RESOLUCION NUMERO 043 DE 2007 , (julio 25) , por medio de la cual se declara la ocurrencia del siniestro de incumplimiento y el buen manejo del anticipo, se hace efectiva la cláusula penal pecuniaria y la garantía única de la Orden de Trabajo número SOP-V-315-2005. - 25 de Julio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 47012066

RESOLUCION NUMERO 043 DE 2007 , (julio 25) , por medio de la cual se declara la ocurrencia del siniestro de incumplimiento y el buen manejo del anticipo, se hace efectiva la cláusula penal pecuniaria y la garantía única de la Orden de Trabajo número SOP-V-315-2005.

EmisorVarios - Departamento de Cundinamarca
Número de Boletín47104

? RESUELVE:

Artículo 1°

Declarar la realización del riesgo de incumplimiento de la Orden de Trabajo número SOP-V-315 de 2005, celebrada entre el departamento de Cundinamarca (Secretaría de Obras Públicas) y César Francisco Hernández Velázquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 79442669 expedida en Bogotá.

Artículo 2

°.

Hacer efectiva la suma de un millón novecientos noventa y nueve mil sei s cientos noventa y cinco mil pesos ($1.999.695.00) equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la Orden de Trabajo número SOP-V- 315 de 2005.

Artículo 3 o

Hacer efectiva a favor del Departamento de Cundinamarca la Garantía Única constituida por el contratista mediante Póliza número 703996 de Liberty Seguros S.

A, en su amparo de cumplimiento del contrato, por la suma correspondiente al valor asegurado por dicho concepto.

Artículo 4°

Declarar la realización del riesgo de manejo y buena inversión del anticipo de la Orden de Trabajo número SOP-V-315 de 2005, celebrada entre el departamento de Cundinamarca (Secretaría de Obras Públicas) y César Francisco Hernández Velázquez.

Artículo 5 o

Hacer efectiva a favor del Departamento de Cundinamarca la Garantía Única constituida por el contratista mediante Póliza número 703001 de Liberty Seguros S.

A., en su amparo de manejo y buena inversión del anticipo, por la suma de nueve millones novecientos noventa y ocho mil cuatrocientos setenta y nueve pesos ($9.998.479.00) mcte ;

por concepto del valor del anticipo no invertido en la ejecución de las obras contratadas.

Artículo 6 o

Exigir al contratista César Francisco Hernández Velázquez hacer devolución de los excedentes financieros producto de los recursos consignados por el departamento en calidad de anticipo de la Orden de Trabajo SOP-V- 315-2005.

Artículo 7 o

Notificar la presente resolución al Contratista César Francisco Hernández Velázquez, identificado con la cédula de ciudadanía número 79442669 de Bogotá, y a la Compañía de Liberty Seguros S.

A., por intermedio de su repre sentante legal, en la forma prevista en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo, tal como lo ordena el artículo 61 del mismo código.

Artículo 8°

Ejecutoriada la presente resolución, deberá publicarse la parte resolutiva por dos (2) veces en medios de comunicación social...

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