Resolución Número 0569 De 2008, julio 25, por la cual se aprueba el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV, del municipio de Solano, departamento del Caquetá a la Junta Administradora de Servicios Públicos de Solano con NIT 828.001.848-7 - 26 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43951976

Resolución Número 0569 De 2008, julio 25, por la cual se aprueba el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV, del municipio de Solano, departamento del Caquetá a la Junta Administradora de Servicios Públicos de Solano con NIT 828.001.848-7

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía
Número de Boletín47154

El Director General (E.), mediante Acuerdo 05 del 16 de mayo de 2008 de la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonia, Corpoamazonia, en uso de sus atribuciones constitucionales, legales, y reglamentarias, especialmente las conferidas por la Ley 99 de 1993, artículos Io, 35 y 42, Ley 388 de 1997, Decreto 1594/84, Decreto 3100 de 2003 artículo 12, Decreto 3440 de 2004, Resolución 1433 de 2004, Resolución 2145 de 2005, Resoluciones 029 y 211 de 2004, Resolución 0542 de 1999 modificada por la Resolución 0190de 2003 de Corpoamazonia, y CONSIDERANDO: ...

RESUELVE:

Artículo 1°

Aprobar el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos, PSMV, del municipio de Solano, departamento del Caquetá, cuyo responsable de la prestación del servicio público de alcantarillado corresponde a la Junta Administradora de Servicios Públicos de Solano con NIT. 828.001.848-7.

Parágrafo.

El término de la aprobación del Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos corresponde al del horizonte de planificación y ejecución del mismo (año 2014), siempre y cuando no se presenten cambios que requieran la modificación o derogatoria del presente acto administrativo.

Artículo 2°

La aprobación del presente Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos no implica compromiso presupuestal alguno porparte de Corpoamazonia para efectos de cofinanciación.

Artículo 3°

La JuntaAdministradora de Servicios Públicos de Solano, como responsable de la prestación del servicio de alcantarillado y, por ende, responsable de ejecución de las actividades del PSMV, deberá cumplir con las siguientes obligaciones: 1.

Ejecutar los programas, proyectos, obras y/o actividades propuestos en el cronograma del PSMV a corto, mediano y largo plazo.

De darse una modificación en estos deberá notificarse de manera previa a la Corporación para su correspondiente evaluación. 2.

Realizar la socialización del PSMV con los usuarios del sistema de alcantarillado y reportar a Corpoamazonia las actas correspondientes. 3.

Definir de forma oficial la alternativa a seleccionar en cuanto a la implementación del sistema de tratamiento de aguas residuales, ya que en el PSMV se menciona en primera instancia la construcción de tres sistemas de tratamiento (tanques sépticos) y más adelante se propone interceptar los emisarios finales para conducir las aguas residuales a un solo sistema de tratamiento.

Dicha información deberá ser allegada a la Corporación en un término de 60 días calendario, contados a partir de la notificación del presente acto administrativo, para su respectiva evaluación y análisis. 4.

Para la ubicación del (los) sistema(s) de tratamiento(s) de aguas...

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