Resolución número 4160 de 2012, por la cual se ejecutan presupuestalmente recursos de la Nación al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -Fonpet- - 3 de Enero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414595894

Resolución número 4160 de 2012, por la cual se ejecutan presupuestalmente recursos de la Nación al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -Fonpet-

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín48662

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial en lo dispuesto en los numerales 4, 16 y 35 del artículo 3º y el numeral 33 del artículo del Decreto número 4712 de 2008 y en desarrollo de lo previsto en el artículo 49 de la Ley 1485 de 2011,

CONSIDERANDO:

Que es deber de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público- trasladar al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -Fonpet- los recursos señalados en los numerales 4, 5 y 11 del artículo 2º de la Ley 549 de 1999;

Que a la fecha se encuentran pendientes de trasladar al Fonpet recursos por concepto de privatizaciones, así como de capitalizaciones que se efectuaron antes de la expedición de la Ley 1151 de 2007;

Que el artículo 49 de la Ley 1485 de 2011 dispuso, entre otros, que la ejecución de los recursos que se giran al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -Fonpet- con cargo al Presupuesto General de la Nación, se realizará por medio de resolución expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ordenando el giro de los recursos;

Que en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2012, en la Sección Presupuestal 1301: "Ministerio de Hacienda y Crédito Público", Cuenta 3: "Transferencias Corrientes", Subcuenta 5: "Transferencias de Previsión y Seguridad Social", Objeto del Gasto 1: "Pensiones y Jubilaciones", Ordinal 18: "Fondo de Pensiones Públicas del Orden Territorial", recurso 10, recursos corrientes, se encuentra disponible una apropiación por valor de $333.824.000.000,00 para atender transferencias de la Nación al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales -Fonpet-, según lo ordenan los numerales 4, 5 y 11 del artículo 2º de la Ley 549 de 1999, más parte de los rendimientos financieros que ha generado el Tesoro Nacional por la administración del portafolio del Fonpet;

Que en relación con la partida presupuestal mencionada en el considerando anterior (3- 5-1-18), la Subdirección Financiera de la Dirección Administrativa de este Ministerio expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal -CDP- número 83312 de diciembre 28 de 2012, por valor de $333.824.000.000,00;

Que según lo informado mediante correo electrónico por la Subdirección de Tesorería del Tesoro Nacional, a la fecha de corte 26 de diciembre de 2012...

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