MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Resolución número 000055 de 2010, por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010. - 27 de Septiembre de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 221871375

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Resolución número 000055 de 2010, por la cual se corrigen unos recursos y sus correspondientes códigos en el anexo del decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2010.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47845

y proteccion de infraestructura de servicios publicos.

Articulo 4° Las modificaciones que quiera realizarse a los documentos que conforman la revision y ajuste del Plan, asi como la cartografia y el proyecto de acuerdo de revision ajustes del PBOT del Municipio de Mosquera, deberan ser puestas a consideracion de la Corporacion Autonoma Regional de Cundinamarca (CAR) antes de la sancion del respectivo acuerdo o la expedicion del decreto correspondiente.
Articulo 5° El Municipio de Mosquera debera garantizar que con anterioridad al desarrollo urbanistico y la construccion de edificaciones en los suelos suburbanos se cuente con disponibilidad y prestacion efectiva de los servicios de acueducto y alcantarillado, asi como el tratamiento y manejo de los residuos liquidos y solidos en terminos de cobertura, calidad y permanencia.

Asi mismo, la Administracion Municipal gestionara la formulacion de las "Unidades de Planificacion Rural" y las presentara a la Corporacion, en los terminos establecidos en los articulos 7° y 8° del Decreto Nacional numero 3600 de 2007, como instrumento basico en los suelos rurales, que se aplicara para el desarrollo de las actividades industriales del sector Balsillas y la plataforma logistica, asunto determinante para la posterior expedicion de las licencias de urbanismo.

De igual manera, el Municipio debera contemplar como prioridades en la implementacion del Programa de Ejecucion del Plan Basico de Ordenamiento Territorial, proyectos de responsabilidad de la Administracion Municipal relacionados con la disponibilidad y prestacion de servicios publicos domiciliarios, las acciones para atender riesgos y amenazas naturales, en especial las previstas en el Plan Maestro de Acueducto y Alcantarillado y las obras de saneamiento basico concertados con la CAR.

4 Lunes, 27 de septiembre de 2010 Articulo 6°. El Municipio de Mosquera debera garantizar los recursos financieros para la implementacion del Programa de Ejecucion del Plan y continuar el desarrollo de convenios interadministrativos sobre saneamiento basico para el cumplimiento del objeto de los mismos, y debera orientar en su ejercicio como Autoridad de Planeacion a la gestion de los procesos permisivos asociados a las decisiones del PBOT, sin que la concertacion de los asuntos ambientales de la revision y ajustes objeto de concertacion sustituya otros tramites que deben cursar ante la autoridad ambiental.

Articulo 7°

El Municipio de Mosquera debera garantizar la inclusion de los indicadores de seguimiento y control al Plan Basico de Ordenamiento Territorial y aquellos que determinen la evolucion de los asuntos relacionados con el ordenamiento municipal y califiquen la condicion y avance de cada tema, en especial sobre asuntos ambientales, saneamiento basico, espacio publico, y recuperacion y preservacion de areas estrategicas.

Es responsabilidad de la Administracion Municipal incluir las apropiaciones presupuestales para atender los compromisos del PBOT en el corto, mediano y largo plazo y para el seguimiento y control respectivo;

en tal sentido, el Municipio de Mosquera presentara a la CAR los avances sobre el cumplimiento de los compromisos objeto de concertacion de los asuntos ambientales del proyecto de revision y ajustes del Plan Basico de Ordenamiento Territorial.

Articulo 8°

La presente resolucion modifica parcialmente y complementa las Resoluciones CAR numero 1399 del 25 de agosto de 1999, por la cual se declara concertado y aprobado el Plan Basico de Ordenamiento Territorial del Municipio de Mosquera, y numero 933 del 31 de mayo de 2007, por la cual se declaran concertados los asuntos ambientales del proyecto de revision y ajustes del Plan Basico de Ordenamiento Territorial del Municipio de Mosquera", las cuales conservaran su vigencia en los aspectos no modificados mediante la presente concertacion.

Articulo 9° Comunicar el contenido de la presente resolucion a la Alcaldia del Municipio de Mosquera.
Articulo 10 Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial y en el Boletin de la Corporacion Autonoma Regional de Cundinamarca (CAR).

Dada en Bogota, D. C., a 10 de diciembre de 2009 Publiquese, comuniquese y cumplase.

El Director General, Edgar Alfonso Bejarano Mendez.

(C.F.) RESOLUCION NUMERO 3278 DE 2009 El Director General de la Corporacion Autonoma Regional de Cundinamarca (CAR), en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el articulo 29, numeral 1, de la Ley 99 de 1993;

el articulo 1º, paragrafo 6º, de la Ley 507 de 1999;

y el articulo 42, numeral 1, de la Resolucion 703 de 2003, por la cual se aprueban los Estatutos de la Corporacion, CONSIDERANDO:

Que el articulo 28 de la Ley 388 de 1997, en concordancia con el paragrafo 6º del articulo 1º de la Ley 507 de 1999, asigna a la Corporacion Autonoma Regional de Cundinamarca (CAR) la competencia para concertar los asuntos ambientales de las propuestas de revision y/o ajustes de los planes de ordenamiento territorial de los entes de su jurisdiccion.

Que el articulo 28, numeral 4, de la Ley 388 de 1997, en concordancia con lo dispuesto en el articulo 12 de la Ley 810 de 2003, y el articulo 1º del Decreto 2079 de 2003, establecen que las revisiones y ajustes a los planes de ordenamiento territorial se someteran a los mismos tramites de concertacion, consulta y aprobacion previstos en los articulos 24 y 25 de la Ley 388 de 1997.

Que el articulo 6º del Decreto 4002 de 2004 señala que las modificaciones excepcionales a las normas urbanisticas de caracter estructural o general del plan de ordenamiento territorial, que tengan por objeto asegurar la consecucion de los objetivos y estrategias territoriales de largo y mediano plazo definidas en los componentes General y Urbano del Plan de Ordenamiento Territorial, podran emprenderse en cualquier momento, a iniciativa del Alcalde municipal o distrital, siempre y cuando se demuestren y soporten tecnicamente los motivos que dan lugar a su modificacion.

Que el articulo 3º del Decreto 97 de 2006 exige que los municipios identifiquen y delimiten con precision las areas para parcelaciones rurales destinadas a vivienda campestre, con objeto de que se puedan expedir las respectivas licencias de parcelacion o construccion.

En merito de lo expuesto, RESUELVE:

Articulo 1° Declarar concertados los asuntos ambientales del proyecto de revision y ajustes del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Nemocon (Cundinamarca), excepto en lo relacionado con el ordenamiento de los predios identificados con las matriculas inmobiliarias 176-0073664, 176-0092312 y 176-0092741, objeto de la licencia ambiental otorgada por la CAR a la Sociedad Tecnoambientales S

A. ESP, mediante la Resolucion numero 2504 de 2007, de conformidad con los considerandos de la presente resolucion y la respectiva acta de concertacion suscrita por las partes.

Articulo 2°

Constituyen parte integral de la presente resolucion, el Acta de Concertacion de los asuntos ambientales del proyecto de revision y ajustes del Plan de Ordenamiento Territorial del municipio de Nemocon, y los demas anexos y soportes generados dentro del proceso, especialmente los radicados por la Administracion Municipal mediante los numeros 20091115205 del 22 de septiembre y 20091116363 del 13 de octubre de 2009.

Articulo 3°

El Municipio de Nemocon debera dar cumplimiento a los asuntos ambientales establecidos en el acta de concertacion suscrita con la autoridad ambiental, asi como en la presente resolucion, los cuales seran objeto de seguimiento, control y vigilancia por parte de la Corporacion, a traves de la Oficina Provincial...

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