Resolución número 0275 de 2009, por la cual se adiciona la Resolución número 060 de 2 de febrero de 2009 por la cual se adopta el Manual de Procedimientos de Contratación del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, Fonprecon. - 2 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 56195762

Resolución número 0275 de 2009, por la cual se adiciona la Resolución número 060 de 2 de febrero de 2009 por la cual se adopta el Manual de Procedimientos de Contratación del Fondo de Previsión Social del Congreso de la República, Fonprecon.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47310

El Director General del Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley 33 de 1985, la Ley 80 de 1993, la Ley 489 de 1998, la Ley 1150 de 2007 en concordancia con el Decreto 2474 de 2008, y de CONSIDERANDO:

Que la actividad contractual del Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica en ejercicio de la funcion administrativa, debe ceñirse en cuanto a los procesos de seleccion, celebracion y ejecucion de los contratos estatales, a los postulados del articulo 209 de la Constitucion Politica y a lo dispuesto por la Ley 80 de 1993 Estatuto General de Contratacion de la Administracion Publica, modificada por la Ley 1150 de 2007, el Decreto 2474 de 2008 y las demas normas que las modifiquen y adicionen.

Que ante la auditoria gubernamental con enfoque integral realizada por la Contraloria General de la Republica, y conforme a los hallazgos presentados se hace procedente actualizar el Manual de Contratacion del Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica, a efectos de contar con herramientas orientadoras y facilitadoras del cumplimiento de las normas legales para la correcta y oportuna realizacion de las actividades propias de la contratacion.

En merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Adicionar la Resolucion 060 de 2 de febrero de 2009, por medio de la cual se adopto el Manual de Procedimientos de Contratacion del Fondo de Prevision Social del Congreso de la Republica, con los siguientes apartes: Articulo 42

Celebracion, perfeccionamiento, ejecucion y legalizacion. El numeral 8. quedara asi: 8. La Oficina Asesora Juridica, elaborara y revisara el extracto de publicacion para la firma del Director General y asi enviarla a la Imprenta Nacional.

Para efectos de la legalizacion del contrato, una vez entregado a la oficina asesora juridica el recibo de pago de los derechos de publicacion en el Diario Oficial, cuando a ello haya lugar, esta debera, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha de entrega por parte del contratista del...

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