Resolución número 001296 DE 2009, por la cual se establece la cobertura y continuidad en la entrega de ayudas técnicas representadas en prótesis dentales totales y/o parciales mucosoportadas, en la modalidad de subsidio económico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que se otorgan a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor -PPSAM- - 4 de Mayo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57463003

Resolución número 001296 DE 2009, por la cual se establece la cobertura y continuidad en la entrega de ayudas técnicas representadas en prótesis dentales totales y/o parciales mucosoportadas, en la modalidad de subsidio económico indirecto de la Subcuenta de Subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional que se otorgan a través del Programa de Protección Social al Adulto Mayor -PPSAM-

EmisorMinisterio de Protección Social
Número de Boletín47339

NUMERO 016 DE 2009 La Directora General del Presupuesto Publico Nacional (E.), en uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el articulo 18 del Decreto 568 de 1996, y CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la Republica de Colombia en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, expidio el Decreto 4841 del 24 de diciembre de 2008, "por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2009, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos";

Que de conformidad con el articulo 1° del Decreto 3245 de 2005 y previo concepto favorable por parte del Consejo Superior de Politica Fiscal-CONFIS, el Ministro de Hacienda y Credito Publico expidio la Resolucion 990 del 21 de abril de 2009 donde se ajusta el valor de las rentas constitutivas de los recursos de capital en el presupuesto 2009;

Que en el articulo 2° de la Resolucion 990 del 21 de abril de 2009 se autorizo a la Direccion General del Presupuesto Nacional - Ministerio de Hacienda y Credito Publico-, realizar las correcciones a los recursos afectados por la respectiva sustitucion;

Que de conformidad con el articulo 18 del Decreto 568 de 1996, los recursos y sus correspondientes codigos de identificacion que aparecen con los clasificadores en el Decreto de Liquidacion y sus anexos son de caracter estrictamente informativos, por lo tanto la Direccion General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico podra corregirlos, siempre que no se afecte el presupuesto de ingresos;

Que de acuerdo con lo anterior, se requiere realizar un cambio en la fuente de financiacion en el Presupuesto de Gastos del servicio de la deuda que no afecta el presupuesto de ingresos;

Que para la correcta ejecucion se hace indispensable efectuar las correcciones de recursos necesarias, en concordancia con las normas citadas, RESUELVE:

Articulo 1° Efectuar las siguientes correcciones a los recursos y sus correspondientes codigos de identificacion que aparecen con caracter informativo en los anexos del decreto de liquidacion del Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2009.
SECCION 140 1 SERVICIO DE LA DEUDA PUBLICA NACIONAL CUENTA 7 SERVICIO DE LA DEUDA INTERNA SUBCUENTA 1 AMORTIZACION DEUDA PUBLICA INTERNA OBJETO DEL GASTO 6 TITULOS VALORES ORDINAL 1 TITULOS VALORES Dice: RECURSO 11 OTROS RECURSOS DEL TESORO $3.085.000.000.000 Debe decir: RECURSO 13 RECURSOS DEL CREDITO EXTERNO PREVIA AU$3.085.000.000.000 TORIZACION Articulo 2°. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion. Artículo 1

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 29 de abril de 2009.

La Directora General del Presupuesto Publico Nacional (E.), Rutty Paola Ortiz Jara.

(C.F.) RESOLUCION NUMERO 017 DE 2009 (abril 29) por la cual se efectua una aclaracion de leyenda al Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2009.

La Direccion General del Presupuesto Publico Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial las que le confieren los articulos 22 de la Ley 1260 de 2008 y 23 del Decreto 4841 de 2008, y CONSIDERANDO:

Que los articulos 22 de la Ley 1260 de 2008 y 23 del Decreto 4841 de 2008, facultan al Ministerio de Hacienda y Credito Publico- Direccion General del Presupuesto Publico Nacional, de oficio o a peticion del jefe del organo respectivo, hacer por resolucion las aclaraciones y correcciones de leyenda necesarias para enmendar los errores de transcripcion y aritmeticos que figuren en el Presupuesto General de la Nacion para la vigencia fiscal de 2009;

Que en el anexo del Decreto de Liquidacion 4841 del 24 de diciembre de 2008 se requiere realizar unas aclaraciones de leyenda en el Presupuesto de Funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Credito Publico y del Fondo de Bienestar Social de la Contraloria General de la Republica;

Que para la correcta ejecucion se hace indispensable efectuar oportunamente las aclaraciones necesarias, en concordancia con las normas antes citadas, RESUELVE:

Articulo 1° Efectuar las siguientes aclaraciones al anexo del Decreto de Liquidacion 4841 del 24 de diciembre de 2008.
SECCION 130 1 MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO UNIDAD 130101 GESTION GENERAL CUENTA 4 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL SUBCUENTA 2 OTRAS TRANSFERENCIAS OBJETO DEL GASTO 1 DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Dice: ORDINAL 1 APORTES A FINDETER - SUBSIDIOS PARA OPERACIONES DE REDESCUENTO PARA PROYECTOS EN EL SECTOR DE AGUA POTABLE SANEAMIENTO BASICO Y REESTRUCTURACION DE HOSPITALES. PARAGRAFO UNICO, NUMERAL 3 ARTICULO 270 DEL ESTATUTO ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO Debe decir: ORDINAL 1 APORTES A FINDETER - SUBSIDIOS PARA OPERACIONES DE REDESCUENTO PARA PROYECTOS DE INVERSION. Artículos 2 a 16

PARAGRAFO UNICO, NUMERAL 3 ARTICULO 270 DEL SISTEMA FINANCIERO SECCION 2602 FONDO DE BIENESTAR SOCIAL DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA CUENTA 3 TRANSFERENCIAS CORRIENTES SUBCUENTA 6 OTRAS TRANSFERENCIAS OBJETO DEL GASTO 3 DESTINATARIOS DE LAS OTRAS TRANSFERENCIAS CORRIENTES Dice: ORDINAL 67 SERVICIOS MEDICOS Y/O EDUCATIVOS PARA FUNCIONARIOS DE LA CGR (ARTICULO 90 LEY 106 DE 1993).

Debe decir: ORDINAL 67 SERVICIOS MEDICOS, EDUCATIVOS, RECREATIVOS, Y CULTURALES PARA FUNCIONARIOS DE LA CGR (ARTICULO 90 Y 91 LEY 106 DE 1993) Articulo 2°. La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 29 de abril de 2009.

La Directora General del Presupuesto Publico Nacional (E.) Rutty Paola Ortiz Jara.

(C.F.) RESOLUCION NUMERO 018 DE 2009 (abril 29) por la cual se modifica el Presupuesto de Gastos del Centro Dermatologico Federico Lleras Acosta - Empresa Social del Estado para la vigencia fiscal de 2009.

La Directora General del Presupuesto Nacional (E.), en uso de la facultad que le confiere el articulo l° de la Resolucion numero 04 del 2 de junio de 2004, expedida por el Consejo Superior de Politica Fiscal - CONFIS -, CONSIDERANDO:

Que el Centro Dermatologico Federico Lleras Acosta tiene caracter de Empresa Social del Estado de conformidad con el Decreto numero 1257 del 20 de junio de 1994.

Que mediante Resolucion numero 009 del 26 de diciembre de 2008, el Consejo Superior de Politica Fiscal-CONFIS-, aprobo el presupuesto de ingresos y gastos de la Empresa Social del Estado Centro Dermatologico Federico Lleras Acosta, para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2009.

Que el articulo 11, inciso 2° de la Ley 225 del 20 de diciembre de 1995, dispone que las Empresas Sociales del Estado del orden nacional que constituyan una categoria especial de entidad publica descentralizada, se sujetaran para efectos presupuestales al regimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado.

Que el Estatuto Organico del Presupuesto en su articulo 26 numeral 4 establece como funcion del Consejo Superior de Politica Fiscal - CONFIS - aprobar y modificar, mediante resolucion, los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y las Sociedades de Economia Mixta con el regimen de aquellas dedicadas a actividades no financieras, previa consulta con el Ministerio respectivo.

Que el Consejo Superior de Politica Fiscal -CONFIS-, delego mediante Resolucion numero 04 del 2 de junio de 2004 en el Director General del Presupuesto Publico Nacional la aprobacion de los traslados adiciones y reducciones presupuestales de los presupuestos de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economia Mixta 3 sujetas al regimen de aquellas, del orden nacional, dedicadas a actividades no financieras, y de las empresas que se rigen por lo dispuesto en el articulo 5° del Estatuto Organico del Presupuesto, asi: previa consulta con el Ministerio respectivo.

Que el Centro Dermatologico Federico Lleras Acosta, mediante oficio numero DGD-2000189 del 13 de abril de 2009, solicita un traslado de Disponibilidad Final por la suma de $648.1 millones, con destino a Gastos de Inversion.

Que el Departamento Nacional de Planeacion, con oficio numero DIFP-17-20092610307671 del 27 de marzo de 2009, emitio concepto favorable para la adicion al presupuesto de Gastos de Inversion del Centro Dermatologico Federico Lleras Acosta por $648.1 millones.

Que en cumplimiento del articulo 24 del Decreto 115 de 1996, el Ministerio de la Proteccion 1 Social mediante documento numero 89266 del 30 de marzo de 2009, emitio concepto favorable 1 a la solicitud del Centro Dermatologico Federico Lleras Acosta, de traslado de Disponibilidad Final a Gastos de Inversion por $648.1 millones.

1 Que el responsable del area de Presupuesto del Centro Dermatologico Federico Lleras Acosta, expidio certificado de disponibilidad de los recursos a trasladar de abril 8 de 2009, por valor de $648.1 millones.

Que analizada la informacion con la cual se fundamenta la peticion y efectuando el estudio...

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