Resolución número 284 de 2013, por la cual se adopta la metodología para la valoración del riesgo procesal y de los pasivos contingentes por procesos judiciales y conciliaciones en contra de la Procuraduría General de la Nación - 31 de Julio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 451912030

Resolución número 284 de 2013, por la cual se adopta la metodología para la valoración del riesgo procesal y de los pasivos contingentes por procesos judiciales y conciliaciones en contra de la Procuraduría General de la Nación

EmisorVarios - Procuraduría General de la Nación
Número de Boletín48868

El Procurador General de la Nación, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 1º de la Ley 448 de 1998, 7º, numerales 7 y 8, del Decreto-ley 262 de 2000 y 194 de la Ley 1437 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 7 del artículo 7º del Decreto-ley 262 de 2000, corresponde a este Despacho expedir los actos administrativos, órdenes, directivas y circulares que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley.

Que de acuerdo con el artículo 1º de la Ley 448 de 1998, la Nación, las entidades territoriales y las entidades descentralizadas de cualquier orden deberán incluir, en sus presupuestos de servicio de deuda -según la metodología reglamentada por el Gobierno Nacional para su inclusión-, las apropiaciones necesarias para cubrir las posibles pérdidas de las obligaciones contingentes a su cargo, de conformidad con las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto.

Que las obligaciones contingentes, según lo definido en la referida norma, son aquellas obligaciones pecuniarias sometidas a condición, es decir que su origen está sujeto a la ocurrencia de un hecho futuro e incierto. En tal sentido, los pasivos contingentes por procesos judiciales y conciliaciones en contra de una entidad del Estado constituyen eventuales obligaciones con cargo al presupuesto público, cuya materialización depende de la expedición de fallos condenatorios y suscripción de conciliaciones que impliquen el pago de indemnizaciones a terceros.

Que de conformidad con el artículo 1º de la Ley 819 de 2003, el Gobierno nacional tiene la obligación de incluir dentro del Marco Fiscal de Mediano Plazo una relación de los pasivos contingentes que pudieran afectar la situación financiera de la Nación.

Que según el artículo 194 de la Ley 1437 de 2011 "todas las entidades que constituyan una sección del Presupuesto General de la Nación deberán efectuar una valoración de sus contingencias judiciales, en los términos que defina el Gobierno Nacional, para todos los procesos judiciales que se adelanten en su contra".

Que la Procuraduría General de la Nación, según el artículo 3º del Decreto 111 de 1996, es una sección del Presupuesto General de...

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