Resolución número 2112 de 2014, por la cual se autoriza al Canal Regional de Televisión del Caribe Ltda. -Telecaribe- para celebrar una Operación de Manejo de Deuda Pública Interna, consistente en una operación de sustitución de deuda pública - 9 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 519545342

Resolución número 2112 de 2014, por la cual se autoriza al Canal Regional de Televisión del Caribe Ltda. -Telecaribe- para celebrar una Operación de Manejo de Deuda Pública Interna, consistente en una operación de sustitución de deuda pública

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49207

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, y los artículos 5º y 28 del Decreto 2681 de 1993, y las Resoluciones números 2650 del 12 de noviembre de 1996, 2822 del 30 de diciembre de 2002, 2563 del 9 de septiembre de 2011 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 274 del 3 de febrero de 2010, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó al Canal Regional de Televisión del Caribe Ltda. -Telecaribe-, para celebrar un empréstito interno con Bancolombia S.A. hasta por la suma de dos mil millones de pesos ($2.000.000.000) moneda legal colombiana, destinados a sufragar los gastos de construcción de la nueve sede de Telecaribe;

Que en desarrollo de la autorización impartida mediante Resolución número 274 del 3 de febrero de 2010, el Canal Regional de Televisión del Caribe Ltda. -Telecaribe- y Bancolombia S.A. celebraron el 25 de mayo de 2010 un Contrato de Empréstito Interno hasta por la suma de dos mil millones de pesos ($2.000.000.000) moneda legal colombiana;

Que mediante oficios números 1-2014-000645 y 1-2014-019842 del 7 de enero de 2014 y 12 de marzo de 2014 respectivamente, el Canal Regional de Televisión del Caribe Ltda. -Telecaribe- solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de manejo sobre el contrato de empréstito de que trata el considerando anterior, consistente en la suscripción de un contrato de empréstito con el Banco de Bogotá S.A. con el fin de ser cancelada la cartera que presenta el canal actualmente con Bancolombia S.A., hasta por un monto de mil cuatrocientos sesenta y tres millones ciento veintiún mil veintinueve pesos con cincuenta y nueve centavos ($1.463.121.029,59) moneda legal colombiana;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 5º del Decreto 2681 de 1993 establece que constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyan a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR