Resolución 0017, por la cual se delega en el Subgerente de Prevención y Control las funciones a que se refiere el literal m) del artículo 26 del Acuerdo 035 de 1993, aprobado por el Decreto 2645 del mismo año - 10 de Marzo de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43133491

Resolución 0017, por la cual se delega en el Subgerente de Prevención y Control las funciones a que se refiere el literal m) del artículo 26 del Acuerdo 035 de 1993, aprobado por el Decreto 2645 del mismo año

EmisorVarios - Procuraduría General de la Nación
Número de Boletín43928

DIARIO OFICIAL 43.928 RESOLUCIÓN 0017 04/03/2000 El Procurador General de la Nación (E.), en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, en especial de la establecida en el artículo 277 de la Constitución Política y las previstas en los numerales 7, 8 y 38 y en el parágrafo único del artículo del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, CONSIDERANDO: Que en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República en el numeral 4 del artículo primero de la Ley 573 de 2000 se expidió el Decreto número 262 del 22 de febrero de 2000 por el cual se modificó la estructura y organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictaron normas para su funcionamiento; se modificó el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regularon las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos; Que el Procurador General de la Nación puede ejercer por sí las funciones señaladas en el artículo 277 de la Constitución Política, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad de conformidad con el inciso primero del parágrafo único del artículo del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000; Que el Procurador General de la Nación puede expedir los actos administrativos que sean necesarios para el funcionamiento de la entidad y para desarrollar las funciones atribuidas por la ley, de conformidad con la facultad prevista en el numeral 7 del artículo del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000; Que de conformidad con el numeral 8 del artículo del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, es función del Procurador General de la Nación distribuir las funciones y competencias atribuidas en la Constitución o la ley a la Procuraduría General de la Nación, entre las distintas dependencias y servidores de la entidad, atendiendo criterios de especialidad, jerarquía y las calidades de las personas investigadas, cada vez que por las necesidades del servicio se requiera; Que, igualmente, conforme al numeral 38 del artículo del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, el Procurador General de la Nación está facultado para organizar las dependencias de la entidad para su adecuado funcionamiento y denominarlas, de acuerdo con las necesidades del servicio; Que de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo 7 del Decreto 262 del 22 de febrero de 2000, las Procuradurías delegadas, territoriales y judiciales, ejercen las funciones y competencias que les sean asignadas, distribuidas y delegadas por el Procurador General de la Nación, pudiendo asumirlas en cualquier momento o delegarlas en otros funcionarios o dependencias de la entidad o comisiones especiales disciplinarias cuando lo considere necesario; Que con el fin de desarrollar el objeto social de la Procuraduría General de la Nación se hace necesario denominar algunas dependencias de la entidad, delegar funciones y competencias del Procurador General de la Nación y distribuir y asignar competencias de la Procuraduría General de la Nación, RESUELVE: T I T U L O I DENOMINACION DE LAS PROCURADURIAS DELEGADAS Artículo 1º. Las competencias y funciones previstas en los artículos 23 al 36 del Decreto 262 de 2000, se delegan, distribuyen y asignan en las Procuradurías Delegadas que a continuación se denominan: - Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública - Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia - Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles - Procuraduría Delegada para Asuntos Laborales - Procuraduría Delegada para la Descentralización y las Entidades Territoriales - Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios - Procuraduría Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos. - Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública - Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa - Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativ a - Procuraduría Primera Delegada para la Contratación Estatal - Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal - Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública - Procuraduría Delegada para la Policía Nacional - Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares - Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos - Procuraduría Delegada para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial - Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales - Procuraduría Primera Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Segunda Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Tercera Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Cuarta Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Quinta Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Sexta Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Primera Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Segunda Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Tercera Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Cuarta Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Primera Delegada para la Investigación y Juzgamiento Penal - Procuraduría Segunda Delegada para la Investigación y Juzgamiento Penal. T I T U L O II DELEGACION DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS Artículo 2º. Delegación de las funciones y competencias preventivas y de control de gestión. Deléganse las competencias preventivas y de control de gestión establecidas en el artículo 24 del Decreto 262 de 2000 en las siguientes procuradurías delegadas: - Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública -Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia - Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles - Procuraduría. Delegada para Asuntos Laborales - Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios - Procuraduría Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos. - Procuraduría Delegada para la Descentralización y las Entidades Territoriales - Procuraduría Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales. Artículo 3º. Delegación de funciones preventivas y de control de gestión en las procuradurías delegadas que ejercen funciones de intervención ante las autoridades judiciales. La función preventiva y de control de gestión establecida en el numeral 15 del artículo 24 del Decreto 262 de 2000 la ejercen, en el ámbito de competencia previsto en esta resolución para cada una de estas dependencias, las siguientes Procuradurías Delegadas: - Procuraduría Primera Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Segunda Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Tercera Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Cuarta Delegada para la Casación Penal - Procuraduría Primera Delegada para la Investigación y Juzgamiento Penal - Procuraduría Segunda Delegada para la Investigación y Juzgamiento Penal - Procuraduría Primera Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Segunda Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Tercera Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Cuarta Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Quinta Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Sexta Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Séptima Delegada ante el Consejo de Estado - Procuraduría Delegada para Asuntos Civiles. - Procuraduría Delegada para la Prevención en Materia de Derechos Humanos y Asuntos Etnicos. - Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios - Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia - Procuraduría Delegada para Asuntos Laborales. Artículo 4º. Delegación de las funciones y competencias disciplinarias. Deléganse las competencias disciplinarias establecidas en el artículo 25 del Decreto 262 de 2000 en las siguientes Procuradurías Delegadas: - Procuraduría Delegada para la Moralidad Pública - Procuraduría Primera Delegada para la Vigilancia Administrativa - Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa - Procurad uría Primera Delegada para la Contratación Estatal - Procuraduría Segunda Delegada para la Contratación Estatal - Procuraduría Delegada para la Economía y la Hacienda Pública - Procuraduría Delegada para la Policía Nacional - Procuraduría Delegada para las Fuerzas Militares - Procuraduría Delegada Disciplinaria para la Defensa de los Derechos Humanos - Procuraduría Delegada para la Vigilancia Judicial y la Policía Judicial. Artículo 5º. Delegación de las funciones y competencias de protección y defensa de los derechos humanos. Deléganse las competencias de protección y defensa de los derechos humanos establecidas en el artículo 26 del Decreto 262 de 2000 en las siguientes Procuradurías Delegadas: - Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública - Procuraduría Delegada para la Defensa del Menor y la Familia - Procuraduría Delegada para...

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