MINISTERIO DE TRANSPORTE Resolución número 003442 de 2010, por la cual se establece el procedimiento para la asignación de rangos de las Órdenes de Comparendo Único Nacional de Tránsito y se dictan otras disposiciones. - 24 de Agosto de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 217942615

MINISTERIO DE TRANSPORTE Resolución número 003442 de 2010, por la cual se establece el procedimiento para la asignación de rangos de las Órdenes de Comparendo Único Nacional de Tránsito y se dictan otras disposiciones.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín47811

DE 2010 El Ministro de Transporte, en ejercicio de las facultades legales, en especial las conferidas por los articulos 1° y 135 de la Ley 769 de 2002, modificados por los arti culos 1° y 22 de la Ley 1383 de 2010, respectivamente;

numeral 2.4 del articulo 2° y numeral 5.3 del articulo 5° del Decreto 2053 de 2003, y CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el articulo 2° del Decreto 2053 de 2003, corresponde al Ministerio de Transporte expedir las normas de caracter general y de caracter tecnico que regulen los temas de transito, transporte y su infraestructura.

Que el paragrafo 2° del articulo 5° de la Resolucion 003027 del 26 de julio de 2010 establecio que la numeracion de las ordenes de comparendo utilizadas por los cuerpos de agentes de transito encargados de ejercer el control, sera determinada por el Sistema RUNT, para lo cual se hace necesario establecer el procedimiento para su asignacion.

En merito de lo expuesto este despacho, RESUELVE:

Articulo 1° Asignacion de rangos

A partir de la fecha de publicacion de la presente resolucion, la asignacion de rangos para el formulario de Orden de Comparendo Unico Nacional, a los Organismos de Transito y a la Direccion de Transito y Transporte de la Policia Nacional, se hara a traves del sistema RUNT, de manera automatica y en linea.

Para determinar la cantidad que inicialmente se debe asignar a cada uno de los por Organismos de Transito y a la Direccion de Transito y Transporte de la Policia Nacional se obtendra promediando el consumo de los ultimos tres (3) meses, de acuerdo al numero de infracciones impuestas por cada una de las autoridades.

A partir de la segunda asignacion a traves del sistema RUNT, se verificara que el Organismo de Transito o la Direccion de Transito y Transporte de la Policia Nacional, haya consumido y registrado exitosamente en el sistema el 80% de la ultima asignacion. En la nueva asignacion ademas del 80% se le exigira la legalizacion del 20% de la penultima asignacion.

que

Articulo 2° Codigo de identificacion

La Orden de Comparendo Unico Nacional de Transito, estara identificada con un codigo que consta de veinte (20) digitos distribuidos asi: Los ocho digitos registrados de izquierda a derecha identifican el Organismo de Transito que expide el comparendo, segun el...

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