Resolución 0050
Diario Oficial de Colombia núm. 44951, 2 de Octubre de 2002 › Resoluciones › Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana
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Por la cual se reglamenta el trámite del derecho de petición y de quejas y reclamos ante el Inurbe
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Extracto
Resolución 0050
El Gerente General del Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana, Inurbe, en uso de sus facultades legales, en especial las contenidas en el artículo 32 del Código Contencioso Administrativo, y
CONSIDERANDO:Que la Constitución Política en sus artículos 23 y 74, desarrollados por el Código Contencioso Administrativo, consagran el derecho que tiene toda persona a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta y oportuna respuesta; así mismo, a acceder a documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley;Que de conformidad con lo dispuesto por el Código Contencioso Administrativo en el artículo 32, los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público deberán reglamentar la tramitación interna de las peticiones que les corresponda resolver;Que la Ley 190 de 1995 en su artículo 55, establece la obligación de resolver o contestar las quejas y reclamos siguiendo los principios, términos y procedimientos prescritos en el Código Contencioso Administrativo, para los derechos de petición;Que la Ley 200 de 1995, en su artículo 40 numeral 17, señala que son ...Ver el contenido completo de este documento
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