Resolución número 736 de 2012, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 696 del 30 de noviembre de 2012 - 28 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414513066

Resolución número 736 de 2012, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 696 del 30 de noviembre de 2012

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín48657

El Contador General de la Nación, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales en especial de las que le confieren el artículo 3° de la Ley 298 de 1996, los artículos 1°. y

  1. De la Ley 617 de 2000, el artículo 1° del Decreto 3968 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República expidió la Ley 617 de 2000, por la cual se reformó parcialmente la Ley 136 de 1994, el Decreto Extraordinario 1222 de 1986, se adicionó la Ley Orgánica de Presupuesto, el Decreto número 1421 de 1993, se dictaron otras normas tendientes a fortalecer la descentralización y la racionalización del gasto público nacional.

Que los artículos y de la Ley 617 de 2000, señalan la obligatoriedad para los Gobernadores y Alcaldes de determinar anualmente mediante decreto expedido antes del 31 de octubre, la categoría en que se encuentra clasificado para el año siguiente el respectivo departamento, distrito o municipio.

Que los artículos y de la Ley 617 de 2000, disponen en sus parágrafos 4° y 5° en su orden, que si el respectivo Gobernador o Alcalde no expide la certificación sobre categorización antes del 31 de octubre de cada año, dicha certificación será expedida por el Contador General de la Nación en el mes de noviembre.

Que el Contador General de la Nación expidió la Resolución número 385 del 12 de noviembre de 2002 por la cual se estableció el procedimiento para certificar la categoría de los Departamentos, Distritos y Municipios en los términos de lo dispuesto en la Ley

617 de 2000.

Que la citada disposición señala que el Contador General de la Nación certificará la categoría respectiva de las entidades territoriales que no lo hicieron en su oportunidad, mediante publicación en el Diario Oficial.

Que el artículo primero del Decreto número 3968 de 26 de noviembre de 2004, estableció que cuando el Contador General de la Nación deba ejercer la potestad subsidiaria de categorizar los Departamentos, Distritos y Municipios, que no han procedido a ello antes del 31 de octubre de cada año, adoptará la respectiva categoría con fundamento en la última información que exista en la base de datos de la Contaduría General de la Nación - CGN, respecto a los Ingresos Corrientes de Libre Destinación de la vigencia fiscal inmediatamente anterior, y a la población del año anterior informada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE.

Que con base en lo anteriormente expuesto el Contador General de la Nación expidió la Resolución número 696 del 30 de noviembre de 2012, "por la cual se expide la certificación de categorización de las entidades territoriales (departamentos, distritos y municipios) conforme a lo dispuesto en la Ley 617 de 2000".

Que en la mencionada resolución el municipio de Valledupar Cesar quedó clasificado en la categoría 3, teniendo en cuenta los factores ordenados en la Ley 136 de 1994, artículo 6°, modificado por el artículo 7°. De la Ley 1551 del 6 de julio de 2012, que al tenor dispone:

"Artículo 7°. El artículo 6°. De la Ley 136 de 1994 quedará así:

Artículo 6°...

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