Resolución número 0004504 de 2012, por la cual se dictan disposiciones relacionadas con las Unidades de Atención de Cáncer Infantil (UACAI) - 31 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414236423

Resolución número 0004504 de 2012, por la cual se dictan disposiciones relacionadas con las Unidades de Atención de Cáncer Infantil (UACAI)

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48660

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial, las conferidas en el artículo 5º de la Ley 1388 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 5º de la Ley 1388 de 2010 "Por el derecho a la vida de los niños con cáncer en Colombia", dispuso que a partir de su entrada en vigencia, las Unidades de Atención de Cáncer Infantil en Colombia estarían ubicadas en los hospitales o clínicas de nivel III y IV de complejidad pediátricos o con servicio de pediatría de nivel III o IV y cumplir los requisitos que establece la resolución número 1043 del Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social, el Anexo Técnico, u otra reglamentación que se expida encaminada a optimizar la prestación de los servicios a los menores que padecen cáncer.

Que el precitado artículo consagra que las Unidades de Atención de Cáncer Infantil deberán cumplir los requisitos esenciales que defina el Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Ubicación.

Las Unidades de Atención de Cáncer Infantil (UACAI) entendidas como la integración funcional de servicios oncológicos, estarán ubicadas en las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud catalogadas como de alto nivel de complejidad.

Artículo 2º Referencia.

En caso de que las Unidades de Atención de Cáncer Infantil (UACAI) no cuente con servicios necesarios para la atención requerida o no cuente con la capacidad disponible, el paciente se remitirá a otro centro que seleccionado por esta, siempre y cuando los servicios requeridos se encuentren debidamente habilitados conforme a la resolución número 1043 de 2006 y sus anexos técnicos, así como las demás disposiciones que la modifiquen, complementen o adicionen.

Con base en el avance y seguimiento de los procesos de verificación de requisitos de los servicios oncológicos acorde con las disposiciones de la resolución número 1043 de 2006 y sus anexos técnicos, así como las demás disposiciones que la modifiquen, complementen o

adicionen, y lo dispuesto en los artículos 3º y 4º de la presente resolución, este Ministerio, con la asesoría del Instituto Nacional de...

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