Oficio número 025471 de 2015
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales |
Número de Boletín | 49638 |
Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 29 de agosto de 2015 100208221-001167 Señor
Referencia: Radicado número 007418 del 12 de marzo de 2015
Tema Impuesto sobre la renta para la equidad - CREE
Descriptores Sujetos Pasivos
Fuentes formales Artículos 1º del Decreto 4400 de 2004, 20 y 25 de la Ley 1607 de 2012.
Atento saludo señor Hernández Pacheco.
De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008, es función de esta Subdi-rección absolver las consultas escritas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias de carácter nacional, aduaneras y cambiarias en lo de competencia de la Entidad.
Problema jurídico
¿Es viable para una persona jurídica sin ánimo de lucro solicitar la devolución de lo pagado por concepto de aportes parafiscales alegando ser sujeto pasivo del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), pues manifiesta no pertenecer al régimen tributario especial y por tanto debe asimilarse a una sociedad de responsabilidad limitada
Tesis jurídica
No es viable para una persona jurídica sin ánimo de lucro solicitar la devolución de lo pagado por concepto de aportes parafiscales pues carece de la condición de sujeto pasivo del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) y, por tanto, continúa obligada al pago de aquellos.
Interpretación jurídica
El artículo 1º del Decreto 4400 de 2004 establece que las corporaciones, fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, con excepción de las contempladas en el artículo 23 del Estatuto Tributario, que cumplan la totalidad de las condiciones previstas en la norma "fsjon contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementarios sujetos al régimen tributario especial" (negrilla fuera de texto).
A su vez, el parágrafo 3º de la citada disposición señala que "las corporaciones, fundaciones y asociaciones constituidas como entidades sin ánimo de lucro que no cumplan con la totalidad de las condiciones señaladas en el numeral primero del artículo 1º del presente decreto son contribuyentes del impuesto sobre la renta asimiladas a sociedades de responsabilidad limitada " (negrilla fuera de texto).
No obstante, es preciso advertir que dicha asimilación opera únicamente para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios y no en función del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), tributo este último que se surte de su propia reglamentación como en efecto lo ordena el principio de legalidad; razón por la cual, es...
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