Resolución número 2013038966 de 2013, por la cual se adopta la Política de Cumplimiento y Ética del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) - 29 de Enero de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 489349606

Resolución número 2013038966 de 2013, por la cual se adopta la Política de Cumplimiento y Ética del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
Número de Boletín49048

La Directora General del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 11 y 22 del artículo 10 del Decreto 2078 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que el Invima como establecimiento público de orden nacional en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 2078 de 2012, tiene entre otras funciones, expedir actos administrativos propios de su cargo.

Que en desarrollo de la Política de Buen Gobierno, el Invima se comprometió a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución Política, demás normas vigentes y el Código de Ética, orientándose hacia una gestión integral, con principios y valores éticos frente a todos los grupos de interés y asumió importantes compromisos frente al trabajo propio y conjunto con otras instituciones, para promover acciones que limiten las prácticas corruptas, la piratería y el uso inadecuado de la información, así como para reforzar aspectos tales como la confidencialidad, la comunicación y la atención al usuario, entre otros.

Que con el fin de dar unos lineamientos los cuales deben orientar a todos y cada uno de los servidores públicos y contratistas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) en el ejercicio de sus funciones y actividades, enmarcadas bajo los principios de legalidad, buena fe, moralidad, ética, imparcialidad, responsabilidad, y lealtad, se hace necesario adoptar una política de cumplimiento y ética que colabore para el desarrollo de los objetivos institucionales.

Que el Decreto 2078 de 2012, artículo 10, numerales primero (1º) y décimo segundo (12), establecen dentro de las funciones de la Dirección General las de dirigir, planear, coordinar y controlar el desarrollo de las funciones asignadas al Invima y la evaluación de su gestión, así como, la de impartir lineamientos para la participación del instituto en los grupos interinstitucionales que se conformen al interior del Estado, para adelantar las acciones de inspección vigilancia y control, en las materias de sus competencias, entre otras.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

La presente resolución tiene por objeto adoptar la Política de Cumplimiento y Ética, en el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), la cual hace parte integral de la presente resolución.

Artículo 2º Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 24 de diciembre de 2013. La Directora General,

Blanca Elvira Cajigas de Acosta.

POLÍTICA DE CUMPLIMIENTO Y ÉTICA

INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS (INVIMA)

Elaborado por:

Capitán ® JULIÁN EDUARDO MENESES Grupo de Apoyo Técnico y Legal

Doctor ELKIN HERNÁN OTÁLVARO CIFUENTES Doctora MÁBEL CONSTANZA BARBOSA ROMERO Doctor CARLOS AUGUSTO RAMÍREZ QUIROGA Bogotá D. C., diciembre de 2013.

CONTENIDO

  1. DEFINICIÓN

  2. JUSTIFICACIÓN

  3. ANTECEDENTES

  4. DESAFÍOS PROGRAMÁTICOS

  5. CRITERIOS ORIENTADORES

  6. CRITERIOS DE INTERVENCIÓN

  7. OBJETIVO GENERAL

  8. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

  9. EJES ESTRATÉGICOS

  10. LÍNEAS DE ACCIÓN

    ANEXO 1.

    Conceptos Generales

    ANEXO 2.

    Momentos de Actuación ANEXO 3.

    Estadísticas de Casos Conocidos 2013 ANEXO 4.

    Retroalimentación y Resumen de Aportes al Primer Borrador de la Política de Ética y Cumplimiento

  11. DEFINICIÓN

    La Política de Cumplimiento y Ética, es el conjunto de lineamientos y desempeños generales de acción, que deben orientar a todos y cada uno de los servidores públicos y contratistas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) en el ejercicio de sus funciones y actividades, enmarcadas bajo los principios de legalidad, buena fe, moralidad, ética, imparcialidad, responsabilidad, y lealtad.

    Igualmente establece los fundamentos de orientación al Instituto sobre los cuales debe desarrollar sus actividades, comprendidas dentro de los ejes estratégicos de interés, la anticipación estratégica y con el fin de responder a las necesidades sociales de lucha contra la ilegalidad.

  12. JUSTIFICACIÓN

    El Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos (Invima) es un establecimiento público del orden nacional, adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social, con personería jurídica, patrimonio independiente y autonomía administrativa, cuyo objeto es la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva1.

    Como entidad del orden nacional y autoridad de la república, el Invima debe velar por la efectividad de los derechos y deberes relacionados con la salud pública de todos los habitantes de Colombia2. En ese sentido, la misión del Instituto es la de "Protegery promover la salud de la población, mediante la gestión del riesgo asociada al consumo y uso de alimentos, medicamentos, dispositivos médicos y otros productos objeto de vigilancia sanitaria"3.

    El Invima tiene la función de velar que en la etapa del premercado, como cualidad distintiva única en Colombia, que la introducción de los 23 productos y tecnologías de su competencia, cumplan con las condiciones de calidad, seguridad y eficacia para su utilización en el país, e igualmente, una vez se hayan introducido, con programas de vigilancia posmercado debe exigir la trazabilidad de los mismos, durante su comercialización y uso.

    1 Inciso 1º artículo 245 de la Ley 100 de 1993.

    2 Inciso 2º artículo 2º de la Constitución Política de Colombia.

    3 http://www.invima.gov.co/index.php?option=com_content&view=article&id=58&Itemid=69

    Así mismo, en el desarrollo de las funciones públicas como institución de referencia nacional en materia sanitaria, el Invima debe orientar sus actuaciones en la observancia de los principios de la función administrativa; y actuar con estricto apego al principio de legalidad en las actividades de inspección, vigilancia y control, que realiza sobre los productos y actores del mercado de su competencia.

    Es así como, en desarrollo de la Política de Buen Gobierno4, el Invima se comprometió a encaminar sus actividades de conformidad con los principios enunciados en la Constitución Política, demás normas vigentes y el Código de Ética, orientándose hacia una gestión íntegra, con principios y valores éticos frente a todos los grupos de interés y asumió importantes compromisos frente al trabajo propio y conjunto con otras instituciones...

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