Resolución número 168 de 2008, por la cual se establece una opción tarifaria para definir los costos máximos de prestación del servicio que podrán ser trasladados a los usuarios regulados del servicio público de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional. - 26 de Diciembre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50643118

Resolución número 168 de 2008, por la cual se establece una opción tarifaria para definir los costos máximos de prestación del servicio que podrán ser trasladados a los usuarios regulados del servicio público de energía eléctrica en el Sistema Interconectado Nacional.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín47214

SA La Comision de Regulacion de Energia y Gas, en ejercicio de las atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524 y 2253 de 1994, y CONSIDERANDO QUE:

El articulo 73.11 de la Ley 142 de 1994, atribuyo a la Comision de Regulacion de Energia y Gas, la competencia para establecer las formulas para la fijacion de las tarifas del servicio de publico domiciliario de energia electrica. La Ley 143 de 1994, articulo 23, asigno a la Comision la funcion de aprobar las formulas tarifarias y las metodologias para el calculo de las tarifas aplicables a los usuarios regulados del servicio de energia electrica.

Segun lo dispuesto en los articulos 87 de la Ley 142 de 1994 y 44 de la Ley 143 del mismo año, el regimen tarifario estara orientado por los criterios de eficiencia economica, suficiencia financiera, neutralidad, solidaridad y redistribucion del ingreso, simplicidad y transparencia.

Segun lo dispuesto por el articulo 88.1 de la Ley 142 de 1994, la Comision Reguladora podra establecer topes maximos y minimos tarifarios, de obligatorio cumplimiento por parte de las empresas.

Segun el articulo 42 de la Ley 143 de 1994 "las ventas de electricidad a usuarios finales regulados seran retribuidas, sin excepcion, por medio de tarifas sujetas a regulacion".

Segun lo dispone la Ley 142 de 1994, articulo 90, las Comisiones de Regulacion al definir sus tarifas pueden establecer varias alternativas y siempre podran diseñar y hacer publicas diversas opciones tarifarias que tomen en cuenta diseños optimos de tarifas.

El articulo 46 de la Ley 143 de 1994 establece que la Comision de Regulacion de Energia y Gas podra diseñar y hacer publicas diversas opciones tarifarias. Mediante la Resolucion CREG 119 de 2007 se aprobo la formula general que permite a los comercializadores de electricidad establecer los costos de prestacion del servicio a usuarios regulados en el Sistema Interconectado Nacional.

Dada la modificacion de los cargos de distribucion como consecuencia de la aprobacion de la nueva metodologia de remuneracion de la actividad de distribucion, Resolucion CREG 097 de 2008, y los precios de la energia pactados en los contratos a ser despachados a partir de enero de 2009;

se preve que podrian darse aumentos relevantes en la tarifa al usuario final, por lo que se considera pertinente autorizar a las empresas a adoptar una opcion tarifaria que permita reducir el impacto para los usuarios de esos posibles...

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