Resolución número 6476 de 2014, por la cual se crea el código de oficina y se determina el rango de cupos numéricos a una Clínica para la asignación del Numero Único de Identificación Personal (NUIP), en el registro civil de nacimiento - 7 de Mayo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 510109966

Resolución número 6476 de 2014, por la cual se crea el código de oficina y se determina el rango de cupos numéricos a una Clínica para la asignación del Numero Único de Identificación Personal (NUIP), en el registro civil de nacimiento

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín49144

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 26 del Decreto-ley 2241 de 1986 y el artículo 25 del Decreto 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto por el inciso segundo del artículo 266 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2003, corresponde al Registrador Nacional del Estado Civil ejercer, entre otras, la función de organizar y dirigir el registro civil y la identificación de los colombianos.

Que mediante Resolución número 3571 del 30 de septiembre de 2003, el Registrador Nacional del Estado Civil determinó la nueva estructura del Número Único de Identificación Personal (NUIP), para la identificación de los colombianos, el cual estará compuesto por 10 dígitos numéricos, iniciando en el 1.000.000.000.

Que el Número Único de Identificación Personal (NUIP), será asignado en las oficinas que ejercen la función de Registro del Estado Civil al inscribir el nacimiento o al momento de iniciar el trámite para la expedición de la cédula de ciudadanía.

Que mediante Resolución...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR