RESOLUCION NUMERO 098 DE 2007 , (noviembre 22) , por la cual se declara la ocurrencia de los siniestros de incumplimiento y buen manejo del anticipo, se hace efectiva la cláusula penal pecuniaria y la garantía única de la Orden de Trabajo número SOP-V-698-2006 .
Emisor | Varios - Departamento de Cundinamarca |
Número de Boletín | 47104 |
? RESUELVE:
Declarar la realización del riesgo de incumplimiento de la Orden de Trabajo número SOP-V-698 de 2006, celebrada entre el departamento de Cun d inamarca (Secretaría de Obras Públicas) y Juan Carlos Flores Rey, identificado con cédula de ciudadanía número 79057680 de Bogotá.
Hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria por la suma de de tres millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y dos pesos ($3.999.992.00), equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la Orden de Trabajo número SOP-V-698 de 2006.
Hacer efectiva a favor del Departamento de Cundinamarca la Ga rantía Única constituida por el contratista mediante número 073315506 expedida por la Compañía Aseguradora Seguros del Estado S.
A., en su amparo de cumpli miento del contrato, por la suma de tres millones novecientos noventa y nueve mil novecientos noventa y dos pesos ($3.999.992.00) m/ cte , correspondiente al valor asegurado por dicho concepto y equivalente al 10% del valor total de la Orden de Trabajo número SOP-V-698 de 2006.
Parágrafo.
Esta disposición será aplicada al no existir saldos a favor del con tratista que permitan efectuar el descuento indicado en el artículo segundo de esta resolución.
Declarar la realización del riesgo de manejo y buena inversión del anticipo de la Orden de Trabajo número SOP-V-698 de 2006, entregado al Contratista Juan Carlos Flores Rey, identificado con cédula de ciudadanía número 79057680 de Bogotá.
Hacer efectiva a favor del departamento de Cundinamarca la Garantía Única constituida por el contratista mediante póliza número 073315506 expedida por la Compañía Aseguradora Seguros del Estado S.
A., en su amparo de manejo y buena inversión del anticipo, por la suma de diecinueve millones novecientos noventa y nueve mil novecientos sesenta y un pesos ($19.999.961.
oo) m/ cte ;
equivalente al valor del anticipo que el contratista recibió y no amortizó de conformidad con la parte motiva de esta providencia.
Ordenar a Juan Carlos Flores Rey, identificado con cédula de ciudadanía número 79057680 de Bogotá, la entrega a favor del departamento de los rendimientos financieros sobre la suma de dinero entregada como anticipo, los cuales se liquidarán mes a mes a la...
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