Resolución número 00008691 de 2013, por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011, reglamentado por el Decreto número 4054 de 2011 cediendo las obligaciones objeto del contrato interadministrativo de compraventa número CM-017-2011 de 1º de julio de 2011, y sus respectivos Otrosíes número 1 de 30 de septiembre de 2011, número 2 de 1º de diciembre de 2011 y Otrosí número 3 del 20 de abril de 2012 a Central de Inversiones S. A. (CISA) - 21 de Agosto de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 456309802

Resolución número 00008691 de 2013, por la cual se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 238 de la Ley 1450 de 2011, reglamentado por el Decreto número 4054 de 2011 cediendo las obligaciones objeto del contrato interadministrativo de compraventa número CM-017-2011 de 1º de julio de 2011, y sus respectivos Otrosíes número 1 de 30 de septiembre de 2011, número 2 de 1º de diciembre de 2011 y Otrosí número 3 del 20 de abril de 2012 a Central de Inversiones S. A. (CISA)

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Puertos y Transportes
Número de Boletín48889

El Secretario General en ejercicio de las facultades legales en especial las consagradas en la Ley 489 de 1998, Resolución número 18101 del 1º de octubre de 2010, Resolución número 5731 del 25 de julio de 2012 y Resolución número 7730 del 28 de junio de 2013.

CONSIDERANDO:

  1. Que la Superintendencia de Puertos y Transporte es un organismo de carácter administrativo y técnico, creado por la Ley 1a del 10 de enero de 1991, adscrito al Ministerio de Transporte, sin personería jurídica, con autonomía administrativa y financiera, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control en la actividad Portuaria, el Sistema de Tránsito y el Servicio Público de Transporte.

  2. Que el artículo 40, parágrafo único del Decreto 101 de 2000 modificó el nombre de Superintendencia General de Puertos por el de Superintendencia de Puertos y Transporte.

  3. Que la Ley 1450 de 2011, por la cual el Gobierno Nacional expidió el Plan Nacional de Desarrollo, ordenó en su artículo 238 a las entidades públicas del orden nacional con excepción de las entidades financieras de carácter estatal, las empresas industriales y comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta y las entidades en liquidación, ceder la cartera con más de ciento ochenta (180) días de vencida, al Colector de Activos Públicos - Central de Inversiones S. A. (Cisa), para que este las gestione y dispuso que la cesión se haría mediante contrato interadministrativo en las condiciones que fije el modelo de valoración que...

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