Resolución número 2111 de 2012, por la cual se sustrae definitivamente un área de la Zona de Reserva Forestal del Pacífico, establecida en la Ley 2ª de 1959 y se toman otras determinaciones - 3 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 409689126

Resolución número 2111 de 2012, por la cual se sustrae definitivamente un área de la Zona de Reserva Forestal del Pacífico, establecida en la Ley 2ª de 1959 y se toman otras determinaciones

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín48633

El Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos (E), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Antecedentes

Que mediante Resolución número 159 del 28 de enero de 2010, este Ministerio sustrajo temporalmente de la Reserva Forestal del Pacífico, establecida por la Ley 2a de 1959, una superficie de 11.94 hectáreas para la ubicación de un botadero y sustrajo definitivamente 11,19 hectáreas para la construcción del corredor vial entre chaflanes, las áreas para los portales de todos los túneles de la vía Buenaventura-Buga en el sector comprendido por los Corregimientos de Cisneros y Loboguerrero; para un total de 23,14 hectáreas, para la construcción de la doble calzada Cisneros Loboguerrero;

Que a través de la Resolución número 979 de 24 de mayo de 2010, se modifica la Licencia Ambiental del proyecto construcción de la doble calzada Cisneros Loboguerrero otorgada mediante Resolución número 159 de 28 de enero de 2010; en cuanto a la ampliación del tiempo para la entrega de una información por la sustracción autorizada a la empresa;

Que mediante oficio con Radicado número 4120-E1-41449 del 2012, Carlos Alberto Solarte Solarte como representante legal del Consorcio ECC solicitó la sustracción definitiva de la Reserva Forestal del Pacífico establecida mediante Ley 2a de 1959, de las siguientes áreas requeridas para el desarrollo de las siguientes obras en la construcción de la doble calzada Cisneros Loboguerrero PR51+000-PR61+500. (Expediente ANLA LAM4519):

  1. 0.15 hectáreas para el nuevo desarrollo del Túnel 2 entre el K53+260-K53+560 (margen derecha) longitud de 310 m.

  2. 0.12 hectáreas para el nuevo desarrollo del Túnel 5 entre el K53+080-K53+840 (izquierdo) longitud de 760 m.

  3. 0.33 hectáreas para diseño nuevo del túnel 10 en una longitud de 1520 metros K57+430- K58+950 + dos galerías de evacuación;

Que mediante la Resolución número 918 de 2011, este Ministerio estableció los requisitos y el procedimiento para la sustracción de las áreas de reserva forestal nacional y regional, para el desarrollo de actividades consideradas de utilidad pública e interés social;

Que el Consorcio ECC ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º de la Resolución número 918 de 2011, en consecuencia se procede por parte de este Despacho a iniciar mediante Auto número 024 de 2012, el trámite de Sustracción Definitiva de la Reserva Forestal del Pacífico establecida mediante Ley 2a de 1959, de las áreas requeridas para el desarrollo unas obras para la construcción de la doble calzada Cisneros Loboguerrero PR51+000-PR61+500. (Expediente ANLA LAM4519);

Que mediante visita técnica realizada por funcionarios del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible el día 4 y 5 de septiembre se llevó a cabo un recorrido por el área solicitada en sustracción con el fin de reconocer los procesos que se llevan a cabo en dicha zona y así continuar con la determinación de la viabilidad o no de la sustracción de la Reserva Forestal de Pacífico establecida en la Ley 2a de 1959, para la modificación del diseño geométrico de los túneles 2 derecho, diez derecho incluyendo galerías de evacuación y realineamiento del túnel 5 izquierdo en la construcción de la doble calzada sector Cisneros (PR 51 + 000)-Loboguerrero (PR 61 + 500).

Fundamentos técnicos

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto Ley 3570 de 2011, emitió concepto técnico de viabilidad, con relación a la solicitud de sustracción definitiva de un área de la Zona de Reserva Forestal del Pacífico, establecida mediante Ley 2a de 1959 para el proyecto construcción de la doble calzada sector Cisneros (PR 51 + 000)-Loboguerrero (PR 61 + 500) en jurisdicción del municipio de Dagua en el departamento del Valle del Cauca;

Que el mencionado concepto señala:

"2. Evaluación de la información

2.1 Introducción

El Consorcio ECC, allega el documento de sustracción definitiva de la Reserva Forestal del Pacífico para 0,60 hectáreas así: 0,15 hectáreas, para el diseño nuevo del Túnel 2; 0,12 hectáreas para el realineamiento del Túnel 5 y 0,33 hectáreas, para el diseño nuevo del Túnel 10, para la modificación de la Resolución número 0159 de 28 de enero de 2010, en la Construcción de la Doble Calzada sector Cisneros-Loboguerrero.

2.2 Importancia y justificación

El Consorcio ECC propone en el sector K53+200 al K54+200 el cambio de diseño del Túnel dos (2) izquierdo y el realineamiento del Túnel cinco (5) derecho y en el sector K57+360 al K58+980 el cambio del diseño geométrico y construcción de dos galerías de evacuación del Túnel 10 izquierdo, cuyo objetivo es optimizar el diseño del proyecto, para lo cual requiere de áreas adicionales sujetas de Sustracción Definitiva de la Reserva Forestal del Pacífico, situación que motiva el presente documento con el cual se solicita a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos, el concepto técnico con el cual se modifique el

Artículo Primero

de la Resolución número 159 de 2010..

2.3 Aspectos técnicos 2.3.1 Localización

Se informa en el documento que el proyecto a desarrollar se localiza en el municipio de Dagua sobre el costado occidental de la Cordillera Occidental, al suroccidente del país, en el departamento del Valle del Cauca. Este tramo se desarrolla entre los corregimientos de Cisneros y Loboguerrero. Los sectores objeto de modificación del diseño vial y que son objeto del estudio, corresponde al sector 1: K53+200 al K54+200 y sector 2: K57+360 al K58+980 los cuales se definen en la siguiente tabla:

TABLA 1

Áreas objeto de Sustracción Definitiva de la Reserva Forestal

Fuente: G&R Ingeniería y Desarrollo Ltda. 2012

Fuente: Sustracción Reserva Forestal del Pacífico modificación del diseño geométrico de los túneles 2 - Derecho, y Diez -Derecho incluyendo galerías de evacuación y el realineamiento del túnel 5 -izquierdo. Mayo 2012.

2.3.2 Metodología

Se informa en el documento que la metodología del diseño de los túneles es la New Autrian Tunneling Method (NATM). Que se basa en el principio de que el macizo rocoso puede ser aprovechado como parte integral de los elementos de soporte para garantizar la estabilidad de una excavación subterránea. Para alcanzar la estabilidad de la excavación se considera un soporte flexible el cual está diseñado para ofrecer estabilidad y al mismo tiempo permite la deformación del macizo rocoso dentro de un rango de deformación seguro. Finalmente dentro del método austriaco se tiene la implementación de un programa de instrumentación geotécnica que permita controlar la estabilidad integral de la excavación subterránea.

Es de anotar que de acuerdo al documento no se identifica la necesidad de adelantar el montaje de campamentos de personal, sin embargo para el túnel cinco (5) se requiere incluir una nueva locación temporal dentro del polígono identificado como portal de salida entre el K53 +770 al K53+840MI. Para la modificación del diseño del túnel diez (10) se requiere incluir dos nuevas locaciones temporales dentro de los polígonos identificados como Galería de evacuación 1 en K58+33 MD y Galería de evacuación 2 en el K58+850 MD.

Estas locaciones acompañan durante todo el proceso de la obra subterránea y se consideran estructuras temporales constituidas por contenedores, unidades sanitarias portátiles, sitios de almacenamiento de maquinaria y herramientas.

2.3.3 Demanda de Recursos

Se informa en el documento que en el desarrollo de las actividades se requiere remover un total de volumen maderable de 5,36 m3, para un total de 59 individuos.

Así mismo se requiere se efectúe el levantamiento de veda para el área de 0,48 ha correspondiente a la sumatoria de los portales de los túneles dos (2), cinco (5) y diez (10), en los cuales se registra un total de 3150 de especies rupícolas y 17 epifitas.

2.4 Área a sustraer

Área a Sustraer de la Reserva Forestal - Cambio del Diseño Geométrico Túnel dos (2) entre el K53+250 -K53+560 Margen Derecha

Para remplazar estos tramos viales el Consorcio ECC proyectó la construcción del Túnel dos (2) (cambio de diseño geométrico), entre el K53+260 al K53+560 margen derecho (con una longitud de 300 m) el cual empalma con la vía existente a partir del K53+560 hasta la altura del K54+080. Las cuales suman un total de 0,15 hectáreas.

TABLA 3

Coordenadas del Polígono Correspondiente al Área a sustraer Portal de entrada K53+260 - K53+300 y Portal de salida K53+500-K53+560 del túnel 2

Fuente: G&R Ingeniería y Desarrollo Ltda. 2D12

Fuente:...

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