Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales de Colombia Resolución número 2602 de 2011, por medio de la cual se adjudica la selección abreviada de menor cuantía número 018 de 2011. - 28 de Octubre de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 330586250

Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales de Colombia Resolución número 2602 de 2011, por medio de la cual se adjudica la selección abreviada de menor cuantía número 018 de 2011.

EmisorEstablecimientos Públicos - Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia
Número de Boletín48236
38
DIARIO OFICIAL
Edición 48.236
Viernes, 28 de octubre de 2011
(C. F.).
Fondo de Pasivo Social Ferrocarriles Nacionales
de Colombia
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 2602 DE 2011
(30 de septiembre)
por medio de la cual se adjudica la selección abreviada de menor cuantía
número 018 de 2011.
El Director General del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confi eren el artículo 9° de la Ley
1150 de 2007, artículo 10 Decreto 2025 de 2009, y
CONSIDERANDO:
Que el Fondo Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia, mediante la
Resolución número 2370 del 31 de agosto de 2011, ordenó la apertura de la Selección Abre-
viada de Menor Cuantía 018 de 2011, la cual tiene por objeto: “(...) Contratar la prestación
del servicio para el procesamiento de la información de los RIPS (registro individual de
prestación de servicios de salud); validación de glosas; adicionales a los RIPS; informe
cuotas moderadoras y copagos; verifi cación de red prestadora, de los meses de enero a
diciembre de 2011. (...)”.
Que de acuerdo con lo establecido en los Decretos 2474 de 2008 y 2025 de 2009 se
desarrollaron cada una de las etapas precontractuales, de lo cual quedó constancia en los
documentos del 6 de septiembre de 2011 y 29 de septiembre de 2011 y las actas del 6 de
septiembre, 15 de septiembre de 2011, 21 de septiembre de 2011 y 27 de septiembre de 2011.
Que dentro del término de la selección abreviada para presentar propuestas, se presentaron
las ofertas de Digisalud Limitada y Asesoría en Sistematización de Datos - ASE S. A., de
lo cual quedó constancia en el acta de cierre del 15 de septiembre de 2011.
Que una vez realizada la verifi cación de requisitos habilitantes de la selección abreviada
018 de 2011, se determinó mediante acta del 21 de septiembre de 2011 del Comité evaluador
que se encontraba habilitado para continuar en el proceso Digisalud Limitada.
Que una vez efectuada la evaluación de los factores de precio, apoyo a la industria
nacional y técnicos a la oferta presentada por Digisalud Limitada, como consta en el acta
del 27 de septiembre de 2011, se obtuvo el siguiente resultado:
Oferente digisalud limitada Puntaje
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 10 puntos
VALOR ECONÓMICO DE LA PROPUESTA 30 puntos
TÉCNICOS (EVALUACIÓN DEL SOFTWARE) 51 puntos
Que de conformidad con el cronograma del proceso de selección se dispuso para cono-
cimiento y consulta en la Secretaría General del Fondo, en el SECOP y en la página web
de la entidad el resultado de la evaluación, durante los días 27, 28 y 29 de septiembre de
2011, tiempo este durante el cual se presentaron observaciones por Digisalud Limitada, las
cuales fueron resueltas por el comité evaluador mediante documento del 29 de septiembre
y concluyó modifi cando la evaluación, la cual quedó de la siguiente forma:
OFERENTE DIGISALUD LIMITADA PUNTAJE
APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 10 puntos
VALOR ECONÓMICO DE LA PROPUESTA 30 puntos
TÉCNICOS (EVALUACIÓN DEL
SOFTWARE) 56 puntos
TOTAL: 96 puntos
Que de acuerdo con lo anterior el comité evaluador de la selección abreviada de menor
cuantía 018 de 2011, recomienda la adjudicación del contrato a la fi rma Digisalud Limitada.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Adjudicar la selección abreviada de menor cuantía 018 de 2011 cuyo objeto es:
“(...) Contratar la prestación del servicio para el procesamiento de la información de los
RIPS (registro individual de prestación de servicios de salud); validación de glosas; adicio-
nales a los RIPS; informe cuotas moderadoras y copagos; verifi cación de red prestadora, de
los meses de enero a diciembre de 2011. (...)” a Digisalud Limitada, con NIT 830121064-1,
representada por Julialba Jiménez González, identifi cada con cédula de ciudadanía número
51951346 de Bogotá en su calidad de Gerente.
Artículo 2°. El contrato correspondiente se suscribirá una vez surtida la notifi cación
del presente documento.
Artículo 3°. Notifíquese el presente Acto Administrativo al proponente favorecido de
esta decisión, contra la cual no procede recurso alguno por su carácter irrevocable.
Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 2011.
Notifíquese, publíquese y cúmplase.
El Director General,
Jaime Luis Lacouture Peñaloza.
Imprenta Nacional de Colombia. Recibo 21102592. 27-X-2011. Valor $240.800.
Fondo Rotatorio de la Policía
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 00910 DE 2011
(18 de octubre)
por la cual se modifi ca la desagregación presupuestal entre rubros al máximo nivel de
desagregación en la cuenta gastos generales en el presupuesto del Fondo Rotatorio de la
Policía, para la vigencia fi scal 2011.
El Director General del Fondo Rotatorio de la Policía en uso de sus facultades legales
y estatutarias, y en especial las que le confi ere el artículo 17 numeral 15 del Acuerdo 012
de 2001, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 4803 de fecha 29 de diciembre de 2010 por el cual se liquida el Presu-
puesto General de la Nación para la vigencia fi scal 2011, detalló las apropiaciones, clasifi
y defi nió los gastos para los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación
y distribuyó las apropiaciones de funcionamiento para el Ministerio de Defensa Nacional
- Fondo Rotatorio de la Policía.
Que el artículo 5° del Decreto número 1957 de fecha 30 de mayo de 2007, modifi
el artículo 30 del Decreto 4730 del 28 de diciembre de 2005 el cual quedó así: “Des-
agregación de las Apropiaciones. El Representante Legal de cada uno de los órganos que
hacen parte del Presupuesto General de la Nación, o quien este delegue, el primer día
hábil de cada vigencia fi scal, debe desagregar, mediante resolución, el detalle del anexo
del decreto de liquidación, correspondiente a las cuentas de Gastos de Personal y Gastos
Generales de conformidad con el plan de cuentas que para el efecto expida la Dirección
General del Presupuesto Público Nacional, y remitir al día siguiente de su expedición,
una copia a dicha Dirección.
Las desagregaciones establecidas en el presente artículo podrán ser modifi cadas mediante
resolución del Representante Legal, o quien este delegue, para lo cual debe contar con el
respectivo certifi cado de disponibilidad presupuestal. Dichas modifi caciones no requieren
aprobación por parte de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y copia de
estas se remitirá a la Dirección General del Presupuesto al día siguiente de su expedición”.
Que mediante Resolución número 035 de fecha julio 23 de 2009 el Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, estableció el Plan de Cuentas a que se refi ere el artículo 30 del Decreto
4730 de 2005, modifi cado por el artículo 5° del Decreto 1957 de 2007.
Que mediante Resolución número 00001 de fecha 3 de enero de 2011, se efectuó la des-
agregación de las apropiaciones presupuestales de los rubros de gastos de personal y gastos
generales en el presupuesto del Fondo Rotatorio de la Policía, para la vigencia fi scal 2011.
Que mediante Resolución número 00187 de fecha 22 de marzo de 2011, se modifi có la
desagregación presupuestal entre rubros de Mobiliario y Enseres y Arrendamientos Bienes
Muebles en la cuenta de Gastos Generales en el presupuesto de gastos del Fondo Rotatorio
de la Policía, para la vigencia fi scal 2011.

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