Resolución número 18 2370 de 2009, por la cual se modifica la Resolución 8 2438 del 23 de diciembre de 1998 y se establecen disposiciones relacionadas con la estructura de precios de la Gasolina Motor Corriente y Gasolina Motor Corriente Oxigenada. - 30 de Diciembre de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 74585176

Resolución número 18 2370 de 2009, por la cual se modifica la Resolución 8 2438 del 23 de diciembre de 1998 y se establecen disposiciones relacionadas con la estructura de precios de la Gasolina Motor Corriente y Gasolina Motor Corriente Oxigenada.

Número de Boletín47578
  1. Asegurar que las tarifas permitan recuperar los costos eficientes de prestacion del servicio y que reflejen los distintos niveles de calidad ofrecidos por los Operadores Postales. 5. Promover la libre competencia y evitar los abusos de posicion dominante y las practicas restrictivas de la competencia. 6. Estimular a los Operadores a incorporar los avances tecnologicos en la prestacion de los servicios postales. 7. Sancionar las fallas en la prestacion de los servicios y el incumplimiento de la normatividad vigente. 8. Facilitar el desarrollo economico del pais. Articulo 3°. Definiciones. Para todos los efectos, se adoptan las siguientes definiciones: 1. Servicio Postal Universal. Es el conjunto de servicios postales de calidad, prestados en forma permanente y a precios asequibles, que el Estado garantiza a todos los habitantes del territorio nacional con inDIARIO OFICIAL Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 PublIca numero 1.116 Poder Publico - rama legislativa dependencia de su localizacion geografica a traves del Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo.

  2. Servicios Postales. Los Servicios Postales consisten en el desarrollo actividades de recepcion, clasificacion, transporte y entrega de objetos postales a traves de redes postales, dentro del pais o para envio hacia otros paises o recepcion desde el exterior. Son servicios postales, entre otros, los servicios de correo, los servicios postales de pago y los servicios de mensajeria expresa 2.1 Servicio de Correo. Servicios Postales prestados por el Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo: 2.1.1 Envios de Correspondencia. Es el servicio por el cual el Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo recibe, clasifica, transporta y entrega objetos postales. 2.1.1.1 Envios prioritarios y no prioritarios de correo de hasta dos (2) kilogramos. 2.1.1.1.1 Envios prioritarios de correo. Envios hasta 2 kg de peso transportados por la via mas rapida, sin guia y sin seguimiento.

2.1.1.1.2 Envios no prioritarios de correo. Envios en los cuales el remitente ha elegido una tarifa menos elevada, lo que implica un plazo de distribucion mas largo, sin guia y sin seguimiento.

2.1.2 Encomienda. Servicio obligatorio para el Operador Postal Oficial Concesionario de correo, que consiste en la recepcion, clasificacion, transporte y entrega no urgente, de objetos postales, mercancias, paquetes o cualquier articulo de permitida circulacion en el territorio nacional o internacional, con o sin valor declarado, hasta un peso de 30 kg, conforme a lo establecido por la Union Postal Universal. 2.1.3 Servicio de Correo Telegrafico: Admision de telegramas y su transmision mediante el operador habilitado para prestar el servicio de telegrafia, y posterior entrega a un destinatario de manera fisica. Bogota, D. C., miercoles 30 de diciembre de 2009 LEY 1369 DE 2009 por medio de la cual se establece el regimen de los servicios postales y se dictan otras disposiciones.

2 2.1.4 Otros Servicios de Correo. Todos aquellos servicios que sean clasificados como tales por la Union Postal Universal. 2.2 Servicios Postales de Pago. Conjunto de servicios de pago prestados mediante el aprovechamiento de la infraestructura postal exclusivamente. Se consideran servicios postales de pago entre otros: 2.2.1 Giros Nacionales. Servicio mediante el cual se ordenan pagos a personas naturales o juridicas por cuenta de otras, en el territorio nacional, a traves de una red postal. La modalidad de envio podra ser entre otras, fisica o electronica. 2.2.2 Giros Internacionales. Servicio prestado exclusivamente por el Operador Postal oficial o concesionario de Correo, mediante el cual se envia dinero a personas naturales o juridicas por cuenta de otras, en el exterior. La modalidad de envio podra ser, entre otras, fisica o electronica. Los giros internacionales estan sometidos a lo señalado en la Ley 9ª de 1991, sus modificaciones, adiciones y reglamentos. 2.2.3 Otros. Servicios que la Union Postal Universal clasifique como tales. 2.3 Servicio de Mensajeria Expresa. Servicio postal urgente que exige la aplicacion y adopcion de caracteristicas especiales para la recepcion, recoleccion, clasificacion, transporte y entrega de objetos postales hasta de 5 kilogramos. Este peso sera reglamentado por la Comision de Regulacion de Comunicaciones.

El servicio de mensajeria expresa debe contar al menos con las siguientes caracteristicas:

  1. Registro individual. Todo servicio de mensajeria expresa debe tener un numero de identificacion individual que cumpla las veces de admision o guia. b) Recoleccion a domicilio. A solicitud del cliente. c) Curso del envio: Todo envio de mensajeria expresa debe cursar, con una copia del recibo de admision adherido al envio. d) Tiempo de entrega. El servicio de mensajeria expresa se caracteriza por la rapidez en la entrega. e) Prueba de entrega: Es la constancia de la fecha, hora de entrega e identificacion de quien recibe. f) Rastreo. Es la posibilidad de hacer un seguimiento al curso del envio desde la recepcion hasta la entrega. 2.4 Otros Servicios Postales. Servicios que la Union Postal Universal clasifique como tales. 3. Objetos Postales. Objetos con destinatario, presentados en la forma definitiva en que deban ser transportado por el Operador de Servicios Postales. Se consideran objetos postales entre otros las cartas, tarjetas postales, telegramas, extractos de cuentas, recibos de toda clase, impresos, periodicos, cecogramas, envios publicitarios, muestras de mercaderias y pequeños paquetes. A continuacion se definen los siguientes objetos postales: 3.1 Carta. Es toda comunicacion escrita de caracter personal con indicacion de remitente y destinatario, movilizada por las redes postales. Su peso puede ser hasta de dos (2) kilogramos.

    3.2 Impresos. Es toda clase de impresion en papel u otro material. Los impresos incluyen, folletos, catalogos, prensa periodica y revistas de hasta dos (2) kg. 3.3 Telegrama. Es una comunicacion escrita y breve para ser entregada mediante el servicio de correo telegrafico. 3.4 Cecograma. Impresiones que utilicen signos de cecografia en sistema braille, braille tinta o alto relieve destinadas exclusivamente para el uso de personas no videntes o con limitacion visual. Se incluyen dentro de los cecogramas los libros, revistas, libros hablados digitales y el papel destinado para el uso de los ciegos. Los cecogramas tienen un peso de hasta de siete (7) kg. 3.5 Saca M. Saca que contiene diarios, publicaciones periodicas y documentos impresos similares, consignados a la direccion del mismo destinatario y con el mismo destino, de hasta treinta (30) kg. 3.6 Objetos postales masivos. Numero plural de objetos postales que se entregan a un operador postal para ser repartido entre un plural de destinatarios. 3.7 Pequeño paquete. Es un objeto de hasta dos (2) kg de peso. Los cecogramas, las Sacas M y los telegramas solo pueden ser transportados por el Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo. 4 Operador de Servicios Postales. Es la persona juridica, habilitada por el Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones que ofrece al publico en general servicios postales, a traves de una red postal. Los operadores de servicios postales pueden tener tres categorias: 4.1 Operador Postal Oficial o Concesionario de Correo. Persona juridica, habilitada por el Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones, que mediante contrato de concesion, prestara el servicio postal de correo y mediante habilitacion, los servicios de Mensajeria expresa y servicios postales de pago, a nivel nacional e internacional. El Servicio Postal Universal a que se refiere el articulo 13 de la presente ley, la Franquicia, el servicio de giros internacionales y el area de reserva señalada en el articulo 15 de la presente ley, seran prestados por...

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