Decreto número 2672 de 2013, por el cual se modifica parcialmente la estructura de la unidad nacional para la gestión del riesgo de desastres - 20 de Noviembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 477392734

Decreto número 2672 de 2013, por el cual se modifica parcialmente la estructura de la unidad nacional para la gestión del riesgo de desastres

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín48980

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres en la sesión del día 18 de julio de 2013, según Acta número 008 de la misma fecha, decidió someter a la aprobación del Gobierno nacional la modificación de su estructura,

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el artículo 7º del Decreto número 4147 de 2011, el cual quedará así:

"Artículo 7º. Funciones del Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo las siguientes:

  1. Formular y aprobar a propuesta del Representante Legal la política general de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, los planes y programas que conforme a la Ley Orgánica de Planeación y a la Ley Orgánica de Presupuesto deben proponerse para la incorporación a los planes sectoriales y a través de estos, al Plan Nacional de Desarrollo.

  2. Formular y aprobar a propuesta del representante legal, la política de mejoramiento continuo de la entidad, así como los programas orientados a garantizar el desarrollo administrativo.

  3. Conocer de las evaluaciones semestrales de ejecución presentadas por la administración de la entidad.

  4. Aprobar el anteproyecto de presupuesto de la entidad, así como las modificaciones que se hagan a los mismos.

  5. Proponer al Gobierno nacional las modificaciones de la estructura orgánica que consideren pertinentes.

  6. Adoptar los estatutos internos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y dictar su propio reglamento interno.

  7. La Secretaría técnica del Consejo Directivo la adelantará el Director General de la Unidad para la Gestión del Riesgo de Desastres.

  8. Las demás que le señale la ley.

Artículo 2º Modifícase el artículo 10 del Decreto número 4147 de 2011, el cual quedará así:

Artículo 10. Estructura. Para el ejercicio de las funciones establecidas, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, tendrá la siguiente estructura:

  1. Consejo Directivo

  2. Dirección General

    2.1. Oficina Asesora Jurídica

    2.2. Oficina Asesora de Planeación e Información

    2.3. Oficina de Control Interno

    2.4. Oficina Asesora de Comunicaciones

  3. Subdirección General

    3.1. Subdirección para el Conocimiento del Riesgo

    3.2. Subdirección para la Reducción del Riesgo

    3.3. Subdirección para el Manejo de Desastres

  4. Secretaría General

  5. Órganos de Asesoría y Coordinación

    5.1. Comisión de Personal

    5.2. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

    5.3. Comité de Desarrollo Administrativo Institucional

Artículo 3º Modifícase el artículo 12 del Decreto número 4147 de 2011, el cual quedará así:

Artículo 12. Funciones de la Oficina Asesora Jurídica. Son funciones de la Oficina Asesora Jurídica las siguientes:

  1. Asesorar al Director General y a las dependencias de la Unidad en los Asuntos Jurídicos relacionados con la entidad y emitir los conceptos legales que se le requieran.

  2. Elaborar, estudiar y conceptuar sobre proyectos de ley y/o actos administrativos, que deba suscribir y/o proponer la entidad y sobre los demás asuntos que le asignen, sin perjuicio de las funciones de la Secretaría General.

  3. Representar judicial y extrajudicialmente a la entidad en los procesos y actuaciones que se instauren en su contra o que esta debe promover, mediante poder o delegación y supervisar el trámite de los mismos.

  4. Coordinar y tramitar los recursos, revocatorias directas y en general, las actuaciones jurídicas relacionadas con las funciones de la Unidad.

  5. Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia y de la Unidad.

  6. Asesorar la formulación de programas de competencia de la Unidad.

  7. Contribuir en la formulación de las políticas con miras a fortalecimiento jurídico a las dependencias de la Unidad.

  8. Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de...

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