Comisión de Regulación de Comunicaciones Resolución número 3912 de 2012, por la cual se Modifican los numerales 3.7, 3.8, 3.10 y 3.12 y se adiciona el numeral 3.28 al artículo 3° de la Resolución CRC 3128 de 2011, un parágrafo al artículo 17 de la Resolución CRC 3129 de 2011 y un parágrafo al artículo 64 de la Resolución CRC 3066 de 2011
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Comisión de Regulación de Comunicaciones |
Número de Boletín | 48550 |
25
Edición 48.550
Martes, 11 de septiembre de 2012 D I A R I O O F I C I A L
UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES
Comisión de Regulación de Comunicaciones
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 3912 DE 2012
(septiembre 11)
-
La Comisión de Regulación de Comunicaciones, en ejercicio de sus facultades lega-
les, especialmente las conferidas por la Ley 1341 2009, la Ley 1453 de 2011, el Decreto
CRC 3128 de 2011,
CONSIDERANDO:
Que el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en ejercicio
Que en cumplimiento de lo ordenado por la Ley 14531 de 2011 y el Decreto número
CRC 31282-
-
Que en el artículo 18 de la Resolución CRC 3128 de 2011, esta Entidad consideró
-
-
Que mediante comunicación del 5 de marzo de 2012, radicada bajo el número 201230743,
-
mentación de la Resolución CRC 3128 de 2011, entre ellas, con respecto a la asociación
Que mediante comunicación radicada con número 201230812 de 8 de marzo de 2012,
S.A.S., presentaron sus propuestas de implementación y comentarios con respecto al control
Que en respuesta a lo anterior y con el ánimo de cumplir con las necesidades de control
-
CRC remitió a los PRSTM sus inquietudes con respecto a la cantidad de usuarios a con-
trolar y las acciones a tomar frente a los usuarios que no actualicen el registro de equipos
Que teniendo en cuenta las aclaraciones recibidas por parte de los PRSTM el 14 de
1
2 “
Que mediante Radicados 201232447, 201232491 y correo electrónico de fecha 8 de
-
cionada con la plataforma utilizada por los PRSTM para el control y administración de
el tiempo de implementación de las obligaciones establecidas en los numerales 3.8, 3.10 y
3.11 del artículo 3° de la citada resolución, con el propósito de realizar un análisis detallado
-
de dicha plataforma y teniendo en cuenta las propuestas de control de cambio de equipo
el numeral 3.28 del artículo 3° de la Resolución CRC 3128 de 2011, para la detección y
-IMEI- se encuentra duplicado en su red. En consecuencia, se adiciona el parágrafo 3° al
facultades legales, solicitó información a los PRSTM en relación con el estado de registro
que con corte a 30 de agosto de 2012 frente a la base de usuarios prepago publicada3 por el
4 de la Resolución
de los usuarios bajo la modalidad prepago, debido al desconocimiento que tienen estos
parte de cada PRSTM, en relación con determinar los mecanismos de comunicación con
Que el Comité de Comisionados aprobó la expedición de la presente resolución, según
consta en Acta número 833 del 31 de agosto de 2012.
RESUELVE:
-
lución CRC 3128 de 2011, los cuales quedarán de la siguiente manera:
“Artículo 3°. Obligaciones de los PRSTM.
3.7
3.8
3 Con corte al primer trimestre de 2012
4
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