Resolución número 000018 de 2012 por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, transfiriendo a CISA a título gratuito un Inmueble de propiedad de la Nación - DIAN. - 28 de Febrero de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 354986510

Resolución número 000018 de 2012 por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 del 16 de junio de 2011, transfiriendo a CISA a título gratuito un Inmueble de propiedad de la Nación - DIAN.

EmisorUnidades Administrativas Especiales
Número de Boletín48357
30
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.357
Martes, 28 de febrero de 2012
(C.F.).
21
421 Aportes a Fondos de Pensiones
1El valor efectivamente pagado por concepto de aportes a los Fondos de Pensiones durante la vigencia. Corresponde únicamente a lo aportado
por el empleador.
2El valor causado por concepto de aportes a los Fondos de Pensiones durante la vigencia. Corresponde únicamente a lo aportado por el empleador.
422 Aportes al sistema de seguridad social
1Sumatoria del valor fiscal de las casillas 416 1. Aportes a EPS, 417 1. Aportes a ARP y 418 1. Aportes a Fondos de Pensiones
2Sumatoria del valor contable de las casillas 416 2. Aportes a EPS, 417 2. Aportes a ARP y 418 2 Aportes a Fondos de Pensiones
423 Aportes al SENA
1El valor efectivamente pagado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales al SENA
2El valor causado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales al SENA
424 Aportes al ICBF
1El valor efectivamente pagado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales al ICBF
2El valor causado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales al ICBF
425 Aportes a cajas de compensación familiar
1El valor efectivamente pagado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales a las cajas de compensación
2El valor causado durante la vigencia por concepto de aportes parafiscales a las cajas de compensación.
426 Aportes al SENA, ICBF, cajas de compensación familiar
1Sumatoria del valor fiscal de las casillas 420 1. Aportes al SENA, 421 1. Aportes al ICBF y 422 1. Aportes a cajas de compensación familiar.
2Sumatoria del valor contable de las casillas 420 2. Aportes al SENA, 421 2. Aportes al ICBF y 422 2. Aportes a cajas de compensación familiar.
427 Utilidad en venta de activos fijos en el período
2La diferencia a favor del contribuyente que resulta entre el precio de venta del activo fijo y el valor en libros, de los activos enajenados en el
período.
428 Pérdida en venta de activos fijos en el periodo
2La diferencia negativa que resulta entre el precio de venta del activo fijo y el valor en libros, de los activos enajenados en el período.
429 Utilidad contable susceptible de distribuirse como gravada
2La utilidad comercial del ejercicio susceptible de distribuirse como gravada.
430 Utilidad contable susceptible de distribuirse como no gravada
2La utilidad comercial del ejercicio susceptible de distribuirse como no gravada.
431 Pérdida contable del ejercicio
2El resultado negativo de las operaciones, relacionadas o no, con el objeto social, y que constituyen una disminución patrimonial.
432 Gasto de impuesto corriente (IC)
2El valor causado o provisionado por concepto de Impuesto de Renta por el periodo vigente.
433 Gasto de impuesto diferido registrado como saldo crédito (IDC)
2El valor producto de la diferencia temporal que implica el pago de un menor impuesto en el año corriente, calculado a tasas actuales, siempre que
exista una expectativa razonable de que tales diferencias se revertirán.
434 Gasto de impuesto diferido registrado como saldo débito (IDD)
2La diferencia generada por el pago de un mayor impuesto en el año corriente, calculado a tasas actuales, siempre que exista una expectativa
razonable de que se generará suficiente renta gravable en los períodos en los cuales tales diferencias se revertirán.
435 Total gasto de impuesto (IC + IDC - IDD)
2La siguiente operación: A la casilla 429 2. Gasto de impuesto corriente, sume la casilla 430 2. Gasto de impuesto diferido crédito y reste la casilla
431 2. Gasto de impuesto diferido débito.
436 Saldo de pérdidas de activos por deducir en periodos futuros
1El saldo por pérdidas que el contribuyente aun tiene por deducir de su renta a 31 de diciembre de 2011, conforme con lo establecido en el artículo
437 Saldo de pérdida fiscal por compensar en periodos futuros
1El saldo por pérdidas fiscales que el contribuyente aun tiene por compensar a 31 de diciembre de 2011, conforme con lo establecido en el artículo
438 Saldo de exceso de renta presuntiva sobre renta líquida ordinaria por compensar en periodos futuros
1El saldo de exceso de renta presuntiva sobre renta líquida ordinaria por compensar a 31 de diciembre de 2011, conforme con lo establecido en el
439 Descuentos tributarios por impuesto de renta pagado en el exterior
1El valor por concepto de impuesto sobre la renta pagado en el exterior durante el año gravable 2011.
440 Saldo descuentos tributarios pendientes por aplicar en períodos futuros
1El saldo del descuento tributario por impuestos pagados en el exterior a título de impuesto sobre la renta pendiente de aplicar a 31 de diciembre
de 2011.
441 Dividendos o participaciones gravados decretados en el período
2El valor de los dividendos o participaciones gravados decretados en el período, provenientes de las utilidades líquidas que no han sido sometidas
a imposición.
442 Dividendos o participaciones no gravados decretados en el período
2El valor de los dividendos o participaciones no gravados decretados en el período, provenientes de las utilidades líquidas que fueron sometidas
a imposición.
443 Dividendos o participaciones gravados efectivamente pagados o exigibles en el periodo
2El valor de los dividendos o participaciones, efectivamente pagados o exigibles a favor de los socios o accionistas durante el año 2011, provenientes
de las utilidades líquidas que no han sido sometidas a imposición.
444 Dividendos o participaciones no gravados efectivamente pagados o exigibles en el periodo
2El valor de los dividendos o participaciones, efectivamente pagados o exigibles a favor de los socios o accionistas durante el año 2011, provenientes
de las utilidades líquidas que fueron sometidas a imposición.
445 Ingresos acumulados recibidos para terceros
1El valor fiscal de los ingresos obtenidos a favor de terceros durante el año gravable 2011.
2El valor contable de los ingresos obtenidos a favor de terceros durante el año gravable 2011.
446 Retiros para consumo y publicidad
2El valor de las mercancías destinadas durante el año gravable al consumo interno y publicidad.
22
447 Disminución del inventario final por faltante de mercancía de fácil destrucción o pérdida
1El valor de la disminución del inventario final por faltante de mercancía de fácil destrucción o pérdida durante el año 2011, de conformidad con lo
previsto en el artículo 64 del Estatuto Tributario.
2El valor de la disminución del inventario final por faltante de mercancía de fácil destrucción o pérdida durante el año 2011.
448 ¿Hizo parte de un programa de reorganización empresarial durante el año gravable?
MarqueSI o NO, hizo parte de un programa de reorganización empresarial, fusión, escisión, reestructuración, entre otras.
449 Nuevos empleos generados bajo la vigencia de la Ley 1429 de 2010
El número de empleos que su empresa generó por el año 2011, conforme a lo establecido en la Ley 1429 de 2010.
450 Se acoge a la progresividad de la tarifa del impuesto de renta
MarqueSI o NO, se acoge a la progresividad de la tarifa del impuesto de renta, prevista en la Ley 1429 de 2010.
451 Es contribuyente del régimen tributario especial de los previstos en el numeral 4º del artículo 19 del E.T.
Marque si es contribuyente del régimen tributario especial de los previstos en el numeral 4º del artículo 19 del E.T.
452 - 456 Desglose impuesto sobre la renta líquida gravable
Desglose el cálculo de la casilla 391. Impuesto sobre la renta líquida gravable, teniendo en cuenta las siguientes tarifas, segun el caso, 33%, 20%,
15%, personas naturales y progresividad consagrada en la Ley 1429 de 2010.
RESOLUCIÓN NÚMERO 000018 DE 2012
(febrero 27)
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El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de las facultades
legales, especialmente en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 238 de la Ley 1450
CONSIDERANDO:
“Movilización de activos.   
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Autónomo correspondiente.
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Que la DIAN está organizada como una Unidad Administrativa Especial del orden
Nacional, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, au-
tonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrita al Ministerio de
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General de la Nación.
Que el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011 le impone a la DIAN de manera perentoria
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Que la DIAN y el Ministerio de Defensa Nacional – Defensa Civil celebraron Contrato
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con matrícula inmobiliaria N° 260-93556, por el término de cinco (5) años, contados a partir
del 1° de marzo de 2010, fecha de la suscripción del acta de entrega del bien inmueble.

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