V A R I O S Corte Suprema de Justicia Acuerdo número 001 de 2011 - 28 de Enero de 2011 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 245903539

V A R I O S Corte Suprema de Justicia Acuerdo número 001 de 2011

EmisorVarios
Número de Boletín47966

ervicios Postales Nacionales 472 La Red Postal de Colombia "SNP", emitira una estampilla o sello postal especial, en homenaje al "Festival Nacional de Acordeoneros". Paragrafo. Esta emision llevara impresa la simbiologia alusiva al "Festival Nacional de Acordeoneros", y no podra ser inferior a trescientas mil (300.000) unidades de sellos postales.

Articulo 4°

A partir de la vigencia de la presente ley y de conformidad con los articulos 334, 339 y 341 de nuestra Constitucion Politica y de acuerdo con la disponibilidad presupuestal y lineamientos del marco fiscal de mediano plazo, autorizase al Gobierno Nacional para efectuar asignaciones presupuestales en cuantia de setecientos millones de pesos ($700.000.000) e incorporarlas en la leyes de presupuesto, ley de apropiaciones y Plan Nacional de Desarrollo, a fin de lograr el diseño, dotacion y construccion de las siguientes obras en el municipio San Juan Nepomuceno, departamento de Bolivar: a) Adecuacion y dotacion para la Escuela de Musica "Cuna de Acordeones" en cuantia de doscientos cincuenta millones de pesos ($250.000.000,00) m/cte. b) Construccion de la Casa-Museo "Dinastias Musicales" en donde se expondran las fotografias, instrumentos y elementos de los mas notables compositores acordeonistas e interpretes de la musica vallenata, nacidos en el municipio de San Juan Nepomuceno, Bolivar, en cuantia de cuatrocientos millones de pesos ($400.000.000,00) m/cte.

  1. Construccion de un monumento simbolico del "Festival Nacional de Acordeoneros", en el sitio que determinen la Junta Directiva del festival y las autoridades municipales en cuantia de Cincuenta millones de pesos ($50.000.000,00) m/cte. Articulo 5°. La presente ley rige a partir de la fecha de su sancion y promulgacion. El Presidente del honorable Senado de la Republica, Armando Benedetti Villaneda.

DIARIO OFICIAL * I S S N 0122-2112 Poder Publico - rama legislativa El Secretario General del honorable Senado de la Republica, Emilio Ramon Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Camara de Representantes, Carlos Alberto Zuluaga Diaz.

El Secretario General de la honorable Camara de Representantes, Jesus Alfonso Rodriguez Camargo.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL Publiquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 28 de enero de 2011.

El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, Delegatario de Funciones Presidenciales mediante Decreto numero 118 de 2011, GERMAN VARGAS LLERAS.

El Viceministro General del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Credito Publico, William Bruce Mac Master Rojas.

El Ministro de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones, Diego Ernesto Molano Vega.

LEY 1439 DE 2011 por medio de la cual se declara Patrimonio Cultural y Artistico de la Nacion "el Festival Nacional de Acordeoneros", en el municipio de San Juan Nepomuceno (Bolivar), y se dictan otras disposiciones.

2 Viernes, 28 de enero de 2011 LEY 1440 DE 2011 El Congreso de la Republica Visto el texto del "Tratado Constitutivo de la Union de Naciones Suramericanas", hecho en Brasilia, Brasil, el veintitres de mayo de dos mil ocho. (Para ser transcritos: Se adjunta fotocopia del texto integro de los Instrumentos Internacionales mencionados).

Tratado Constitutivo de la Union de Naciones Suramericanas La Republica Argentina, la Republica de Bolivia, la Republica Federativa del Brasil, la Republica de Colombia, la Republica de Chile, la Republica del Ecuador, la Republica Cooperativa de Guyana, la Republica del Paraguay, la Republica del Peru, la Republica de Suriname, la Republica Oriental del Uruguay y la Republica Bolivariana de Venezuela, PREAMBULO APOYADAS en la historia compartida y solidaria de nuestras naciones, multietnicas, plurilingües y multiculturales, que han luchado por la emancipacion y la unidad suramericana, honrando el pensamiento de quienes forjaron nuestra independencia y libertad a favor de esa union y la construccion de un futuro comun;

INSPIRADAS en las Declaraciones de Cusco (8 de diciembre de 2004), Brasilia (30 de septiembre de 2005) y Cochabamba (9 de diciembre de 2006);

AFIRMAN su determinacion de construir una identidad y ciudadania suramericanas y desarrollar un espacio regional integrado en lo politico, economico, social, cultural, ambiental, energetico y de infraestructura, para contribuir al fortalecimiento de la unidad de America Latina y el Caribe;

CONVENCIDAS de que la integracion y la union Suramericanas son necesarias para avanzar en el desarrollo sostenible y el bienestar de nuestros pueblos, asi como para contribuir a resolver los problemas que aun afectan a la region, como son la pobreza, la exclusion y la desigualdad social persistentes;

SEGURAS de que la integracion es un paso decisivo hacia el fortalecimiento del multilateralismo y la vigencia del derecho en las relaciones internacionales para lograr un mundo multipolar, equilibrado y justo en el que prime la igualdad soberana de los Estados y una cultura de paz en un mundo libre de armas nucleares y de destruccion masiva;

RATIFICAN que tanto la integracion como la union suramericanas se fundan en los principios rectores de: irrestricto respeto a la soberania, integridad e inviolabilidad territorial de los Estados;

autodeterminacion de los pueblos;

solidaridad;

cooperacion;

paz;

democracia;

participacion ciudadana y pluralismo;

derechos humanos universales, indivisibles e interdependientes;

reduccion de las asimetrias y armonia con la naturaleza para un desarrollo sostenible;

ENTIENDEN que la integracion suramericana debe ser alcanzada a traves de un proceso innovador, que incluya todos los logros y lo avanzado por los procesos de Mercosur y la CAN, asi como la experiencia de chile, Guyana y Suriname, yendo mas alla de la convergencia de los mismos;

CONSCIENTES de que este proceso de construccion de la integracion y la union suramericanas es ambicioso en sus objetivos estrategicos, que debera ser flexible y gradual en su implementacion, asegurando que cada Estado adquiera los compromisos segun su realidad;

RATIFICAN que la plena vigencia de las instituciones democraticas y el respeto irrestricto de los derechos humanos son condiciones esenciales para la construccion de un futuro comun de paz y prosperidad economica y social y el desarrollo de los procesos de integracion entre los Estados Miembros, ACUERDAN:

Articulo 1°

Constitucion de Unasur Los Estados Parte del presente Tratado deciden constituir la Union de Naciones Suramericanas (Unasur) como una organizacion dotada de personalidad juridica internacional. Articulo 2° Objetivo La Union de Naciones Suramericanas tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integracion y union en lo cultural, social, economico y politico entre sus pueblos, otorgando prioridad al dialogo politico, las politicas sociales, la educacion, la energia, la infraestructura, el financiamiento y el medio ambiente, entre otros, con miras a eliminar la desigualdad socioeconomica, lograr la inclusion social y la participacion ciudadana, fortalecer la democracia y reducir las asimetrias en el marco del fortalecimiento de la soberania e independencia de los Estados. Articulo 3° Objetivos especificos La Union de Naciones Suramericanas tiene como objetivos especificos: a) El fortalecimiento del dialogo politico entre los Estados Miembros que asegure un espacio de concertacion para reforzar la integracion suramericana y la participacion de Unasur en el escenario internacional;

  1. El desarrollo social y humano con equidad e inclusion para erradicar la pobreza y superar las desigualdades en la region;

  2. La erradicacion del analfabetismo, el acceso universal a una educacion de calidad y el reconocimiento regional de estudios y titulos;

  3. La integracion energetica para el aprovechamiento integral, sostenible y solidario de los recursos de la region;

  4. El desarrollo de una infraestructura para la interconexion de la region y entre nuestros pueblos de acuerdo a criterios de desarrollo social y economico sustentables;

  5. La integracion financiera mediante la adopcion de mecanismos compatibles con las politicas economicas y fiscales de los Estados Miembros;

  6. La proteccion de la biodiversidad, los recursos hidricos y los ecosistemas, asi como la cooperacion en la prevencion de las catastrofes y en la lucha contra las causas y los efectos del cambio climatico;

  7. El desarrollo de mecanismos concretos y efectivos para la superacion de las asimetrias, logrando asi una integracion equitativa;

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