Resolución número 1617 de 2014, por la cual se modifica la Resolución número 124 de 2012 - 11 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 514869802

Resolución número 1617 de 2014, por la cual se modifica la Resolución número 124 de 2012

EmisorVarios - Autoridad Nacional de Televisión
Número de Boletín49179

El Director de la Autoridad Nacional de Televisión, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por los artículos 6º literal i), 7º numerales 1 y 2 de la Ley 1507 de 2012, en concordancia con lo dispuesto en la Ley 1066 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1507 de 2012 dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV), como una Agencia Nacional Estatal de Naturaleza Especial, del Orden Nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial, presupuestal y técnica, la cual formará parte del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. La entidad estará conformada por una Junta Nacional de Televisión, que será apoyada financieramente por el Fondo para el Desarrollo de la Televisión (FONTV);

Que el artículo 2º de la Ley 1507 de 2012 establece que la Autoridad Nacional de Televisión, brindará las herramientas para la ejecución de los planes y programas de la prestación del servicio público de televisión, con el fin de velar por el acceso a la televisión, garantizar el pluralismo e imparcialidad informativa, la competencia y la eficiencia en la prestación del servicio, así como evitar las prácticas monopolísticas en su operación y explotación, en los términos de la Constitución y la ley;

Que el artículo 3º de la Ley 1507 de 2012 señala como funciones de la Autoridad Nacional de Televisión, entre otras, las siguientes:

"(...)

b) Adjudicar las concesiones y licencias de servicio, espacios de televisión, de conformidad con la ley.

(.)

e) Sancionar cuando haya lugar a quienes violen con la prestación del servicio público de televisión, las disposiciones constitucionales y legales que amparan específicamente los derechos de la familia y de los niños";

Que en concordancia con lo anterior, el artículo 6º de la misma ley establece como funciones de la Junta Nacional de Televisión, entre otras, las siguientes:

"(.)

d) Otorgar las concesiones para la prestación del servicio público de televisión, incluyendo la asignación de espectro radioeléctrico cuando aplique, así como las de las concesiones de espacios de televisión;

(...)

f) Fijar las tarifas, tasas, precios públicos y derechos ocasionados por la prestación del servicio de televisión; de conformidad con el literalg) del artículo de la Ley 182 de 1995;

(...)

j) Sancionar, de conformidad con las normas del debido proceso y con elprocedimiento previsto en la ley, a los operadores del servicio, a los concesionarios de espacios de televisión y a los contratistas de los canales regionales por violación de sus obligaciones contractuales, o por transgresión de las disposiciones legales y reglamentarias o de las de la ANTV, relacionadas con el servicio";

Que en la ejecución de las funciones antes señaladas, se generan obligaciones a favor de la ANTV no solo como entidad concedente de las concesiones del servicio público de televisión, sino también de las sanciones que en su favor surjan como consecuencia de la facultad sancionatoria;

Que en cumplimiento de lo ordenado en la Ley 1066 de 2006, la ANTV expidió la Resolución número 124 del 24 de septiembre de 2012, mediante la cual se adoptó el manual de cobro persuasivo y coactivo de la entidad;

Que los artículos 6º y...

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