Decreto número 1648 de 2014, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los instrumentos que componen el patrimonio técnico de los establecimientos de crédito - 2 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 526534126

Decreto número 1648 de 2014, por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con los instrumentos que componen el patrimonio técnico de los establecimientos de crédito

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49262

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las previstas en los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en los literales e), h) e i) del numeral 1 del artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional está facultado para establecer normas que amplíen los mecanismos de regulación prudencial con el propósito de adecuar la regulación a los más altos estándares internacionales.

Que la innovación financiera tanto local como internacional ha llevado a las diferentes instituciones financieras a la estructuración de instrumentos financieros híbridos.

Que los estándares regulatorios internacionales dentro de sus normas y recomendaciones de capital regulatorio ha determinado el reconocimiento de dichos instrumentos híbridos como uno de esos activos que deben ser incluidos dentro del mismo.

Que las normas de capital regulatorio aplicable a los establecimientos de crédito no contemplan la inclusión de instrumentos híbridos como instrumentos de su patrimonio técnico, por lo que se hace necesario adicionarlos a fin de cumplir con los estándares internacionales de regulación prudencial y el mandato legal establecido en el artículo 48 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.

Que con el fin de asegurar un adecuado registro de los instrumentos que componen el patrimonio técnico de una entidad consolidada, se hace necesario modificar las condiciones del reconocimiento del interés minoritario establecido en el Decreto 2555 de 2010.

Que el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF), aprobó por unanimidad el contenido del presente Decreto, mediante Acta número 011 del 28 de agosto de 2014.

DECRETA:

Artículo 1º Modifícase el artículo 2.1.1.1.6 del Decreto 2555 de 2010, el cual quedará así:

"Artículo 2.1.1.1.6. Clasificación de Instrumentos de Capital Regulatorio. La Superintendencia Financiera de Colombia definirá la pertenencia de las acciones, los instrumentos híbridos y los instrumentos de deuda subordinada al patrimonio básico ordinario, al patrimonio básico adicional o al patrimonio adicional, según corresponda. Para tal efecto, previo...

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