Procuraduría General de la Nación Resolución número 253 de 2012, por la cual se adopta el Manual Especíico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público. - 15 de Agosto de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 394314794

Procuraduría General de la Nación Resolución número 253 de 2012, por la cual se adopta el Manual Especíico de Funciones por Competencias Laborales y Requisitos de los empleos de la Planta de Personal de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público.

EmisorVarios
Número de Boletín48523
31
Edición 48.523
Miércoles, 15 de agosto de 2012 D I A R I O O F I C I A L
Que debido a los sucesos de carácter violento ocurridos en las elecciones del pasado 30 de octu-
bre de 2011, la totalidad del archivo de Registro Civil de las registradurías municipales de Mahates,
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los mismos;
Que dado el alto volumen de los registros a reconstruir, resulta necesario que el trámite de re-
construcción se adelante en su totalidad por los delegados del Registrador Nacional del Estado Civil
en el departamento de Bolívar, para agilizar la impresión de los duplicados y de las primeras copias
de los registros civiles enviadas por el Servicio Nacional de Inscripción de la Registraduría Nacional
del Estado Civil y la expedición de los actos administrativos correspondientes;
Se requiere la autenticación de cada uno de los registros civiles sobre los cuales se va a surtir el
trámite de reconstrucción, por lo cual se hace necesario que los Delegados del Registrador Nacional
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procede de algún medio mecánico, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto
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RESUELVE:
Artículo 1°. Delegar en los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil en el departa-
mento de Bolívar, la facultad de proferir los actos administrativos que ordenen la reconstrucción de
los registros del estado civil destruidos como consecuencia de los actos violentos perpetrados sobre
las instalaciones de las Registradurías del Estado Civil de los municipios de Mahates, Villanueva y
Arenal en las elecciones del 30 de octubre de 2011.
Parágrafo. Para el cumplimiento de la anterior delegación, los delegatarios contarán con un
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rendir informes bimensuales a la Dirección Nacional de Registro Civil sobre el avance del proceso.
Artículo 2°. Los delegatarios actuarán con todas las facultades inherentes a la delegación conferida.
Artículo 3°. Enviar copia de la presente resolución a los Delegados del Registrador Nacional
del Estado Civil en el departamento de Bolívar, a los Registradores del Estado Civil de Mahates,
Villanueva y Arenal-Bolívar y al Director Nacional de Registro Civil.
Artículo 4°. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de agosto de 2012.
El Registrador Nacional del Estado Civil,
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El Secretario General,
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(C. F.).
(agosto 8)
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El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus funciones y en especial de las con-
feridas por el artículo 9° de la Ley 489 del 29 de diciembre de 1998 y por el artículo 22 del Decreto
número 1010 del 6 de junio de 2000, y
CONSIDERANDO:
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Legislativo número 01 del 3 de julio de 2003, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil
la dirección y organización del registro civil;
Que el artículo 209 de la Constitución Política, dispone que la función administrativa está al
servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad,
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la delegación y la desconcentración de funciones;
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, establece que las autoridades administrativas podrán,
mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras auto-
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Que el artículo 22 del Decreto número 1010 del 6 de junio de 2000, consagra que el Registrador
Nacional del Estado Civil, mediante acto administrativo, podrá delegar las facultades de ejecución
presupuestal, ordenación del gasto, ordenación del pago, contratación y otras competencias admi-
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podrá recaer en los servidores públicos de los niveles directivo y asesor de la Registraduría Nacional
del Estado Civil;
Que el artículo 5° del Decreto número 1011 del 6 de junio de 2000, señala que dentro de los
empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil, son cargos del nivel directivo los de Delegado
Departamental;
Que el artículo 25 del Decreto número 1010 del 6 de junio de 2000, dispone que el Registrador
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y el registro civil;
Que de conformidad con lo señalado por el artículo 99 del Decreto-ley 1260 de 1970, los folios,
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construidos con base en el ejemplar duplicado, y a falta de este, con fundamento en su reproducción
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sumaria de la falta, y plena de la conformidad de las copias o de la pertenencia y autenticidad de los
otros documentos;
Que debido a los sucesos de carácter violento ocurridos en las elecciones del pasado 30 de octubre
de 2011, la totalidad del archivo de Registro Civil de la Registraduría de Chivolo, Magdalena, fue
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Que dado el alto volumen de los registros a reconstruir, resulta necesario que el trámite de recons-
trucción se adelante en su totalidad por los delegados del Registrador Nacional del Estado Civil en
el departamento de Magdalena, para agilizar la impresión de los duplicados y de las primeras copias
de los registros civiles enviadas por el Servicio Nacional de Inscripción de la Registraduría Nacional
del Estado Civil y la expedición de los actos administrativos correspondientes.
Se requiere la autenticación de cada uno de los registros civiles sobre los cuales se va a surtir el
trámite de reconstrucción, por lo cual se hace necesario que los Delegados del Registrador Nacional

procede de algún medio mecánico, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12 del Decreto
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RESUELVE:
Artículo 1°. Delegar en los Delegados del Registrador Nacional del Estado Civil en el departamento
de Magdalena, la facultad de proferir los actos administrativos que ordenen la reconstrucción de los
registros del estado civil destruidos como consecuencia de los actos violentos perpetrados sobre las
instalaciones de la Registraduría del Estado Civil del municipio de Chivolo, en las elecciones del 30
de octubre de 2011.
Parágrafo. Para el cumplimiento de la anterior delegación, los delegatarios contarán con un
        
rendir informes bimensuales a la Dirección Nacional de Registro Civil sobre el avance del proceso.
Artículo 2°. Los delegatarios actuarán con todas las facultades inherentes a la delegación conferida.
Artículo 3°. Enviar copia de la presente resolución a los Delegados del Registrador Nacional del
Estado Civil en el departamento de Magdalena, al Registrador del Estado Civil de Chivolo, Magdalena,
y al Director Nacional de Registro Civil.
Artículo 4°. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 8 de agosto de 2012.
El Registrador Nacional del Estado Civil,

El Secretario General,

(C. F.).
Procuraduría General de la Nación
RESOLUCIONES
RESOLUCIÓN NÚMERO 253 DE 2012
(agosto 9)
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Estudios del Ministerio Público.
El Procurador General de la Nación, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales,
especialmente las conferidas en los artículos 7°, numeral 41, del Decreto-ley 262 de 2000 y 22 del
Decreto-ley 263 del mismo año, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 de la Constitución Política establece que “no habrá empleo público que no
tenga funciones detalladas en ley o reglamento […]”;
Que el Decreto-ley 265 de 2000, adicionado por el Decreto número 4795 de 2007, la Ley 1367
de 2009 y el Decreto número 2247 de 2011, estableció la planta de personal de la Procuraduría
General de la Nación, incluida la del Instituto de Estudios del Ministerio Público. Dicha planta está
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planta globalizada, cuyos empleos pueden ser distribuidos y reubicados por el Procurador General,
de acuerdo con la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes trazados por la entidad;
Que mediante el Decreto-ley 263 de 2000 se establecieron los requisitos generales de los em-
pleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la Nación, incluidos los del Instituto de
Estudios del Ministerio Público;
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turaleza de las funciones de los empleos de la planta de personal de la Procuraduría General de la
Nación, incluidos los del Instituto de Estudios del Ministerio Público;
Que la Carta Iberoamericana de la Función Pública, aprobada por la V Conferencia Iberoamericana
de Ministros de Administración Pública y Reforma del Estado, en junio de 2003, y respaldada por
la XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, en noviembre del mismo año, en
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de los puestos deben incorporar aquellas cualidades o características centrales cuya posesión se pre-
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incorporar todas aquellas características (habilidades, actitudes, concepto de uno mismo, capacidades
cognitivas, motivos y rasgos de personalidad) que los enfoques contemporáneos de gestión de las
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Que los principios y criterios orientadores inspirados en la Carta Iberoamericana de la Función
Pública en materia de empleo público fueron acogidos en la Ley 909 de 2004, a partir de la cual se
adoptó en la Administración Pública una concepción del empleo desde la perspectiva de las compe-
tencias laborales, en la cual se conjugan las competencias comportamentales comunes a todos los
  
competencias funcionales propias de cada cargo, junto con los requisitos de estudio y experiencia
necesarios para el desempeño de un empleo en un contexto determinado;
Que de acuerdo con lo previsto en el numeral 2 del artículo de la Ley 909 de 2004, las dispo-
siciones contenidas en esta ley son aplicables, con carácter supletorio en caso de presentarse vacíos
en la normatividad especial que los rige, a los servidores públicos de carreras especiales como la
Procuraduría General de la Nación;

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