Resolución número 0572 de 2013, por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 1449 de 2012, por medio de la cual se sustrae temporalmente un área de la zona de Reserva Forestal del Cocuy, para el proyecto de perforación exploratoria Magallanes de un área, ubicada al sur del municipio de Toledo, Norte de Santander - 20 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 442553298

Resolución número 0572 de 2013, por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 1449 de 2012, por medio de la cual se sustrae temporalmente un área de la zona de Reserva Forestal del Cocuy, para el proyecto de perforación exploratoria Magallanes de un área, ubicada al sur del municipio de Toledo, Norte de Santander

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín48827

La Directora de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (MADS), en ejercicio de la función delegada por el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante Resolución número 0053 del 24 de enero de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 1449 del 23 de agosto de 2012 se sustrae temporalmente de un área de 20,24 hectáreas de la Reserva Forestal del Cocuy establecida en la Ley 2a de 1959, para el desarrollo del proyecto de perforación exploratoria Magallanes de un área ubicada al sur del municipio de Toledo, Norte de Santander. Dicho acto administrativo quedó debidamente ejecutoriado el 19 de septiembre de 2012.

Que mediante comunicación radicada en este Ministerio bajo el número 4120-E1-11109 del 10 de abril de 2013, la empresa Ecopetrol S. A. a través de la Vicepresidencia jurídica, solicita la ampliación del término establecido en el artículo 1º de la Resolución 1449 del 23 de agosto de 2012, a dieciséis (16) meses, contados a partir de la fecha de inicio de actividades en campo.

Que mediante comunicación radicada en este Ministerio bajo el número 4120-E1-16462 del 21 de mayo de 2013, la empresa Ecopetrol S. A. reitera la solicitud de ampliación del término establecido en el artículo primero de la Resolución 1449 del 23 de agosto de 2012. En dicha comunicación adicionalmente se informa que en razón de los trámites administrativos adelantados ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), no se ha iniciado las actividades del proyecto de perforación exploratoria Magallanes.

FUNDAMENTOS TÉCNICOS

Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de la función establecida en el numeral 3 del artículo 16 del Decreto-ley 3570 de 2011, emitió Concepto Técnico número 32 de 30 de mayo de 2013, en el cual analizó la información allegada por la empresa, para el trámite de modificación del plazo establecido para sustracción temporal de un área de la Reserva Forestal del Cocuy.

Que el mencionado concepto señala:

"(...)

Mediante laResolución 1449 del 23 de agosto de 2012 se efectuó la sustracción temporal de un área de 20,24 hectáreas de la Reserva Forestal del Cocuy establecida en la Ley 2ade 1959, para el desarrollo del proyecto de perforación exploratoria Magallanes de un área ubicada al sur del municipio de Toledo, Norte de Santander.

En este sentido, en el artículo 1º de la Resolución 1449 del 23 de agosto de 2012 se estableció la sustracción temporal por un término de ocho meses, contados a partir de la ejecutoria del acto administrativo, los cuales seríanprorrogables a un año de acuerdo con los resultados de las pruebas de producción.

Lo anterior, teniendo en cuenta que dentro de la evaluación realizada en el marco del trámite de la sustracción temporal se contemplaron las etapas preliminares, de construcción y adecuación de instalaciones, perforación y pruebas de producción y por último abandono y restauración; las cuales según la información de la empresa y cronograma remitido tendrían una duración de cuatro (4) a ocho (8) meses; prorrogables a un año de acuerdo con los resultados de las pruebas de producción, lo cual corresponde a un término total de veinte (20) meses.

Sin embargo, la empresa Ecopetrol S. A. mediante comunicación radicada en este Ministerio...

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