Resolución 000535, por la cual se reglamenta las redes de enmalle conocidas como mallas en el alto río Meta en la cuenca del río Orinoco. - 28 de Noviembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144661

Resolución 000535, por la cual se reglamenta las redes de enmalle conocidas como mallas en el alto río Meta en la cuenca del río Orinoco.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura -Inpa-
Número de Boletín44241

DIARIO OFICIAL 44.241 RESOLUCIÓN 000535 07/11/2000 por la cual se reglamenta las redes de enmalle conocidas como mallas en el alto río Meta en la cuenca del río Orinoco. El Director General del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, en uso de sus facultades legales y estatutarias, y en especial las que le confiere la Ley 13 de 1990 y su Decreto reglamentario 2256 de 1991, y CONSIDERANDO: Que el artículo 26 del Decreto reglamentario 2256 de 1991, establece que el INPA, determinará y autorizará periódicamente, mediante acuerdo de Junta Directiva para cada tipo de pesquería, las temporadas, las zonas y los sistemas de pesca y fijará el tamaño y el tipo de embarcaciones, artes y aparejos, con el fin de no exceder las cuotas de captura permisibles que se establezcan; Que mediante el Acuerdo número 000006 del 14 de septiembre del año 2000, la Junta Directiva delegó al Director General del INPA la expedición de actos administrativos relacionados con la reglamentación de tallas mínimas, artes y métodos pesqueros y establecimiento de vedas, previa concertación con el Ministerio del medio Ambiente a través del miembro de la Junta Directiva; Que mediante la Resolución número 1087 del 29 de abril de 1981, expedida por el Inderena, se reglamentan las tallas mínimas de peces de consumo, las artes y los métodos pesqueros en la cuenca del río Orinoco; Que el soporte técnico se basó en estudios e investigaciones que definieron los parámetros y la dinámica de las pesquerías de esta Cuenca, y que han servido como instrumentos de protección y control para el manejo integral y la explotación racional del recurso pesquero con el fin de asegurar su aprovechamiento sostenido; Que el estudio realizado por el Centro de Investigación y Fomento de la Pesca Artesanal, CIFPA, Puerto López, "Selectividad de una red de enmalle para la captura de la especie Goslinia platynema (Baboso), en la parte alta del río Meta", demostró la selectividad de paños con un tamaño de ojo de malla de 16 cm., y determinó el período de reproducción de la especie; Que como resultado de las evidencias científicas, se concluyó modificar el ojo de la red o malla, y hacer una descripción más detallada de las características de los artes según lo establece la Resolución 1087 del 29 de abril de 1981 para el Alto Meta; Que consultado el Ministerio del Medio Ambiente a través de su representante en la Junta Directiva, aprueban la toma de esta medida, según consta en el Oficio 2100 2 1228 del...

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