Resolución 004837, por la cual se toman algunas medidas sobre el tránsito de vehículos que utilizan el puente sobre el río Mediacanoa (PR 112+200) y la Glorieta de Mediacanoa (PR 111+500) en la carretera Buenaventura-Buga. - 5 de Diciembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43144878

Resolución 004837, por la cual se toman algunas medidas sobre el tránsito de vehículos que utilizan el puente sobre el río Mediacanoa (PR 112+200) y la Glorieta de Mediacanoa (PR 111+500) en la carretera Buenaventura-Buga.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín44248

DIARIO OFICIAL 44.248 RESOLUCIÓN 004837 23/11/2000 por la cual se toman algunas medidas sobre el tránsito de vehículos que utilizan el puente sobre el río Mediacanoa (PR 112+200) y la Glorieta de Mediacanoa (PR 111+500) en la carretera Buenaventura-Buga. El Secretario General Técnico, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las que le confiere el numeral 10 del artículo 10 del Decreto 081 del 28 de enero del 2000 y la Ley 105 de 1993, y CONSIDERANDO: Que en la actualidad el Instituto Nacional de Vías está realizando el mantenimiento de la carretera Buenaventura-Buga consistente en la reparación de la carpeta del puente sobre el Río Mediacanoa (PR 112+200) y de la Glorieta de Mediacanoa (PR 111+500), mediante la ejecución del Contrato número 0324 de 2000 suscrito con la Ingeniera Luz Maritza Romero; Que para realizar la cambio de las juntas de dilatación del puente sobre el río Mediacanoa (PR 112+200) y de la Glorieta de Mediacanoa (PR 111+500), de la carretera Buenaventura-Buga es necesario efectuar cierre total de tráfico vehicular; Que la Subdirectora de Conservación del Instituto Nacional de Vías, impartió el Vo. Bo. a la solicitud realizada por la Directora de la Regional Valle mediante Memorando RVAL3329 de noviembre 22 de 2000, para el cierre total del tránsito vehicular en el puente sobre el río Mediacanoa (PR 112+200) y la Glorieta de Mediacanoa (PR 111+500), de la carretera Buenaventura-Buga, en las fechas establecidas como sigue: De las 10 p.m. del domingo 26 de noviembre hasta las 6 a.m. del lunes 27 de noviembre de 2000. De las 10 p.m. domingo 3 de diciembre hasta las 6 a.m. del lunes 4 de diciembre de 2000; Que el Instituto Nacional de Vías propone como vía alterna la siguiente: Cali-Buga-Mediacanoa; Que de conformidad con el numeral 10 del artículo 10 del Decreto 081 del 28 de enero de 2000, corresponde al Secretario General Técnico el otorgamiento de permiso de cierre de vías...

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