Resolucion numero 37321 de 2014, por la cual se modifica y adiciona un numeral al Capitulo Cuarto del Titulo VI de la Circular inica de la Superintendencia de Industria y Comercio - 11 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 514869746

Resolucion numero 37321 de 2014, por la cual se modifica y adiciona un numeral al Capitulo Cuarto del Titulo VI de la Circular inica de la Superintendencia de Industria y Comercio

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín49179

El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales y, en particular, las previstas en los Decretos 2269 de 1993, 4886 de 2011, la Ley 1480 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 334 de la Constitución Política de Colombia establece que el Estado intervendrá por mandato de la ley, en la producción, distribución, utilización y consumo de los bienes para racionalizar la economía con el fin de conseguir el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la prevención de un ambiente sano.

Que de acuerdo con los numerales 47, 48, 54 y 55 del artículo 1º del Decreto 4886 de 2011 son funciones de la Superintendencia de Industria y Comercio organizar e instruir la forma en que funcionará la Metrología en Colombia, ejercer funciones de control me-trológico de carácter obligatorio en el orden nacional, fijar las tolerancias para efectos del control metrológico y expedir la reglamentación para la operación de la metrología legal.

Que de conformidad con el artículo 35 del Decreto 2269 de 1993 el contenido neto de todo producto empacado o envasado debe corresponder al contenido enunciado en su rotulado o empaque. Las tolerancias para masa y volumen netos de los productos preem-pacados, deberán cumplir con los requisitos establecidos en los reglamentos técnicos. La selección de muestras para la verificación del contenido neto se efectuará siguiendo los procedimientos estadísticos establecidos en los reglamentos técnicos.

Que el artículo 40 del Decreto 2269 de 1993 señala que de acuerdo con sus competencias legales, los gobernadores, alcaldes y demás funcionarios de policía podrán impartir en el territorio de su jurisdicción, las órdenes e instrucciones que sean del caso, para dar cumplimiento a las disposiciones oficiales sobre pesas y medidas.

Que el numeral séptimo del artículo de la Ley 1480 de 2011 -Estatuto del Consumidor-define como Información "[t]odo contenido y forma de dar a conocer...

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