Resolución número 0763 de 2012, por medio de la cual se anuncia, por motivos de utilidadpública e interés social, el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano (PIDU) denominado 'Ciudadela El Canelo' ubicado en el municipio de Ibagué, departamento del Tolima - 21 de Noviembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 408194606

Resolución número 0763 de 2012, por medio de la cual se anuncia, por motivos de utilidadpública e interés social, el Proyecto Integral de Desarrollo Urbano (PIDU) denominado 'Ciudadela El Canelo' ubicado en el municipio de Ibagué, departamento del Tolima

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín48621

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 58 de la Constitución Nacional, el numeral 7 del artículo 2º del Decreto-ley 3571 de 2011, el numeral 3.1.1 del artículo 3º del Decreto Legislativo 4821 de 2010 y los artículos y del Decreto Reglamentario 1490 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Gestión de Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia informó al Gobierno Nacional que "Como consecuencia del extraordinario Fenómeno de La Niña se ha producido una considerable destrucción de inmuebles, se ha interrumpido la prestación de servicios públicos esenciales, se han afectado vías de comunicacióny se han perjudicado gravemente la actividad económica y social en el territorio nacional".

"Que para la reubicación de las familias afectadas, asentadas en zonas de alto riesgo, es urgente habilitar suelo para el desarrollo de proyectos de vivienda social de interés prioritario, analizar los trámites para la construcción de las respectivas obras de urbanismo y vivienda, y establecer mecanismos eficaces para la financiación de los proyectos correspondientes".

Que en consideración a estos motivos por el acaecimiento del Fenómeno de La Niña 2010-2011 que afectó a todo el territorio nacional, el Presidente de la República en uso de las facultades conferidas por el artículo 215 de la Constitución Política, declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica por razón de la grave calamidad pública mediante Decreto-ley 4580 del 7 de diciembre de 2010.

Que una vez declarado el estado de emergencia económica, social y ecológica, el Presidente, con la firma de todos sus Ministros, expidió decretos con fuerza de ley destinados exclusivamente a conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos.

Que en ese sentido, se expidió el Decreto Legislativo 4821 de 2010, por el cual se adoptan medidas para garantizar la existencia de suelo urbanizable, para los proyectos de construcción de vivienday reubicación de asentamientos humanos para atender la situación

de desastre nacional y de emergencia económica, social y ecológica nacional. Para lograr tal fin, el Gobierno Nacional podrá promover, ejecutar y financiar Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano (PIDU) en los que se definan, de común acuerdo con las autoridades de planeación de los municipios y distritos en el ámbito de sus competencias, el conjunto de decisiones administrativas y actuaciones urbanísticas necesarias para la ejecución de las operaciones urbanas integrales que garanticen la habilitación de suelo para la ejecución de los proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la emergencia económica, social y ecológica nacional.

Que la Corte Constitucional en Sentencia C-299 de 2011 en la revisión constitucional del...

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