Resolución 000867, por medio de la cual se reglamenta el registro de prestadores de servicios públicos de que trata la Ley 142 de 1994, modificada por la Ley 689 de 2001. - 19 de Marzo de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43205462

Resolución 000867, por medio de la cual se reglamenta el registro de prestadores de servicios públicos de que trata la Ley 142 de 1994, modificada por la Ley 689 de 2001.

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Número de Boletín45495

La Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 79.14 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001 y el numeral 8 del artículo 14 de la Ley 689 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 79 de la Ley 142 de 1994, modificado por el artículo 13 de la Ley 689 de 2001 es función de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios mantener un registro actualizado de las entidades que prestan los servicios públicos;

Que el artículo 14 de la Ley 689 de 2001 establece el Sistema único de Información a cargo de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el cual señala en el numeral 8 como uno de los propósitos del sistema mantener un registro actualizado de las personas que presten servicios públicos sometidos a su control, inspección y vigilancia de la Superintendencia de Servicios Públicos;

Que la Superintendencia, en desarrollo de la Ley 689 de 2001, está implementando un sistema de información para los servicios públicos domiciliarios;

Que de conformidad con la Resolución SSPD 000321 de 2003 la información reportada para efectuar el Registro ante la Superintendencia de Servicios Públicos de Domiciliarios (SSPD) se integra al Sistema Unico de Información, SUI;

Que es necesario que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios establezca las condiciones y plazos para poder mantener actualizado dicho registro,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto

El objeto de la presente resolución es reglamentar el registro, la actualización y la cancelación de la inscripción de los prestadores de servicios públicos domiciliarios y/o actividades inherentes o complementarias en el Sistema Unico de Información, SUI.

Artículo 2° Responsables de efectuar el registro, actualización y cancelación

Son responsables de efectuar el registro, de su actualización o de su cancelación en el Sistema Unico de Información, SUI, los representantes legales, o quienes hagan sus veces, de los...

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