Resolución 002919, por la cual se autoriza el cierre parcial del tránsito vehicular en la vía Zipaquirá-Bucaramanga, en los tramos Piedecuesta-San Gil y San Gil-Barbosa-Tunja, para realizar la Versión 56 de la Vuelta a Colombia, durante los días 8 y 9 de agosto de 2006. - 13 de Julio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43238924

Resolución 002919, por la cual se autoriza el cierre parcial del tránsito vehicular en la vía Zipaquirá-Bucaramanga, en los tramos Piedecuesta-San Gil y San Gil-Barbosa-Tunja, para realizar la Versión 56 de la Vuelta a Colombia, durante los días 8 y 9 de agosto de 2006.

EmisorMinisterio de Transporte
Número de Boletín46328

El Ministro de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales, y en especial las que le confiere el artículo 2° literal c) de la Ley 105 de 1993, la Ley 769 de 2002, el Decreto 2053 de 2003, las Resoluciones 06397 de 1997 y 0666 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la Federación Colombiana de Ciclismo, mediante comunicación radicada en el Instituto Nacional de Concesiones, INCO, solicita la autorización para realizar el cierre en la vía Zipaquirá- Bucaramanga, en los tramos Piedecuesta-San Gil y San Gil-Barbosa-Tunja, a cargo del Instituto Nacional de Concesiones, INCO, para la realización de la Versión 56 de la Vuelta a Colombia, durante los días 8 y 9 de agosto de 2006;

Que el Director de Operaciones de la Concesión los Comuneros que tiene a su cargo la vía a utilizar, mediante comunicación DOOS-1581/06 del 10 de junio de 2006, emitió concepto favorable para la realización del evento ciclístico a realizarse los días 8 y 9 de agosto de 2006.

Que el Asesor Gerencia - Coordinador del Modo Carretero del Instituto Nacional de Concesiones, INCO, mediante oficio SGC 6503 del 14 de junio de 2006, solicita al Ministerio de Transporte dar trámite al permiso considerando que dicho Instituto y el Concesionario ven viable la realización del evento;

Que para garantizar la seguridad de la vía, de los deportistas y de la ciudadanía en general, se hace necesario autorizar el cierre parcial al tránsito vehicular en la vía, en coordinación con el Concesionario y la Policía de Carreteras;

Que en mérito de lo anteriormente expuesto este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1° Ordenar el cierre parcial del tránsito vehicular en las vías Zipaquirá- Bucaramanga en los tramos Piedecuesta - San...

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