Acuerdo superior número 007 de 2012, por el cual se establece el Presupuesto de Rentas, Ingresos, Recursos de Capital y Gastos de la Universidad de los Llanos, para la vigencia fiscal de 2013
Emisor | Entes Universitarios Autónomos |
Número de Boletín | 48659 |
El Consejo Superior de la Universidad de los Llanos, en uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, especialmente las conferidas por la Ley 30 de 1992, el Acuerdo Superior número 004 de 2009 (Estatuto General de la Universidad), y
CONSIDERANDO:
Que según el literal 15 del artículo 23 del Acuerdo Superior número 004 de 2009, Estatuto General de la Universidad, es función del Consejo Superior "Aprobar, modificar y adicionar el presupuesto de la Universidad".
Que según los artículos 28 y 29 de la Ley 30 de 1992, las Universidades pueden autónomamente "establecer, arbitrar y aplicar sus Recursos para el cumplimiento de su misión social y de su función Institucional" conservando el esquema general del Presupuesto a que hacen referencia los artículos 85 y 86 de la Ley 30 de 1992.
Que según los artículos 69 de la Constitución Política de Colombia y 57 de la Ley 30 de 1992, las Universidades estatales u oficiales deben organizarse como entes Universitarios autónomos que contarán con autonomía administrativa, académica y financiera, patrimonio independiente y podrán elaborar, aprobar y manejar su presupuesto de acuerdo con las funciones que le correspondan.
Que según los artículos 352 de la Constitución Política de Colombia y 57 de la Ley 30 de 1992, el Decreto número 111 de 1996 (Estatuto Orgánico de Presupuesto), en especial el artículo 110 del mismo, y el Acuerdo número 059 de 1997 (Estatuto Presupuestal de la Universidad), se establece que los órganos considerados como sección del Presupuesto General de la Nación y que constituyan autonomía presupuestal a que se refiere la Constitución y la ley deberán regir su programación, modificación, ejecución de los presupuestos en coordinación con el Plan de Desarrollo, así como la capacidad de los organismos y entidades estatales para contratar.
Que según el artículo 89 del Acuerdo Superior número 004 de 2009, el Consejo Superior Universitario expide el presupuesto de ingresos y gastos para la respectiva vigencia, con base en los ingresos propios y en los aportes presupuestales asignados a la Universidad de los llanos, por los Gobiernos Nacional, Departamental, Municipal y otras entidades.
Que mediante anteproyecto de presupuesto de la Ley General de la Nación y el Decreto que establece el presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del año 2013, se asigna una partida para funcionamiento a la Universidad de los Llanos de veintidós mil seiscientos sesenta y un millones cuatrocientos diez mil cuatrocientos setenta y cuatro pesos ($22.661.410.474,00) moneda legal y una partida
4 Modificado por el artículo 1° del Decreto 2717 de 2012. para inversión de mil quinientos setenta y nueve millones cuatrocientos doce mil treinta y cinco pesos ($1.579.412.035,00) moneda legal, para un total de veinticuatro mil doscientos cuarenta millones ochocientos veintidós mil quinientos nueve pesos ($24.240.822.509,00) moneda legal, correspondientes a los recursos de la Nación.
Que por recursos propios se realizó un estimativo en funcionamiento de ocho mil doscientos ochenta y tres millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos trece pesos ($8.283.687.513,00) moneda legal y una partida para inversión de cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000,00) moneda legal, para un total del presupuesto de recursos propios de trece mil doscientos ochenta y tres millones seiscientos ochenta y siete mil quinientos trece pesos ($13.283.687.513,00) moneda legal.
Que en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
A) | RECURSOS PROPIOS | 13.283.687.513,00 |
DERECHOS ACADÉMICOS | 5.841.981.401,00 | |
OTROS DERECHOS ACADÉMICOS | 69.206.112,00 | |
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS | 1.864.200.000,00 | |
OTRAS RENTAS PROPIAS | 407.300.000,00 | |
RECURSOS ESTAMPILLA UNILLANOS | 5.000.000.000,00 | |
RECURSOS DE CAPITAL | 101.000.000,00 | |
B) | APORTES DE OTRAS ENTIDADES | 24.240.822.509,00 |
APORTE DE LA NACIÓN | 24.240.822.509,00 | |
TOTA INGRESOS A+B | 37.524.510.022,00 |
Presupuesto de gastos vigencia 2013
CONCEPTO | INICIAL NACIÓN | INICIAL PROPIOS | TOTAL |
TOTAL PRESUPUESTO (FUNCIONAMIENTO + INVERSIÓN) | $24.240.822.509 | $13.283.687.513 | $37.524.510.022,00 |
A. Gastos de Funcionamiento | $22.661.410.474 | 8.283.687.513 | $30.945.097.987,00 |
B. Gastos de Inversión | $1.579.412.035 | $5.000.000.000 | $6.579.412.035 |
DISPOSICIONES GENERALES
De los aportes, rentas, recursos de capital y gastos en general
De conformidad con el Estatuto Orgánico de Presupuesto y de las demás disposiciones generales que las complementen, modifiquen y adicionen, el presupuesto contiene lo siguientes puntos: la estimación de los aportes y transferencias del presupuesto nacional y entidades territoriales, los ingresos generados por las actividades de docencia, investigación y extensión, los recursos de crédito, los ingresos por rendimientos financieros que se esperan recaudar durante el año fiscal, así como todos los gastos de funcionamiento, transferencias servicios de la deuda pública y gastos de inversión.
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