Resolución 000225, por la cual se decide una actuación administrativa - 27 de Mayo de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43157820

Resolución 000225, por la cual se decide una actuación administrativa

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Fe de Bogotá, D.C.
Número de Boletín44437

DIARIO OFICIAL 44.437 RESOLUCIÓN 000225 22/03/2001 por la cual se decide una actuación administrativa. La Registradora Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá, D. C., Zona Centro, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los Decretos-ley 01 de 1984, 1250 de 1970, y CONSIDERANDO: Que mediante auto de fecha 04-08-98, esta oficina inició actuación administrativa tendiente a determinar la real situación jurídica del inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria 050-331392. Con Resolución 000368 del 24-05-2000 y Auto calendado 22-12-2000 se adicionó el anterior en cuanto a citar otros terceros determinados y a los demás terceros indeterminados que puedan tener interés en los resultados de la decisión final y vincular también las matrículas inmobiliarias 050-611430, 050-611426, 050-611224, 050-611427, 050-611428, 050-611429, segregados del matriz 050-331392. Las anteriores providencias fueron publicadas en el Diario Oficial, ediciones 43.435 del 23-11-98, 44.075 del 09-07-2000 y 44.327 del 13-02-2001 respectivamente, previas las citaciones y comunicaciones del caso, conforme a lo dispuesto por los artículos 14 y 15 del C.C.A. La actuación administrativa se originó en atención a que por turno de corrección 9983 del 16-06-98 el señor José F. Rodríguez solicitó corregir la anotación número 36 correspondiente al registro de la Escritura Pública 4018 del 20-11-91 Notaría 38 de Bogotá por tratarse de un bien público. Constituyen pruebas las admitidas e incorporadas por esta oficina mediante auto calendado 22-12-00, dentro de las cuales se encuentran: las documentales aportadas por el señor Rodríguez Pérez, el doctor Luis Orlando Sandoval Patiño en calidad de apoderado de la Cooperativa Multiactiva de Almacenes San Andresito Ltda.; microficha, fotocopias, oficio CT 351 de 16-11-00 y hojas de ruta allegados por la Oficina de Archivo y Microfilmación, certificación (antiguo sistema) de esta oficina. Manifiesta el peticionario mediante oficio de 24-08-98 que por la escritura 4018 de 20-11-98 Notaría 38 de Bogotá consta que el ICBF le vendió a la cooperativa derechos litigiosos los cuales no están sujetos a registro y en la anotación 36 se encuentra como si el Bienestar Familiar le hubiera vendido a la cooperativa los terrenos de la Cra. 20A; luego mediante oficio 20-02-99 solicita información, del motivo por el que se registró la escritura 3508 del 01-11-90 por cuanto dicha escritura no contiene la magnitud del terreno en ninguno de sus costados, y manifiesta que tal situación ha sido aprovechada por el Gerente de la Cooperativa de Almacenes Unidos San Andresito para apoderarse de los terrenos de la Cra. 20A entre calles 13 y 14 y demás terrenos pertenecientes al tranvía municipal de Bogotá. En similar sentido el señor Pedro Antonio Blanco Moreno mediante escritos de fecha 30-10-98, 12-11-98 solicita investigar la tradición de la matrícula 050-331392 y por qué se registró la escritura 3508 con linderos diferentes de los contemplados en la compra real, toda vez que necesita legalizar la escrituración de un local que le vendió la Cooperativa Multiactiva de Almacenes Unidos de San Andresito Ltda. Por su parte el doctor Luis Orlando Sandoval Patiño mediante oficio RD 13.795 del 02-10-98, en calidad de apoderado especial de la Cooperativa Multiactiva de Almacenes Unidos San Andresito Ltda., hace un recuento de la tradición del inmueble y manifiesta: ... ¿Mediante sentencia aprobatoria del 29 de marzo de 1944 emitida por el Juzgado Cuarto Civil del Circuito de Bogotá dentro del proceso sucesorio de Enrique Deste se les adjudicó el derecho de dominio sobre el lote de terreno situado en la calle 13 número 20-46 a 20-76 Interior 2 a 15 y calle 14 número 20-43 a 20-67 Interior 17 a 19 de esta ciudad, a las señoras Victoria Guillard de Deste, Margarita Deste Guillard y Antonieta Deste Guillard, de conformidad con los linderos y demás circunstancias que lo identifican al tenor de lo previsto en el artículo 76 del Estatuto de Enjuiciamiento Civil, el cual se encuentra registrado al folio de matrícula inmobiliaria número 050C-331392 de la Oficina de Registro de esta l ocalidad. ¿Por medio de sentencia aprobatoria fechada el 13 de enero de 1958 el Juzgado Sexto Civil del Circuito de Bogotá, dentro del proceso sucesoral de Victoria Guillard viuda de Deste, se le adjudicó derecho de cuota sobre el bien inmueble descrito a las señoras Antonieta Deste Guillard y Margarita Deste Guillard. ¿ Posteriormente las adjudicatarias constituyeron hipoteca a favor de la sociedad Bodkin y Cía. Limitada por medio de la Escritura Pública número 5000 del 26 de noviembre de 1950 de la Notaría Séptima del Círculo de Bogotá debidamente registrada al folio de matrícula inmobiliaria número 050-331392 de la Oficina de Instrumentos Públicos de este círculo. ¿ Seguidamente la sociedad Bodkin y Cía. Limitada en su condición de Acreedor Hipotecario promovió proceso de ejecución con título hipotecario contra las señoras Antonieta Deste Guillard y Margarita Deste Guillard, que cursó en el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogotá, quien decretó el embargo y secuestro del bien inmueble tantas veces mencionado en esta investigación administrativa. ¿ Acto seguido el Juzgado Trece Civil del Circuito de Bogotá, decretó el remate del citado bien inmueble, el cual fue registrado en la Oficina de Registro de este circuito el día 9 de diciembre de 1966 al folio de matrícula inmobiliaria número 050-331392, a favor del acreedor hipotecario señor Namen Bassil Bassil. ¿ El señor Name Bassil Bassil, transfirió al Distrito Especial de Bogotá, la cantidad de ochocientos siete metros cuadrados con ochenta y nueve centímetros (807.89 mts2) tal como obra en la Escritura Pública número 2527 del 20 de junio de 1968 otorgada en la Notaría Tercera del Círculo de Bogotá. ¿ El subsodicho (sic) terreno que adquirió el Distrito Especial de Bogotá, fue utilizado para la ampliación de la calle 13 o Avenida Colón...

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