Resolución 0100-0100 número 0708 de 2012, por la cual se transfiere a título gratuito el derecho de propiedad de un bien Fiscal - 18 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 412271678

Resolución 0100-0100 número 0708 de 2012, por la cual se transfiere a título gratuito el derecho de propiedad de un bien Fiscal

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca
Número de Boletín48648

El Director General de la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca, en cumplimiento de lo ordenado en el artículo 8º de la Ley 708 de noviembre 29 de 2001, el artículo 3º del Decreto 724 del 15 de abril de 2002, el artículo 7º del Decreto 2056 del 24 de julio de 2003, el Acuerdo CD número 45 de julio de 2008, y

CONSIDERANDO:

  1. Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley 708 de 2001, "Los bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades públicas del orden nacional, de carácter nofinanciero que hagan parte de cualquiera de las Ramas del Poder Público, así como de los órganos autónomos e independientes, que no tengan vocación para la construcción de vivienda de interés social, y además que no lo requieran para el desarrollo de sus funciones y no se encuentren dentro de los planes de enajenación onerosa que deberán tener las entidades, deben ser transferidos a título gratuito a otras entidades públicas conforme a sus necesidades, de acuerdo con el reglamento que expida el Gobierno Nacional, con excepción de aquellos ocupados ilegalmente antes del 28 de julio de 1988 con vivienda de interés social, los cuales deberán ser cedidos a sus ocupantes, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 9a de 1989";

  2. Según lo establecido en el parágrafo 1º del artículo de la Ley 708 de 2001, las transferencias a título gratuito que realicen las Entidades Públicas se llevarán a cabo por el procedimiento de enajenación previsto en el artículo 1º de la misma norma, es decir, mediante resolución administrativa expedida por la entidad propietaria del inmueble, y su tradición se verificará mediante la inscripción de dicho acto ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente.

  3. Que la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC), mediante Convenio CVC número 200 de 2006, suscrito entre la CVC y la Federación Nacional de Cafeteros, financió la construcción de una planta de tratamiento de aguas residuales, obra civil de infraestructura construida sobre un lote de propiedad del municipio de El Cairo, Valle del Cauca. La planta de tratamiento de aguas residuales es requerida para el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad y la conservación del medio ambiente en específico en el corregimiento de Albán.

  4. Que La CVC en la actualidad es la titular del derecho de dominio sobre la edificación denominada planta de tratamiento de aguas residuales del corregimiento de Albán municipio de El Cairo, tiene la calidad de mejora construida sobre lote de terreno rural de propiedad del municipio, en el lote ubicado en el sector Guacaica del corregimiento de Albán, municipio de El Cairo, con ficha catastral número 00-01-0001-0032-000, protocolizado mediante Resolución número 300-052-012 de febrero 25 de 2007, por medio de la cual se legaliza un inmueble municipal, identificado con el folio de matrícula inmobiliaria número 375-75146 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cartago, y con un área de 3.200 m2. Este lote de terreno fue adquirido por el suscrito Alcalde municipal de El Cairo, en uso de sus atribuciones legales y constitucionales, en especial las contenidas por la Ley 137 de 1957, el Decreto 59 de 1938, el Decreto 3313 de 1965 y demás normas concordantes, considerando que existe en el casco urbano del corregimiento de Albán jurisdicción del municipio de El Cairo, sobre el cual no se han construido ningún tipo de mejoras ni obras por parte de particulares y que en este lote se construirá la PTAR del corregimiento, y que para la mencionada obra se requiere incorporar dicho lote al banco de inmuebles del municipio y obtener de la misma forma en la oficina de registro de instrumentos públicos un número de matrícula inmobiliaria.

  5. La edificación denominada Sistema de Tratamiento de Aguas Residuales Domésticas del Corregimiento de Albán, Jurisdicción del Municipio de El Cairo, Valle del Cauca, cuenta con un área construida de 715 m2, inmersos en el lote total de 3.200 m2 del lote total destinado para la PTAR, y se encuentra construida sobre un predio de propiedad del Municipio de El Cairo, alinderado de la siguiente manera, atendiendo lo descrito en la Resolución número 300-052-012 de febrero 25 de 2007, expedida por el alcalde municipal de El Cairo: Frente: Carrera 5a, lado derecho: quebrada Guacaica, lado izquierdo: camino hacia la granja. Fondo: con la quebrada La Floresta.

  6. Que el bien, la mejora o edificación planta de tratamiento de aguas residuales, objeto de la presente transferencia de dominio tiene la calidad de bien inmueble por lo determinado por el Código Civil, artículo 656-Inmuebles o fincas o bienes raíces son las cosas que no pueden transportarse de un lugar a otro; como las tierras y minas, y las que adhieren permanentemente a ellas, como los edificios, los árboles.

  7. Que el bien inmueble denominado planta de tratamiento de aguas residuales domésticas para el corregimiento de Albán - Municipio de El Cairo consta de lo siguiente:

    Estructura de Entrada y Transición

    Estas estructuras son en concreto reforzado de dimensiones: (Largo = 2,30 m ancho = 1,20 m y altura = 1,60 m) y se convierten de vital importancia en el tratamiento de las aguas residuales, ya que separamos los caudales máximos procedentes de las aguas lluvias, con lo cual se garantiza que al sistema solo ingrese el caudal de aguas residuales domésticas producidas por el centro poblado.

    Tanque Séptico

    Consiste en un tanque rectangular en concreto reforzado de dimensiones: (Largo = 12,00 mts, ancho = 7,30 m y altura = 3,60 m), con capacidad de almacenar 308 m3 y cuyo objetivo dentro del sistema de tratamiento de las aguas servidas es la de permitir la separación de las partículas sólidas y líquidas mediante un proceso de sedimentación, en este sistema se cuenta con sedimentación primaria y secundaria.

    Filtro Anaeróbico

    Es un tanque rectangular en concreto reforzado de dimensiones: (Largo = 13,00 m ancho = 7,30 m y altura = 3,70 m), al cual también se le denomina reactor y tiene por función primordial la remoción de sólidos totales, buscando estabilizar la carga orgánica de las aguas residuales, este proceso es anaerobio y consiste en una unidad de flujo ascendente, donde el agua residual entra en un proceso de contacto con un medio filtrante (Empaques plásticos).

    Lecho de Secado de Lodo

    Es un tanque rectangular en concreto reforzado de dimensiones: (Largo = 10,60 m ancho = 5,00 m y altura = 1,20 m). En este componente se depositan las partículas extrañas retiradas del Canal de Rejas y La Caja Distribuidora de Caudales, así mismo cuando los lodos retenidos en el Tanque Séptico y en el Filtro Anaeróbico alcanzan la madurez adecuada, son descargados en esta estructura, donde se les practica deshidratación, hasta que lleguen a un contenido máximo de humedad del 15% al 20%.

    Colector Final

    Es un sistema de recolección de aguas filtradas que se realiza por medio de cuatro canales en concreto reforzado de dimensiones (Largo = 7,30 m, Ancho = 0,80 m y Altura = 0,60 m.), cuya función es la de recoger y conducir el agua filtrada hacia la estructura de entrega.

    Estructura de Entrega

    Consiste en una caja de inspección en concreto reforzado de dimensiones (Largo = 2,00 m, Ancho = 1,00 m y Altura = 60 m), que permite la salida del agua ya filtrada para control y observación, la cual se entrega o descarga a la quebrada por medio de una estructura denominada disipador de energía en concreto reforzado de dimensiones (Largo = 6,500 mts, Ancho = 0,80 m y Altura = 0,60 m).

    Viaducto

    Que consiste en una estructura conformada por una Cercha Metálica de Longitud = 15,00 m, apoyada sobre dos pilotes en concreto reforzado de altura promedio de 4,65 m, y un diámetro de 0,80 m, cuya función principal es la de soportar la tubería sanitaria en PVC de 8", que conduce las aguas negras provenientes del corregimiento de Albán a la Planta de Tratamiento.

    Las obras anteriormente citadas corresponden al siguiente listado de actividades y cantidades de obra finalmente ejecutadas en el marco del convenio CVC número 200 de 2006 suscrito:

    DESCRIPCIÓN CANTIDADES TOTALES EJECUTADAS
    UND. CANT. VR UNIT. VR. TOTAL
    PRELIMINARES
    PRELIMINARES
    LOCALIZACIÓN-REPLANTEO M2 249,89 2.045,735522 511.208,85
    CONFORMACIÓN TALUDES Y FONDO M2 830,60 994,824239 826.301,01
    VALLA PUBLICITARIA UN 1,00 840.039,71114 840.039,71
    CAMPAMENTO UN 1,00 1.713.824,42750 1.713.824,43
    ROCERÍA M2 1.285,50 509,32 654.730,86
    DESCAPOTE MANUAL MÁS RETIRO H=0.20. M M2 349,84 1.857,21095357878 649.726,68
    TOTAL PRELIMINARES 5.195.831,54
    TOTAL PRELIMINARES 5.195.831,54
    TANQUES SÉPTICOS Y FILTRO ANAERÓBICO

    DESCRIPCIÓN CANTIDADES TOTALES EJECUTADAS
    UND. CANT. VR UNIT. VR. TOTAL
    PRELIMINARES
    EXCAVACIÓN MANO CONGLOMERADO h>2 M3 57,85 13.012,20 752.755,77
    EXCAVACIÓN MANO TIERRA SECA H>2M SIN RETIRO M3 1.156,11 10.017,00 11.580.753,87
    RELLENO MAT TRANSPORTADO COMPACTADO M3 330,13 25.718,42 8.490.421,99
    TOTAL PRELIMINARES 20.823.931,63
    OBRAS DE CONCRETO
    CONCRETO MUROS 3500 PSI - 27.0 Mpa M3 105,96 411.965,2388 43.651.836,70
    CONCRETO PISO 3500 PSI - 27.0 Mpa ESP-25 M2 258,88 89.556,79 23.184.461,80
    ACERO ESTRUCTURAL KG 17.507,21 3.526,963153 61.747.284,58
    LOSA CASETÓN ESTERILLA E=35CM NO INCLUYE ACEROS NI FORMALETA M2 218,67 90.918,6196 19.881.174,55
    FALSO FONDO EN CONCRETO DE 1.43 X 0.618 E=10CM-PERFORACIONES 1 1/2" UND 88,00 41.860,6276 3.683.735,23
    VIGA CONCRETO AÉREA 3000 PSI M3 3,18 515.
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