuentra pendiente el correspondiente registro.

Que mediante el Radicado número 4120-E1-26087 del 14 de marzo de 2012, la Comer-cializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., envía adjunto el edicto Ingeominas número GTRB-057/10, en el cual el Instituto Colombiano de Geología y Minería Ingeominas declara perfeccionada la cesión de la totalidad de los derechos (100%) del Título GD1-091B, a favor de Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S.

Que mediante el radicado número 4120-E1-36510 del 6 de Junio de 2012, la Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., envía el Certificado de Registro Minero del Título GD1-091B expedido por el Instituto Colombiano de Geología y Minería Ingeominas, con fecha del 25 de mayo de 2012.

Que mediante el Auto número 014 del 26 de junio de 2012, se da inicio al trámite de para la sustracción temporal de un área de la reserva forestal del Río Magdalena en jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander, del área requerida para la realización de las actividades de explotación minera del contrato de concesión número GD1-091B, ubicado en el municipio de Sucre, departamento de Santander presentado por la Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S.

Que el mencionado Auto de Inicio fue notificado de manera personal el 17 de julio de 2012 al señor Jaime Castañeda, en su calidad de representante legal de la Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., del cual se hizo una entrega íntegra del citado documento en tres folios útiles al notificado.

Que mediante oficio radicado número 4120-E1-44010 del 9 de agosto de 2012, la Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., comunica a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), que el área a intervenir ya se encuentra altamente intervenida y posee bajos porcentajes de áreas críticas.

Que mediante oficio radicado bajo el número 4120-E2-49133 del 26 de septiembre de 2012 la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales, en virtud del Convenio Interadministrativo número 6 del 20 de abril de 2012 firmado entre esa Autoridad y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), informa a la Dirección de Bosques Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos que se dio apertura al expediente SRF 0139 para la solicitud de sustracción temporal de un área de la reserva forestal del Río Magdalena en jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander.

Que mediante el oficio radicado número 8210-E2-43599 la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos remite a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), el concepto técnico número 013 de 2012, mediante el cual se realiza un requerimiento de información adicional para continuar con el proceso de la solicitud de sustracción temporal de un área de la reserva forestal del río Magdalena en jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander.

Que mediante oficio radicado número 4120-E1-6341 del 28 de febrero de 2013 la Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., envía la respuesta de los requerimientos realizados por la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible respecto de la solicitud de sustracción temporal de un área de la reserva forestal del río Magdalena en jurisdicción del municipio de Sucre, departamento de Santander.

FUNDAMENTOS TÉCNICOS

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto-ley 3570 de 2011, emitió concepto técnico en el cual analizó la información allegada por la empresa Comercializadora Internacional Carbones La Luisa S.A.S., respecto de la "Solicitud de sustracción temporal de la Reserva Forestal del río Magdalena, para desarrollar un proyecto minero de exploración de carbón en jurisdicción del municipio de Sucre-Santander, dentro del contrato de concesión minera Ingeominas,

GD1-091B de mayo de 2007".

Que el mencionado concepto señala: "(...)

La presente información se extrae del documento Radicado con número 4120-E1-159495 del 26 de diciembre de 2011 y denominado "Estudio ambiental para la solicitud de sustracción de un área de la reserva forestal ley 2a en el municipio de Sucre departamento de Santander para proyecto de exploración minera" y el documento radicado con número 4120-E1-6341 del 1º de marzo de 2013 denominado "Documento de respuesta al oficio 8210-E2-61721 expedido por la dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible".

OBJETIVO DE LA SUSTRACCIÓN

Se solicita la sustracción temporal de 33 hectáreas de la Reserva Forestal del río Magdalena, requerido para el desarrollo del Proyecto minero de carbón en jurisdicción del municipio de Sucre-Santander, dentro del contrato de concesión minera Ingeominas,

GD1-091B de mayo de 2007.

Importancia de la actividad considerada de utilidad pública e interés social

De acuerdo con lo manifestado por el peticionario mediante el documento con Radicado número 4120-E1-159495 del 26 de diciembre de 2011, mediante la identificación de los aspectos sociales, ambientales y geológicos del área de concesión minera GD1-091B, se busca garantizar la toma de decisiones acertadas y apropiadas para el desarrollo del proyecto, de manera que permitan un correcto desarrollo de la gestión, coordinación y evaluación general y así garantizar el cumplimiento total de la reglamentación ambiental vigente aplicable.

Se pretende garantizar un acercamiento con la comunidad y estructurar planes que permitan realizar una contribución para la solución de la problemática socioeconómica. Teniendo en cuenta las condiciones actuales de la posible área de influencia del proyecto se pretende promover planes y programas que fomenten la participación comunitaria y generen oportunidades a la población, brindado soporte a las vías de comunicación intermunicipales que permitirán una apertura económica y un acceso más eficaz a los servicios de salud y educación, la generación de empleo...

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